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Retencion menor practicada por la empresa.

3 respuestas
Retencion menor practicada por la empresa.
Retencion menor practicada por la empresa.
#1

Retencion menor practicada por la empresa.

Hola, mi caso es un poco lioso, a ver que opináis.

Tenía un grado de discapacidad del 36% pero en una revisión me lo bajaron hasta el 24% con fecha de efectos de primero de Diciembre. Lo comunique al pagador dentro de los 10 días mandando un nuevo modelo 145 sin la discapacidad, pero claro ya estaban hechas las nominas de Diciembre. Por lo que durante todo el año se me ha retenido como si tuviera discapacidad pero a 31/12 no tenía discapacidad.

No tengo la obligación de presentar la declaracion de IRPF por ganar menos de 22K. Mi pregunta es si no presento la declaración, Hacienda podría reclamarme a mi las retenciones no practicadas por la empresa. Yo he cumplido con mi obligación de comunicar a la empresa la variación de datos por el modelo 145 en el plazo dispuesto.

Supongo que Hacienda le reclamaría a la empresa, pero esta podría exigirmelo a mi posteriormente??

Gracias. Espero podáis ayudarme.

#2

Re: Retencion menor practicada por la empresa.

si tu has comunicado la variación en el plazo de 10 días y a la empresa le quedaban menos de 5 días para elaborar las nóminas, según su mecánica habitual ambos lo habéis hecho bien, porque debería ser en la nómina del mes siguiente cuando se efectúe la aplicación del nuevo tipo.

Además, la normativa habla curiosamente de regularizar la situación para todo el año solo cuando aumenta el grado de discapacidad, no cuando es a la baja...

En definitiva, yo creo que se lo come Hacienda, y en el peor de los casos podría reclamar a la empresa la parte de la retención nueva del mes no practicada si a esta le quedaban más de 5 días para la confección de la nómina, como dices, y que luego te la reclamaran.

Sea cual sea el desenlace, si no tienes obligación de presentar la declaración, sales favorecido, pues el mínimo personal por discapacidad lo pierdes al no tener ya una discapacidad superior al 33% a 31 de diciembre (no así el gasto aumentado para trabajadores discapacitados, que se aplica durante el periodo que estuviese la discapaciad en vigor).

 

#3

Re: Retencion menor practicada por la empresa.

Muchas Gracias, me lo has dejado mucho más claro. Cuando les mande el 145 ya habían cerrado la nomina(es un organismo publico). Mi temor era que hacienda les reclamara lo de todo el año y luego me reclamaran a mi. Pero como bien dices los dos hemos actuado bien.

Saludos.

#4

Re: Retencion menor practicada por la empresa.

Revisa a partir de ahora si recibes una nomina extraordinaria o añadida a la normal con conceptos del 2018 y o con cargo al 2018.

Si recibes alguna notificacion antes de realizar la renta, revisa si tienes que añadirlo o si ya aparece en el certificado... anual