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Cómo realizar declaración complementaria

79 respuestas
Cómo realizar declaración complementaria
Cómo realizar declaración complementaria
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#25

Re: Cómo realizar declaración complementaria

estas leyendo mal la casilla... se refiere a cuando se efectua la complementaria antes que la declaración original haya sido abonada por hacienda.
de pronto uno se da cuenta que hay cosas que no ha puesto (o se le da muy rapido a la tecla de aceptar el borrador para cobrar cuanto antes) y antes que llegue LA PARALELA, para evitar sanciones pues se hace la complementaria y la nueva resulta con una cantidad a devolver menor.
pero hay otra casilla para indicar que es complementaria sin mas por lo menos en el padre de 2007 que es la que yo estoy haciendo, a ojo la 120?
y efectivamente yo tengo que pagar la diferencia entre lo que me devolvieron y lo que me sale ahora.

#26

Re: Cómo realizar declaración complementaria

Cuando se realiza una complementaria , es porque alguna renta que corresponderia haber declarado, no se hecho , todo rendimiento positivo genera un cuota tributaria y como maxima retencion (Rentas del Ahorro)es el tipo tributario , en solo estos casos la diferencia seria NULA , en cualquier otro siempre saldra positivo para hacienda, el contribuyente debe pagar.

Para casos contrarios donde el beneficiario es el contribuyente , se reclaman estos excesos pagados mediante escritos de "devolucion de Ingresos Indebidos".

Cuando hayas conseguido duplicar exactamente la presentada en 2009 , en el PADRE2009 , y verifiques que el resultado es el que presentaste , es cuando cumplimentas lo siguiente:

Pag 2 (IV) Casilla 121 Sale un despegable , si son rendimientos del trabajo no declarados , debes marcar los dos primeros cuadros con X y si la presentada fue a devolver y esta devolucion fue realizada , lo debes poner (sin signo)en el segundo recuadro "Devoluciones.......".

A continuacion en la Pag 3(I) agregas el rendimiento omitido con su retencion.

Pasas a la Pag 14 (IV) y veras en la Casilla 765 la cantidad que te corresponde ingresar por el rendimiento omitido en el 2009.

Partimos de la base de que lo que te obliga a realizar la complementaria es un rendimiento positivo que dejaste de aplicar en el 2009 y que conoces en el 2010 , no de un derecho a devolucion que hayas omitido , ya que en este caso , se debe solicitar uan "Devolucion de Ingresos Indebidos".

Saludos

#27

Re: Cómo realizar declaración complementaria

hola... yo también me he sorprendido con esta información pero al final he comprendido bien... ingénuamente pensaba que Hacienda me iba devolver "más",que se habia equivocado y me devolvería unos euros... NO. ¿cómo va preocuparse de 40 o 100 € que érroneamente yo "creia que me debían devolver"?... Lunático dice la realidad... siempre que debemos hacer una complementaria es para ABONAR A HACIENDA.
Yo he seguido los consejos de Lunático y como la complementearia del ejercicio anterior(2009) que debo hacer hace referencia a una cantidad pequeña, 175 €, he anotado esta cantidad como un segundo apunte en rendimientos del trabajo, Pag. 3(I)casilla 001, en el desplegable... y se me reduce la cantidad que Hacienda debe devolverme en este ejercicio 2010, tal como me decía Lunático, es decir que pago a Hacienda lo correspondiente de mi complementaria de 2009 descontandomelo de lo q debo recibir en este año...
Pide ayuda a lunático...y si, debes creertelo.... No te darán nada....siempre las complementaria son a INGRESAR A LA ADMINISTRACIÓN. Yo pedí información en el programa PADRE(cliquea sobre la "i azul de información de la barra) y me decia que yo tenia un error,indicado con "stop" y me decia eso..." las complementarias siempre deben dar cantidad a ingresar " ...algo parecido....
Gracias a todos por este intercambio tan valioso de información que nos enseña a desenvolvernos en estos temas tan extraños, al menos para mi.

#28

Re: Cómo realizar declaración complementaria

Creo que ya lo he entendido todo gracias a vuestros comentarios.

Al final los ingresos totales (sumando los atrasos) son de unos 4.700 EUR con unas retenciones de 268 EUR. Al contrastarlo el programa con el "mínimo personal" de 5151 resulta a devolver.

Al salir "a devolver" la complementaria, es por ello que no permite informar los campos de cuenta bancaria ni solicitar la devolución al final de la declaración y para reclamar la devolución no es mediante la presentación de la complementaria sino mediante la "devolución de ingresos indebidos".

Podría haber ajustado el desfase como ha hecho Frayag75 incluyendo las cantidades en la declaración de 2010, pero es que ya la realicé y presenté vía telemática hace una semana.

Siento abusar de vuestra amabilidad, pero mi siguiente pregunta va a ser dónde y cómo presentar la solicitud de ingresos indebidos porque me he paseado por la página web de la AEAT y este modelo y procedimiento me temo que lo tienen bien escondido,......

Es poco dinero a devolver, pero por una vez que tengo razón y ya que me he tomado tantas molestias confeccionando e investigando la complementaria lo pienso reclamar.
Muchas gracias de nuevo

#29

Re: Cómo realizar declaración complementaria

Hola, gracias por tus consejos y explicaciones, yo estoy en este mismo caso, se trata de ingresos cobrados en diciembre de 2010 que la empresa hace corresponder a 2009...
una pregunta, hasta que cifra la aeat permite incluirlos en la actual, la del 2010?? hablas de que siendo poca cantidad... hay algun limite? Mis 407€ brutos y 60 € de retencion entrarian en ese rango??.
Un saludo

#30

Re: Cómo realizar declaración complementaria

Se me olvidaba Maerbale, efectivamente la casilla 120 es para marcar que es una declaración complementaria "sin más". Pero con PADRE 2009 si marcas la 120 ya te obliga a marcar también o 121 o 122.

También entiendo tras leer vuestros comentarios que en el caso de vuestras complementarias resulta que os sale "a ingresar" ya que se reduce la cantidad que en su día os devolvieron y por lo tanto tenéis que ingresar la diferencia.

Pero es que a mi me pasa al revés, me salía a devolver y ahora me han de devolver todavía más. Ya se que "choca", pero con unos ingresos totales por rendimiento del trabajo de 4.700 EUR con unas retenciones de 268 EUR me sale a de volver más de lo 2,82 EUR por más vueltas que le he dado a todas las casillas.

Saludos cordiales,

#31

Re: Cómo realizar declaración complementaria

Uih Zenon, desconozco si existen realmente escritos en algún sitio esos límites que comentas para poder incluirlo en 2010, no creo que tuvieran narices de ver afán defraudatorio........ Pero desde luego son cantidades que parecen más que aceptables a incluir en 2010 para que no tengas mi follón de tener que hacer la complementaria y después la "solicitud de ingresos indebidos" que todavía no se ni dónde está el formulario........

Si optas por mi fórmula y encuentro cómo hacer lo de la solicitud de ingresos indebidos ya te informaré.

Saludos,

#32

Re: Cómo realizar declaración complementaria

No existe una norma que determine a partir de que porcentaje de atrasos sobre el importe del Salario , la administracion permite que estos atrasos , se incluyan como rendimientos del ejercicio que se cobran.

Lo que trata la administracion es de que la Hacienda no tenga menos ingresos que los que le corresponderian , ateniendose a las normas fiscales.

Cuando un ejercicio pasado es muy similar en sus rentas con el ejercicio que se declara y ademas los tipos impositivos y normas tributarias , no han tenido variacion , es casi identico que cifras poco significativas ( yo calculo que menos del 3% del Salario normal), se declaren en complementaria que incluido en el ejercicio que se declara.

Las complementarias son mas utilizadas cuando el contribuyente , observa que en la declaracion ya presentada y con la campaña cerrada, ha omitido rentas por desconocimiento u olvido en el momento de declararlas y entonces recurre a la complementaria, antes de que la AEAT , le requiera rectificacion , de esta forma se evita recargos y sanciones.

Ademas en algunos casos los atrasos debidos a acuerdos reflejados en convenio y que pasan a ser exigibles en el ejercicio que se cobran , no deben ser reflejados en complementarias.

Para quedarse uno tranquilo con su decision , se confecciona la complementaria y se compara la cifra que sale a pagar , con la diferencia del ejercicio actual , cuando no se incluye el atraso y cuando se incluye. Si esta diferencia es practicamnete la misma , uno puede evitarse el presentar la complementaria.

Saludos