#571
#572
Re: Prestacion de la Ley de Dependencia
#573
Re: Prestacion de la Ley de Dependencia
PERO HAGAMOS LO
Con defensa jurídica gratuita
,Esta aprobado, está en el BOE.
ES LEY,
Concretemos TODOS y hagamos una colectiva e individual,
También respecto a Ley son 6 meses para resolver y pagar y si en 6 meses nada ,se da como entendido k a sido desestimada,
Y es desde julio ,en Diciembre son6 meses
PROPONGO k si en Diciembre no hemos cobrado todo.
DENUNCIEMOS ,
Por favor hagamos algo por nosotros y los nuestros
NO SOLO KEJARNOS Y CALLAR
Con defensa jurídica gratuita
,Esta aprobado, está en el BOE.
ES LEY,
Concretemos TODOS y hagamos una colectiva e individual,
También respecto a Ley son 6 meses para resolver y pagar y si en 6 meses nada ,se da como entendido k a sido desestimada,
Y es desde julio ,en Diciembre son6 meses
PROPONGO k si en Diciembre no hemos cobrado todo.
DENUNCIEMOS ,
Por favor hagamos algo por nosotros y los nuestros
NO SOLO KEJARNOS Y CALLAR
#574
Re: Prestacion de la Ley de Dependencia
#575
Re: Prestacion de la Ley de Dependencia
#576
Re: Prestacion de la Ley de Dependencia
Hola, soy de Extremadura, grado II de dependencia que he rechazado. Me indican que me corresponden 100€ al mes pero obligatoriamente tengo que hacer contrato de asistencia por al menos 45 horas a la semana. La asistenta se lleva 12€/hora. 45 horas a la semana son 180 horas al mes. 180 x 12€ = 2160€ al mes.
Y yo me pregunto, ¿Se ríen de nosotros? Si para recibir 100€ al mes tengo que pagar 2160€ de asistencia, ¿
De donde saco el dinero si la pensión que tengo está muy pero que muy lejos de esa cifra?
Si contamos mis gastos habituales de alimentación, impuestos, luz, agua, tfno, comunidad, medicamentos/suplementos (casi 600€ mensuales solo en esto), ya se me va casi toda pensión.
Y si tuviera gasto 0 (cero), es decir, si no pagara mis impuestos, la luz, el agua..., si no comiera..., aún estaría muy lejos de poder hacer un contrato de asistencia de 2160€.
No lo podía entender pero cuando hablé con la Ley de dependencia aclarándoles que yo no podía contratar 45 horas semanales me aseguraron que entonces no percibiría los 100€.
Me parece una tomadura de pelo total.
¿Hay alguien que se encuentre con una situación similar?
Y yo me pregunto, ¿Se ríen de nosotros? Si para recibir 100€ al mes tengo que pagar 2160€ de asistencia, ¿
De donde saco el dinero si la pensión que tengo está muy pero que muy lejos de esa cifra?
Si contamos mis gastos habituales de alimentación, impuestos, luz, agua, tfno, comunidad, medicamentos/suplementos (casi 600€ mensuales solo en esto), ya se me va casi toda pensión.
Y si tuviera gasto 0 (cero), es decir, si no pagara mis impuestos, la luz, el agua..., si no comiera..., aún estaría muy lejos de poder hacer un contrato de asistencia de 2160€.
No lo podía entender pero cuando hablé con la Ley de dependencia aclarándoles que yo no podía contratar 45 horas semanales me aseguraron que entonces no percibiría los 100€.
Me parece una tomadura de pelo total.
¿Hay alguien que se encuentre con una situación similar?
#577
Re: Prestacion de la Ley de Dependencia
#578
Re: Prestacion de la Ley de Dependencia
#579
Re: Prestacion de la Ley de Dependencia
#580
Re: Prestacion de la Ley de Dependencia
Yo también creo que ,o no te lo explicaron bien, o no lo entendiste bien.
Una cosa es tener un grado se dependencia reconocido, lo que no tienes porque rechazar.
Otra cosa es al tipo de prestacion y/o servicios complementarios a los que tengas acceso.
Por lo que entiendo te ofrecieron el cheque servicio,( no la asistencia a domicilio),en el que tu buscas la ayuda externa que mas te convenga y la comunidad autónoma te sufraga una parte,esta parte depende de tus ingresos económicos y de un máximo subvencionable.
Dudo mucho que fueran 45 horas a la semana,la ley no lo permite.
Cuando te planteen en PIA,eres libre de aceptarlo o no,y también de solicitar otro tipo de ayuda,pero no rechaces la valoración de la discapacidad.
Una cosa es tener un grado se dependencia reconocido, lo que no tienes porque rechazar.
Otra cosa es al tipo de prestacion y/o servicios complementarios a los que tengas acceso.
Por lo que entiendo te ofrecieron el cheque servicio,( no la asistencia a domicilio),en el que tu buscas la ayuda externa que mas te convenga y la comunidad autónoma te sufraga una parte,esta parte depende de tus ingresos económicos y de un máximo subvencionable.
Dudo mucho que fueran 45 horas a la semana,la ley no lo permite.
Cuando te planteen en PIA,eres libre de aceptarlo o no,y también de solicitar otro tipo de ayuda,pero no rechaces la valoración de la discapacidad.
#581
Re: Prestacion de la Ley de Dependencia
#582
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#583
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#584
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#585