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#40217
Re: Estado solicitud ingreso minimo vital
Regui1965 cuanto más bola le demos, más idioteces leeremos. Este tío es un payaso que aparece como el Guadiana, cuando le da la real gana. Y además de las estupideces que dice, viene exigiendo y cortando el hilo de la conversación de personas que están realmente agobiadas. Ál que tenían que bloquear es a él.
#40219
Re: Estado solicitud ingreso minimo vital
Hahaha……pues si.Ya estamos aqui por necesidad,como para estar aguantando.
Siento y pido perdon por mis palabras a toda aquella gente,que esta aqui al igual que yo por necesidad o por ayudar realmente con sus aportaciones……perdon 🙏
Pero ya no soportaba lo de segun quien.
Aun espero a que me llame el susodicho.
Pero en fin!!!!! Me olvido ya del tema.
Gracias a todos y disculpar mi vocavulario,pero hay gente que parece que no conozcan otro vocavulario,que el empleado por el pueblo llano,por mucha carrera y estudios que se tengan.
Siento y pido perdon por mis palabras a toda aquella gente,que esta aqui al igual que yo por necesidad o por ayudar realmente con sus aportaciones……perdon 🙏
Pero ya no soportaba lo de segun quien.
Aun espero a que me llame el susodicho.
Pero en fin!!!!! Me olvido ya del tema.
Gracias a todos y disculpar mi vocavulario,pero hay gente que parece que no conozcan otro vocavulario,que el empleado por el pueblo llano,por mucha carrera y estudios que se tengan.
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Re: Estado solicitud ingreso minimo vital
#40221
Re: Estado solicitud ingreso minimo vital
#40222
Re: Estado solicitud ingreso minimo vital
– El SEPE cotizará por la contingencia de jubilación durante la percepción del subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años. Estas cotizaciones tendrán efecto para el cálculo de la base reguladora de la pensión de jubilación y porcentaje aplicable a aquella en cualquiera de sus modalidades, así como para completar el tiempo necesario para el acceso a la JUBILACIÓN ANTICIPADA.
5.- La ampliación del ámbito de cobertura de este subsidio reviste urgencia, toda vez que las personas afectadas apenas perciben rentas de ninguna naturaleza y están en elevado riesgo de exclusión social, privándose hasta hoy del acceso al subsidio a las personas que ya tienen cumplidos los 52 años y que, cumpliendo el resto de requisitos, carecían de protección, para los que., cada día de retraso en acceder a esta protección es un día menos cotizado.
Por su parte, y para los actuales beneficiarios del subsidio, cada día transcurrido antes de esta reforma es un día con menor cotización a efectos de jubilación. En definitiva, demorar la aprobación de las medidas se traduce en una pérdida de derechos actuales y futuros de personas que, en muchos casos carecen de recursos actuales mínimos y de expectativas de una futura pensión digna.
– Entrada en vigor de las modificaciones de este subsidio con fecha de mañana día 13/03/2019 A EXCEPCIÓN de la modificación sobre cotización que entrará en vigor el 1/04/2019 (según el artículo 280.3 de la LGSS se aplicará desde el día primero del mes siguiente a su entrada en vigor, a los beneficiarios que en dicha fecha estén percibiendo el subsidio por desempleo y a los que, a partir de la misma, lo obtengan o lo reanuden)
– Entrada en vigor de las modificaciones de este subsidio con fecha de mañana día 13/03/2019 A EXCEPCIÓN de la modificación sobre cotización que entrará en vigor el 1/04/2019 (según el artículo 280.3 de la LGSS se aplicará desde el día primero del mes siguiente a su entrada en vigor, a los beneficiarios que en dicha fecha estén percibiendo el subsidio por desempleo y a los que, a partir de la misma, lo obtengan o lo reanuden)
#40223
Re: Estado solicitud ingreso minimo vital
He tenido que dar a "ignorar" tanto a pachochito o como se llame y a Regui1965.
Lo pongo por aquí, porque he mirado sin querer la pregunta que me has puesto Regui1965.
Ninguno de mis comentarios iba por ti, ni se a qué comentario te refieres. Dejé de seguiros hace horas. Y os ignoré a los dos, o sea, que ya no me saltan vuestros mensajes.
Sólo quería aclararlo. Un saludo.
Lo pongo por aquí, porque he mirado sin querer la pregunta que me has puesto Regui1965.
Ninguno de mis comentarios iba por ti, ni se a qué comentario te refieres. Dejé de seguiros hace horas. Y os ignoré a los dos, o sea, que ya no me saltan vuestros mensajes.
Sólo quería aclararlo. Un saludo.
#40224
Re: Estado solicitud ingreso minimo vital
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