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PLAN 2000E. Argumentación pérdida patrimonial

23 respuestas
PLAN 2000E. Argumentación pérdida patrimonial
PLAN 2000E. Argumentación pérdida patrimonial
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#17

Re: PLAN 2000E. Argumentación pérdida patrimonial

Bueno bueno....

Pues cuando ya estaba acabando de preparar la nueva declaración en el PADRE, con PLAN 2000E+Decremento por mi viejo coche achatarrado, para ir a presentarla mañana pidiendo la anulación del borrador confirmado; me da por mirar el estado de tramitación, y toma bomba:

Estado de Tramitación:
"Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria. Su devolución será emitida en los próximos días."

En fin, que ahora ya tengo que solicitar una "Rectificación de la Autoliquidación", que volviendo a consultar con mi amigo el Inspector me ha recomendado encarecidamente que si puedo evitarlo no lo haga, ya que es como solicitar que habrán un expediente para estudiar mi caso, y que así fijo que me echan para atrás toda la argumentación del decremento, porque encima les suele sentar mal que se pida el iniciar expedientes que ellos no inicien, pues es trabajo extra para ellos, y que a no ser que estas rectificaciones estén muy claras siempre suelen tirarlas para atrás porque les cabrean, y por tanto iba a acabar en el TEAC de fijo.

Al final creo que tomaré su consejo de anoche de dejarlo correr y vivir 4 años con la incertidumbre de si me llamarán para revisar y sancionar....

Al final esto es una decisión muy personal de cada uno, y en mi caso quizás decida hacer una cosa por mis circunstancias, y por el estado de tramitación de de mi renta, pero cada uno debe evaluar las suyas para hacer lo que más le convenga...no dejeis de analizar las recomendaciones que leais aquí con vuestro filtro para ver vuestro interés, y teniendo en cuenta que tampoco somos profesionales. A mi ahora me ha interesado más dejarlo correr, pero quizás a otro por su situación (Renta a pagar, renta aún no presentada, etc.) le interese más incluir el decremento junto con el 2000E...Analizadlo bien cada uno.

Ánimo Wilhood y siento no poder seguir en la lucha

#18

Re: PLAN 2000E. Argumentación pérdida patrimonial

Con la incertidumbre de si en 4 años te revisen?

que significa entonces exactamente el tezto que pones de :"sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria."

Yo habia entendido que ese parrafo siempre habia significado que ya te han comprobado todo lo que tenian que comprobar y que ya no te podian volver a revisar esa declaracion.

Aunque me juego el cuello que si no tenian habilitadas casillas en el borrador ni el software del borrador modificado para reflejar lo correspondiente al 2000E porque todo a sido a salto de mata , deprisa y corriendo. Tampoco tienen implementados esos controles para cotejar los beneficiarios del plan 2000E con si los declarantes lo han reflejado o no en sus declaraciones. El tema es si van a desarrollar ese software de comprobacion a posteriori o no.

#19

Re: PLAN 2000E. Argumentación pérdida patrimonial

Según tengo entendido (que me corrija alguién que lo sepa mejor si me equivoco), siempre tienen un plazo de 4 años para realizar comprobaciones de cualquier declaración, realizarte paralelas y sancionarte, por el hecho de que los datos fiscales les pueden llegar a ellos con mucho retraso.

Imaginate que por la circunstancia que sea este año te devuelven sin problema, no hay cruce de datos porque quizás el Ministerio de Industria aún no ha pasado los datos del Plan 2000E al de Hacienda (en fin, que vergüenza sería, pero seguro que ocurre a menudo) y este año no te revisan...

Pero el año que viene por cualquier otra circunstancia personal tuya, o por azar, pues te toca una revisión general y, ya que se ponen, te revisan 4 años hacia atrás (que pueden revisarte y sancionarte) y de repente ya si que tienen tus datos del Plan 2000E, y ven el "fallo" en tu declaración, y zas! A devolver el % de la ayuda correspondiente+intereses de demora+sanción por lo que sea....

Precisamente esa frase que ponen "sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria." es para indicar ésto, para cubrirse las espaldas; que de momento mi renta ha pasado los filtros automáticos existentes en este momento y con los datos que ellos tienen ahora mismo y que por tanto se ha autorizado la devolución, pero que si tengo una inspección en los próximos 4 años, se reservan el derecho de que aunque ahora me hayan dicho que sí, que más adelante pueden decidir a la vista de otros datos o de otras validaciones que está mal.

4 años de intranquilidad por un fallo de ellos (sea Ministerio de Hacienda, AEAT o Ministerio de Industria)...en fin.

#20

Re: PLAN 2000E. Argumentación pérdida patrimonial

Está claro alcalder, en tu caso, pies quietos! No creo que ya te la revisen. Y en el de los demás, como bien dices, que cada uno valore sus circunstancias. Lo de la AEAT es espectacular, según dices parece que van a ir por "liberalidad". Pues nada, veamos la definición de liberalidad según el diccionario de la REAL ACADEMIA DE LA LENGUA ESPAÑOLA:

1. f. Virtud moral que consiste en distribuir alguien generosamente sus bienes sin esperar recompensa.
2. f. Generosidad, desprendimiento.
3. f. Der. Disposición de bienes a favor de alguien sin ninguna prestación suya.

Ahí está el enlace:

http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=liberalidad

Como hemos dicho que cada uno saque sus conclusiones.
En qué estará pensando ahora la AEAT? En la bombilla de Sebastián? En esto no hay duda, es una ganancia patrimonial, así es que....
Y mientras tanto ¿se están planteando una amnistía fiscal para grandes capitales de dinero no declarado con tal de que aflore? Buscad información por ahí a ver qué sale? A mí me da verguenza ajena.
Para quien le interese:
http://www.burbuja.info/inmobiliaria/burbuja-inmobiliaria/158823-amnistia-fiscal-de-zapatero.html

Pero bueno, como siempre, a por los pequeños.

Yo sigo en la lucha.

#21

Re: PLAN 2000E. Argumentación pérdida patrimonial

Ya sabes, no son 1000 euros de ganancia patrimonial, son 1010 euros (10 eurillos de la bombilla de Sebastián, como como era fabricada en España era de las caras, jeje)

#22

Re: PLAN 2000E. Argumentación pérdida patrimonial

Nada Alcalder y compañía, mi última contestación por si algún día a ti o a otros, os plantearan algún problema, que no creo, pero bueno, nunca se sabe.

Las cabezas pensantes de la AEAT, si es que terminan diciendo que el achatarramiento es una liberalidad, deberían saber lo que opinan los tribunales de dicho concepto. Podéis verlo, por ejemplo en la sentencia de 8 de octubre de 1996, Sala de lo contencioso-administrativo, Sección 2ª, de la Audiencia Nacional: ".... se puede entender la "liberalidad" como un acto por el cual una de las partes, sin estar obligada a ello, proporciona, a la otra parte, una ventaja o enriquecimiento patrimonial, con espíritu de liberalidad y sin contraprestación de ningún tipo. Ahora bien, lo importante del concepto estudiado, es que la parte que dona con espíritu de liberalidad lo hace de manera gratuita y sin esperar nada a cambio, de tal manera que se puede entender que no existe tal liberalidad cuando la realización del acto se hace por estar obligado a ello, o esperando algún tipo de recompensa como contraprestación. Es decir, "liberalidad".... no sólo implica la "generosidad" de realizar el acto "libre" sino también la más absoluta "libertad" en su realización, por lo que cualquier obligación en la consecución del mismo(...) excluiría el carácter liberal del acto realizado..."

En ésta y otras sentencias de la Audiencia Nacional y Tribunal Supremo van por el mismo camino, hablan del "animus donandi" y de una intencionalidad que no es propia de una verdadera liberalidad, como es la obtención de un beneficio futuro que compense el empobrecicmiento en el momento de efectuar la donación (acto liberal).

No soy abogado, pero sé leer y a mí me parece entender que según los tribunales, decisión voluntaria no es identicamente igual a liberalidad y casualmente la normativa del IRPF habla de "liberalidad". Evidentemente al final he sido yo el que ha decido el achatarramiento, y como cada vez estamos hilando más fino, voluntariamente si quieren decirlo así, pero eso no es automáticamente igual a liberalidad puesto que lo hice esperando algo a cambio.

En fin, parece que los jueces de la Audiencia Nacional sí que saben el significado del término "liberalidad" y que están de acuerdo con el diccionario de la REAL ACADEMIA DE LA LENGUA ESPAÑOLA.

El término "liberalidad" aparece también en otros impuestos. Así, el artículo 14 del Impuesto sobre Sociedades dice que no son gastos deducibles los donativos y liberalidades y continúa diciendo que no se encuentran comprendidos en este párrafo los que se hallen correlacionados con los ingresos. Es decir, si para obtener ingresos se ha tenido que hacer un donativo o liberalidad, ésta no se considera tal. Os suena? Tiene sentido? Efectivamente tal y como opina la Audiencia Nacional si se realiza un acto esperando algo a cambio no hay liberalidad. Sí, ya sé, esto es el Impuesto sobre Sociedades, pero ayuda a entender qué es para el legislador el concepto de "liberalidad"

Nada, a ver ahora por dónde sale la AEAT. Vaya tela! Yo soy Don erre que erre, pero es que ellos también, no se cansan... Ah! pero yo tampoco.

Un saludo.

#23

Re: PLAN 2000E. Argumentación pérdida patrimonial

Pues sí que tiene pinta de que lo de "liberalidad" lo quieren usar para meter miedo y que la gente no lo haga.

La verdad que este tema, que parece que nosotros lo tenemos claro y bien argumentado, sería para hacer una consulta vinculante a la Dirección General de Tributos del Ministerio de Economía, explicando toda la argumentación, y que ellos mismos les mojen la oreja a la AEAT. La verdad que no sé cuánto tiempo tardan en resolver estas consultas y si daría tiempo a su resolución antes de concluir el plazo de presentación el 30 de Junio, pero así a lo mejor, con una resolución firme a una consulta, lo mismo los que declaren el decremento os librais del TEAC.

Suerte y ánimo, que aunque yo ya no pueda hacerlo (por mi bien, ya que recibiré mi devolución en días), os animo a seguir estudioando la posibilidad de hacerlo, y enseñarles a éstos impresentables que las cosas no pueden hacerse tan mal como las quieren hacer.