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Declaración renta

8 respuestas
Declaración renta
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#1

Declaración renta

Buenos dias
Mi consulta es referente a que se pueden desgravar hasta 9000€ de la declaración en concepto de cantidades destinadas a vivienda. La duda es si dentro de estas cantidades se puede considerar la entrada que se ha dado al comprar (bastante más de 9000€ en mi caso, por lo que este año ya tendría cubierto el cupo) ó si esas cantidades se refieren únicamente a la suma de cuotas satisfechas en concepto de hipoteca (en ese caso me faltaría bastante para llegar a esos 9000€)

Gracias, saludos a tod@s.

#2

Re: Declaración renta

Sí. Son todas las cantidades que destines a la adquisición de tu vivienda habitual. La entrada por supuesto, también.

Saludos.

#3

Re: Declaración renta

Hola Steraesm, si has dado este año una entrada para la compra de vivienda, en la declaración que tendrás que hacer el año que viene sí te desgravarás por esa cantidad. Eso sí, si has entregado 15.000 €, por ejemplo, lo máximo que te contará para desgravar serán 9.015€ que es el tope.

#4

Re: Declaración renta

Gracias, me ha quedado claro.
Tan sólo una cuestión más: en la declaración de 2011 se podrán desgravar los 9000€ (el 15% mejor dicho) porque hemos comprado la vivienda este año, pero entiendo que en la de 2012 se podrá desgravar también al haber comprado vivienda antes del áño 2011 que era la fecha límite ¿es así? ¿O resulta que la declaración del año que viene será la última en la que podrá desgravarse independientemente de la fecha de compra de la casa?
Un saludo.

#5

Re: Declaración renta

Como has comprado la vivienda antes de 31.12.2010, no te afecta la modificación del impuesto y te podrás desgravar en los años sucesivos.

Saludos.

#6

Re: Declaración renta

Una duda, igual es una gilipollez lo que digo pero bueno....yo pregunto:

esos 9000 son solo para la adquisición? pueden ser para mejoras en una ya adquirida?

Gracias

#7

Re: Declaración renta

Adquisición y rehabilitación. Como el término rehabilitación puede dar distintas interpretaciones, pego lo que dice sobre ello en la página web de la Agencia Tributaria:

"Concepto de rehabilitación de vivienda.
A efectos de esta modalidad de deducción, se considera rehabilitación de vivienda habitual las obras realizadas en la misma que cumplan cualquiera de los siguientes requisitos:

Que las obras hayan sido calificadas o declaradas como actuación protegida en materia de rehabilitación de viviendas, en los términos previstos reglamentariamente.
Que las obras tengan por objeto la reconstrucción de la vivienda mediante la consolidación y el tratamiento de las estructuras, fachadas o cubiertas y otras análogas, siempre que el coste global de las operaciones de rehabilitación exceda de los límites establecidos en el Reglamento del Impuesto."

Saludos.

#8

Re: Declaración renta

Gracias! de todos modos hablaba de la instalación de aire acondicionado.....por lo que deduzco que no sirve, no?

un saludo