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Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
Gracias Jalcper por la respuesta. Mi intención es dejar de trabajar el 31/08 y tengo buscar la manera de cotizar hasta mediados de diciembre que es cuando me corresponde la JAV. No entiendo bien lo que me propones. ¿Cómo voy a hacer que la empresa cotice por mí si yo no trabajo?
Algo se me escapa. Gracias.
Algo se me escapa. Gracias.
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Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
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#561
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Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
#566
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
#567
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
Claro que sería asimilada al alta, estarías en el paro. ;)
Vamos a ver, da exactamente igual que sea un despido disciplinario, o que se declare procedente, en cualquier caso tú te vas al paro, recibes la prestación por desempleo y estás como SAA.
Sólo pierdes el derecho al paro, si dimites y te vas tú mismo. Por eso, en tu situación, haz lo que te dé la gana en la empresa, y seguramente te despedirán. Y si no te despiden, pues sigues cobrando, cotizando y pasando de todo.
Vamos a ver, da exactamente igual que sea un despido disciplinario, o que se declare procedente, en cualquier caso tú te vas al paro, recibes la prestación por desempleo y estás como SAA.
Sólo pierdes el derecho al paro, si dimites y te vas tú mismo. Por eso, en tu situación, haz lo que te dé la gana en la empresa, y seguramente te despedirán. Y si no te despiden, pues sigues cobrando, cotizando y pasando de todo.
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Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
Pero asegúrate de que es 1.323 € la que te corresponde en función de tu categoría profesional y cotizaciones anteriores durante tu vida laboral. Con esa BR de 3.500, una de dos, o has estado cotizando más de 40 años o la que te corresponde es la de la categoría de titulados superiores y licenciados (1.759,50) o la de ingenieros técnicos, etc (1.459,20). Asegúrate de eso
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Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
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