#1141
#1142
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
Aunque he “amenazado” mas arriba con soltarme… mejor no abrir melones que a buen seguro no nos llevarían a ningún sitio.
Volviendo a lo que nos ocupa.
¿Podemos dar por bueno lo que hoy aparece en el simulador?… Ya no aparecen pantallitas… ¿Os aparecen pantallitas?…
¿Ha concluido ya el proceso de actualización?… Hay compañeros que reportan fallos.
¿Cuándo tendremos información veraz?…
Volviendo a lo que nos ocupa.
¿Podemos dar por bueno lo que hoy aparece en el simulador?… Ya no aparecen pantallitas… ¿Os aparecen pantallitas?…
¿Ha concluido ya el proceso de actualización?… Hay compañeros que reportan fallos.
¿Cuándo tendremos información veraz?…
#1143
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
#1144
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
Buenas tardes. Yo me jubilo el 3 de Abril. Creo que ya lo comenté en su día. La tercera vez que fui al CAISS de mi ciudad, me atendió una empleada con el simulador funcionando y el resultado fue el esperado . La aplicación de los coeficientes transitorios a la pensión máxima. Trámite jubilación y como ha sido el día 20 de Marzo todavía no me ha llegado resolución de la SS. Independientemente de que el simulador recogiera mi casuística, esta funcionaria sabía de lo que hablaba, no como los dos anteriores que me atendieron el 6 y 12 de Marzo.
#1145
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
#1146
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
#1147
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
#1148
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
Si no cobras o no has cobrado el subsidio de desempleo, NO se considera como Situación Asimilada al Alta. Yo estuve apuntado como demandante de empleo, como mi cese en el trabajo fue voluntario no tenía derecho a subsidio y por lo tanto no era una SAA. Mi consejo:
1° Confirma mi comentario con la Seguridad Social, pide cita en un CAISS y que te informen o respondan respecto a tu duda y/o situacion
2° El abono del CE te asegura esa situación, por lo que no te des de baja. La propia Seguridad Social se encargará de darte de baja del CE en el momento que te "jubilen".
Como te he dicho anteriormente, pide cita en un CAISS, presencial o telefónico, y plantea tus dudas, ellos te informaran mejor y te aclarará dudas, siempre puedes hacer varias consultas y contrastar lo que te digan. Mediante la cita telefónica puedes consultar con cualquier provincia.
3° Por ahorrarte una cantidad de dinero, la que sea, puedes tener problemas para jubilarte. Lo que puedes hacer es ajustar el CE anualmente hasta que te jubiles.
Mi situación actual es:
1° De alta en CE desde el momento que deje de trabajar y estaré hasta que la Seg. Social me de Baja, por lo que abonaré hasta el día de mi jubilación.
2° Deje de renovar el paro, por lo que el SEPE me dio de Baja en la solicitud de empleo. No me servía para nada, salvo para entrar en los museos, u otras "ventajas" por ser solicitante de empleo.
1° Confirma mi comentario con la Seguridad Social, pide cita en un CAISS y que te informen o respondan respecto a tu duda y/o situacion
2° El abono del CE te asegura esa situación, por lo que no te des de baja. La propia Seguridad Social se encargará de darte de baja del CE en el momento que te "jubilen".
Como te he dicho anteriormente, pide cita en un CAISS, presencial o telefónico, y plantea tus dudas, ellos te informaran mejor y te aclarará dudas, siempre puedes hacer varias consultas y contrastar lo que te digan. Mediante la cita telefónica puedes consultar con cualquier provincia.
3° Por ahorrarte una cantidad de dinero, la que sea, puedes tener problemas para jubilarte. Lo que puedes hacer es ajustar el CE anualmente hasta que te jubiles.
Mi situación actual es:
1° De alta en CE desde el momento que deje de trabajar y estaré hasta que la Seg. Social me de Baja, por lo que abonaré hasta el día de mi jubilación.
2° Deje de renovar el paro, por lo que el SEPE me dio de Baja en la solicitud de empleo. No me servía para nada, salvo para entrar en los museos, u otras "ventajas" por ser solicitante de empleo.
#1149
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
#1150
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
#1151
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
#1152
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
#1153
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
Yo la solicito mañana Jesan10, pero no me jubilo hasta 12/05, con lo que creo que hasta finales de Mayo no os podré decir nada. Mi caso, a priori, es claro porque Mi BR supera con mucho la PMax, y tengo 39 años cotizados, con lo que me penalizarán con el 5,5% de las tablas de la DT 34.2.
#1154
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
#1155
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
Le recomiendo este artículo en la web de la Seguridad Social: Situaciones asimiladas a la de alta
Un saludo
Un saludo