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Bastante perdido con el Impuesto de Donaciones

4 respuestas
Bastante perdido con el Impuesto de Donaciones
Bastante perdido con el Impuesto de Donaciones
#1

Bastante perdido con el Impuesto de Donaciones

Buenas a tod@s

Es mi primer mensaje como forero, y ya vengo pidiendo ayuda, pero bueno, espero que entre tod@s saquemos el caso que me atañe.

La cuestión es que mi padre dentro de 2 semanas va a recibir de parte de mi tío en torno a unos 42.000€. Por tanto, y bajo mi punto de vista, se considera una donación. Por tanto, como es lógico pensar, tributara al Impuesto de Donaciones. De aquí parte mi primera duda, que creo tener ya resuelta, pero después de haber consultado en varios sitios, todavía no las tengo todas conmigo. Dado que va a tributar en el impuesto de donaciones, ya no debe tributar en el IRPF como ganancia patrimonial ¿no?. Me he leído el manual de la renta de 2009, y tal y como indica en la pagina 311, el apartado a) de las "Ganancias patrimoniales que no se integran en la base imponible" seria este caso, para evitar la doble imposición, si tributa al ISD, no tributara al IRPF como ganancia patrimonial.

Hasta aqui mas o menos todo resuelto, salvo que algun@ me digáis lo contrario. Pasando ya al impuesto de donaciones, vuelven a aparecer mis dudas en el apartado de la base liquidable.

Como bien sabemos, la base liquidable es igual a la base imponible menos las reducciones. Y es en el tema de las reducciones donde mas muestro mis dudas. ¿Las reducciones generales del Impuesto de Sucesiones son las mismas que las del Impuesto de Donaciones?. Me explico.

Siguiendo el caso, dado que mi padre y mi tío son de segundo grado de consaguineidad, se supone una aplicación de una reducción de 6827'€. Ademas, dado el grado de minusvalía de mi padre, se puede aplicar una reducción adicional de 40946,45€. La suma de ambas cantidades supone una cuantía superior a la donación, por lo que mi padre no debería pagar impuesto alguno.

Pero esto es en el caso de que las reducciones sean las mismas para sucesiones y donaciones, cosa que todavía no tengo del todo clara, y de ahí viene mi duda, a ver si alguien puede decirme algo mas concreto.

Espero haber sido lo mas claro posible, un saludo y gracias!

#2

Re: Bastante perdido con el Impuesto de Donaciones

Tus primeros planteamientos son correctos del todo. En cuanto a las reducciones, no son las mismas, en donaciones no se aplica ninguna reducción general por parentesco, en principio la base imponible y la liquidable coinciden, salvo que la autonomía en cuestión haya establecido algo al respecto.

Saludos.

#3

Re: Bastante perdido con el Impuesto de Donaciones

Vamos, lo que me esperaba.

Pues la cuestión es que aquí en Aragón las únicas deducciones por parentesco solo son entre cónyuges, ascendientes o descendientes así que me parece que vamos a tener que morir al palo, menuda putada.

Así que nada, siempre nos quedara la idea de partir la ganancia en partes y tributar al mínimo, porque otra cosa no se me ocurre para eludir mas pago.

#4

Re: Bastante perdido con el Impuesto de Donaciones

El otro día , también pregunté algo sobre donaciones en Aragón... como soy de cabeza dura y encontré una página en la que decía que podríamos ir a la AET local y allí nos harían los números para una donación de 40.000 euros,allí que fui y la Sra me contestó:
"no hay nada que explicar más que para una donación menor de 300.000 euros de padres a hijos, en Aragón, sólo tendrás que pagar al notario para que levante escritura pública y te cobrará lo que quiera, porque cada uno aplica sus tarifas"... casi textualmente.... conque , ya no me atreví a preguntar más... y me fui con la cabeza agachada...
¿alrodrigo, ¿está en lo cierto que no tiene más coste que el notario?.. por lo que me dijiste, creo que está o estoy equivocado...
Sldos Al

#5

Re: Bastante perdido con el Impuesto de Donaciones

Te pegué el artículo, apartado 1.a), efectivamente hay una reducción del 100% para donaciones de padre a hijo, de hasta 300.000 euros.

Saludos.