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Compensar pérdidas años anteriores con ganancias actuales, ¿dónde aplica el 25%?

7 respuestas
Compensar pérdidas años anteriores con ganancias actuales, ¿dónde aplica el 25%?
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Compensar pérdidas años anteriores con ganancias actuales, ¿dónde aplica el 25%?
#1

Compensar pérdidas años anteriores con ganancias actuales, ¿dónde aplica el 25%?

Hola,

Pregunta tonta pero que no consiguo confirmar

Lo primero, entiendo que el programa te lo calcula todo si operas con un banco nacional, si es con uno extranjero (ej DeGiro) lo tienes que poner tú manualmente (?)

Después, pongamos que el 2020 perdí 4000€ y el 2021 gané 1500€, para compensar esos 4000€ tengo 4 años pero sólo al 25%. Entonces, supongo que esto quiere decir que de los 1500€ puedo compensar un 25%, esto es 375€, y que por lo tanto me quedarán aún 3625€ de pérdidas para compensar en los siguientes 3 años

Es así?

O es un 25% de las pérdidas, y por lo tanto puedo compensar con 1000€ de los 4000€?

Gracias!




#2

Re: Compensar pérdidas años anteriores con ganancias actuales, ¿dónde aplica el 25%?

A ver si te puedo aclarar algo.

Las pérdidas de cada año, las puedes compensar con las ganancias que hayas tenido hasta el límite de estas últimas.

Las pérdidas pendientes de un año, lo puedes compensar con el 25% de tus rendimientos positivos de capital mobiliario. (intereses de bonos, depósitos, dividendos...) de ese mismo año.

Si te quedase todavía pérdidas pendientes, lo podrías hacer en los cuatro años siguientes con las ganancias  o con el saldo del 25% de los rendimientos de capital mobiliario de cada año.

Un saludo.
#3

Re: Compensar pérdidas años anteriores con ganancias actuales, ¿dónde aplica el 25%?

Gracias @batiscafo, el último párrafo es el que me causa confusión

Es decir, si un año gano 1000€, entonces podré compensar un 25% con pérdidas de años anteriores (hasta 4 años), es decir solo podré compensar 250€ aunque tenga pérdidas anteriores de 8000€

Es así?
#4

Re: Compensar pérdidas años anteriores con ganancias actuales, ¿dónde aplica el 25%?

las pérdidas pendientes de años pasados se compensan durante los 4 años siguientes con el 100% de las ganancias y el 25% de dividendos/intereses. 
Por tanto, en el ejemplo que expones, si los 1.500 son ganancias, los compensas al 100% con los 4.000 pendientes. Si son dividendos, compensas 375.
Lógicamente, la información debe estar bien introducida para que el programa de la Agencia Tributaria haga los cálculos correctamente:
-dividendos cobrados a través de un  intermediario español: aparece automáticamente lo cobrado y retenido en España, pero si son dividendos de una empresa extranjera, hay que meter a mano la deducción por doble imposición con lo retenido por la Hacienda extranjera.
-dividendos cobrados a través de DeGiro o similares: hay que meterlo todo a mano.
-ganancias/pérdidas a través de intermediario español: aparece la venta en la info fiscal, pero hay que meter a mano la operacion con el precio de compra.
-ganancias/pérdidas  a través de DeGiro o similares: hay que meterlo todo a mano. 
#5

Re: Compensar pérdidas años anteriores con ganancias actuales, ¿dónde aplica el 25%?

Imaginemos que en el año 2021 te han quedado por compensar pérdidas por importe de 4.000 euros después de haber agotado todas la ganancias del ejercicio y el 25% del saldo de tus rendimientos de capital mobiliario de ese año.

En el año 2022 tienes unas ganancias de 1.000 euros y unos rendimientos de capital mobiliario (dividendos por ejemplo) de 400 euros.

Lo que podrías compensar de las pérdidas pendientes del año 2021 serían:

-1.000 euros por las ganancias de 2022. (No tributarías nada por esa ganancia)
-100 euros por el 25% de los rendimientos de capital mobiliario de 2022.(Tributarías por 300 euros).

Te quedarían por tanto pérdidas pendientes de compensar de la misma forma en los tres años siguientes por un importe de 2.900 euros. (El primero de los cuatro ha sido 2022)

Un saludo.
#6

Re: Compensar pérdidas años anteriores con ganancias actuales, ¿dónde aplica el 25%?

Gracias a los 2, no me quedaba en absoluto claro, ahora ya sí (!), muchas gracias :)
#7

Re: Compensar pérdidas años anteriores con ganancias actuales, ¿dónde aplica el 25%?

problema con las deducciones:

Si tienes saldos de pérdidas de años anteriores pendientes de compensar, pero tienes dividendos extranjeros con retención en origen, la AEAT considera que, si las compensaciones de años anteriores anulan tus rendimientos por dividendos, no pagas  impuestos españoles sobre tus dividendos extranjeros, por lo tanto, no toman en cuenta tus retenciones extranjeras sobre esos dividendos. 

Con otras palabras: mientras tengas pérdidas para compensar, el programa no tiene en cuenta tus retenciones en el extranjero. Lo acabo de comprobar: mi mujer sí que puede descontar retenciones extranjeras porque no tiene pérdidas de años anteriores pendientes de compensar. Pero yo, que sí las tengo, pues el programa me deja introducir las retenciones extranjeras, pero no producen ninguna reducción de irpf....

Me gustaría descontar estas retenciones extranjeras del cómputo de dividendos extranjeros antes de poner los datos en el programa, para forzarlo a tenerlos en cuenta, pero temo que esto sería considerado fraude fiscal..

opiniones ?

#8

Re: Compensar pérdidas años anteriores con ganancias actuales, ¿dónde aplica el 25%?

las retenciones en origen se incluyen como deducción por doble imposición internacional y lo que se puede deducir  el menor: de lo retenido en el extranjero o lo que se pagaría en España por esos ingresos.
 Al estar compensando pérdidas con esos rendimientos, si sale a pagar 0 en España por esos rendimientos,entonces España no te va a devolver un impuesto pagado en el extranjero.
Incluir esas retenciones en origen como efectuadas en España, no es que sea un fraude, es que te pillan con toda seguridad porque a la hacienda española no le constan y les va a saltar al verificar la declaración.