Gracias por la información Emixto! No tengo ni idea de cómo poner este recurso y, sobre todo, de cómo debería redactarse. Estaría muy bien poder contar con un escrito estándar y saber cómo tramitarlo online. Gracias por tu ayuda!
Gracias Emixto, y Keranui por el link. Cuando al principio de todo esto intente lo del recurso de alzada, me fue imopsible hacerlo desde el extranjero porque solo tengo cl@ve pin. Si alguien lo consegui telematicamente con solo esos medios, por favor que nos lo cuente. Decir que cuando llame por telefono a la SS, me dijeron que presentar un escrito debeia de valer igual... a ver, contadnos como acaba!
Si estas en el extranjero, presentar un simple escrito y enviarlo por correo certificado con destino a alguna de las Direcciones Provinciales de la TGSS no creo que tenga el mismo alcance que un Recurso de Alzada; me baso en que conozco a personas que han presentado una reclamación en la Sede Electrónica de la TGSS (además de algún comentario similar de otros foreros en este hilo) y el resultado ha sido recibir la misma notificación que tienes a modo de carta en tu Twitter. Un escrito o una queja es atendida por la misma Unidad Administrativa de la TGSS mientras que un Recurso de Alzada es atendido por la unidad de Impugnación y su criterio -por lo escrito por@emixto- es diferente.
En última instancia, sin clave permanente y desde el extranjero, la única salida que le veo es obtener el formulario del Recurso de Alzada, rellenarlo, y enviarlo por correo electrónico a una de las unidades de impugnación de la TGSS; selecciona los filtros adecuados en tu caso en: Seguridad Social: Oficinas de la Seguridad Social (seg-social.es)
Un saludo
P/ sí le agradecería a @emixto que nos confirme si lo que escribía previamente es que han aceptado su Recurso de Alzada (y está pendiente de resolución) o si, además de aceptarlo, tiene resolución firme y la TGSS le realizará el reintegro de las cuotas adicionales cobradas con efectos retroactivos.
Mes 10/2017 es lo que había leído en algunos comentarios en este hilo; en cambio, en un comentario previo de @carlos-jbr y en el que conozco directamente de un familiar es el mes 11/2017 el más antiguo, mientras que en la carta de Twitter de @guillefriis se habla del mes 1/2018 para los grupos de cotización 1 y 2 y el mes 1/2019 para el resto de grupos y esa "discrepancia" me incomoda; además de ser un elemento de impugnación para quienes presenten recurso de alzada -tengan o no notificación explícita y en tiempo de la TGSS.
Un saludo
P/ desconozco si la carta que publica Guillermo en Twitter es una carta personal o algo obtenido de la web de la TGSS... si fuera esto último sería más favorable como elemento de impugnación.
La fecha de inicio también depende del Grupo de Cotización. Yo el otro día estuve revisando porque en un Grupo de Cotización 3 no se empezaba en 2017/2018 y es que no corresponde, porque por ejemplo la Base del Grupo de Cotización 3 para 2018 era de 864,90 mientras que la que han aplicado en la Seg. Social era de 944,40 Saludos,
Carlos, gracias... lo recordaba de un comentario tuyo previo.
En cambio, leyendo la carta que publica @guillefriis en Twitter se escriben otras fechas -salvo que sea una carta personal dirigida a Guillermo y no una información que él ha encontrado en la web de la TGSS.
Nuevas cuotas y atrasos en CESS
Son estos aspectos de aparente "subjetividad" y los hechos de que haya retroactividad a 2017 (yo, personalmente, añadiría 2018) y la falta de comunicación previa por parte de la TGSS a los recurrentes para tener el periodo normativo legal de presentar las alegaciones que en cada caso procedan y no el desamparo "ejecutivo" de cobro anticipado las claves para aquellos que prevean presentar "recurso de alzada"... saludos
Yo creo que sería más efectivo, como dice @Guillefris, poner esto en manos de algún despacho de abogados que tramiten la denuncia a nivel general, seguro q ellos que controlan más de estos temas, consiguen más que cada uno de nosotros individualmente. ---Yo ya puse 3 reclamaciones (una en oficina TGSS y otras dos en varios enlaces del portal web de TGSS) y contestan diciendo que todo es legal y correcto (sin dar información de cálculos ni de calendario de cobros, ni nada) , pero yo no creo que lo sea, desde luego no en la forma (notificaciones previas NINGUNA) y ni siquiera en el fondo (si ha sido un descuido suyo, porqué tenemos que pagarlo nosotros retroactivamente)
@Keranui, muchas gracias por indicar los aspectos en los que basar la reclamación. Pero sigo pensando, como decía en el mensaje anterior, que individualmente nos torearán, mientras que conjuntamente y bajo presión de demanda judicial llevada por expertos, la cosa sería muy distinta