Acceder

Duda determinación de la base de cotización al RETA según los rendimientos netos anuales

8 respuestas
Duda determinación de la base de cotización al RETA según los rendimientos netos anuales
Duda determinación de la base de cotización al RETA según los rendimientos netos anuales
#1

Duda determinación de la base de cotización al RETA según los rendimientos netos anuales

Buenas,

Según la TGSS el método para calcular el rendimiento neto para la determinación del base se cotización en estimación directa es:

 
Rendimiento neto mensual:

a) Método de estimación directa: [Rendimientos netos anuales de la actividad (ingresos - gastos deducibles) + Cantidad de las cuotas a la Seg. Social abonadas durante el ejercicio - reducción del 7 % (o 3 %) por gastos genéricos] /12. 

La duda es, dentro de los gastos deducibles en caso de estar en estimación directa simplificada, ¿cabe aplicar la deducción de las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación (7%), o a eso se refieren en la reducción del 7% de gastos genéricos?

Un saludo.
#2

Re: Duda determinación de la base de cotización al RETA según los rendimientos netos anuales

Se refieren a ésos.
#3

Re: Duda determinación de la base de cotización al RETA según los rendimientos netos anuales

Entonces, ¿solo se aplica una vez el 7% en caso de que estés en est. directa simplificada?
#4

Re: Duda determinación de la base de cotización al RETA según los rendimientos netos anuales

Sí.
#5

Re: Duda determinación de la base de cotización al RETA según los rendimientos netos anuales

El 7 % (este año, otros años era solo el 5 %) por "provisiones y otros gastos de difícil justificación" del IRPF es uno de los "gastos deducibles".

Por tanto, las cuentas son Ingresos íntegros - TODOS los gastos del IRPF + Cuotas RETA - 7 % Gastos "a efectos de Seguridad Social".

Ambos dos gastos son el 7 %, y son por similar concepto. Pero operan y son 7 % diferentes.

El rendimiento neto a efectos del IRPF y el rendimiento neto a efectos de la cotización seguridad social son vinculados, muy parecidos, en ambos casos hay un 7 % que baila por ahí, pero NI SON EL MISMO RENDIMIENTO NETO NI ES EL MISMO 7 %.

Un ejemplo numérico, para apreciarlo:

Un autónomo factura 20.000 €
Tiene unos gastos de 1.400 €, y unas cotizaciones de 3.600 €

Su rendimiento contable REAL (sin cotizaciones) es de 20.000 - 1.400 = 18.600 €
Su rendimiento contable REAL (con cotizaciones) es de 20.000 - 5.000 = 15.000 €

Su rendimiento FISCAL a efectos del IRPF es de 20.000 - 6.050 = 13.950 €
Su rendimiento LABORAL a efectos de cotización es de [13.950 + 3.600] x 0,93 = 16.321,50 €

Los rendimientos netos fiscales y laborales son diferentes, y ninguno de ellos coincide realmente con el rendimiento neto real contable. Aunque todos se parecen, ya que todos traen causa de los mismos datos y números iniciales.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#6

Re: Duda determinación de la base de cotización al RETA según los rendimientos netos anuales

Para que me quede claro entonces, pongamos un ejemplo de un autónomo en estimación directa simplificada que factura 20.000€, 3.000€ de gastos corrientes (sin cotizaciones y sin los gastos de dificil justificacion del 30.2.4ª de la Ley 35/2006 del IRPF) y 3600€ de cotizaciones a la TGSS.

Rendimiento neto IRPF: (20.000-3.000-3.600)*0.93 = 12.462€
Rendimiento neto mensual para la determinación de la base de cotización: (12.462+3.600)*0.93 = 14.937,66 €

¿Serían correctos estos cálculos?
#7

Re: Duda determinación de la base de cotización al RETA según los rendimientos netos anuales

Correcto.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#8

Re: Duda determinación de la base de cotización al RETA según los rendimientos netos anuales

Muchas gracias.
#9

Re: Duda determinación de la base de cotización al RETA según los rendimientos netos anuales

Llamé a la TGSS y me dice el operador que el 7% es el mismo que el de Hacienda, que no se aplica dos veces...