#46
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DEGIRO
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#47
Re: Retenciones dividendos Degiro no deducibles en IRPF
lo que te han contado es la teoría y es muy bonito, pero lee el hilo desde el principio y verás como a gente con acciones españolas depositadas en DeGiro no le permite la Agencia Tributaria deducir la retención.
Y en cualquier caso, Holanda NO tiene que comunicar nada a España sobre retenciones de empresas domiciliadas en España porque este dinero se ingresa directamente en la AEAT. Y si a la AEAT no le consta, tienes un problema.
Si miras la información que, por ejemplo, la AEAT te da para hacer la declaración de dividendos de una empresa de EE.UU depositadas en un broker español, te viene la retención practicada en España por ser residente aquí, pero no la retención en origen, esta la tienes que obtener de tu broker. Pues al revés es igual: a España le debería constar la retención en origen de cualquier empresa española, y luego, a lo mejor, te han retenido más en Holanda.
Esta ausencia de información en la AEAT de DeGiro para empresas españolas se ha explicado que puede ser por 2 razones:
*Porque las acciones estuvieran en préstamo en el momento de cobrar el dividendo. Entonces consta como receptor del dividendo el prestatario, y el prestamista (cualquiera de nosotros) recibe realmente unos intereses que hay que declarar, pero no como dividendos, y lo retenido, ponerlo como deducción por doble imposición.
*Porque DeGiro, por usar cuentas omnibus o lo que sea, no comunica la información correctamente a la AEAT de a quién corresponden las retenciones. Esta idea la vi en el consultorio fiscal del periódico Expansión y la daba el abogado fiscalista Gomez Acebo, que debe tener unos cuantos casos similares entre sus clientes.
Y en cualquier caso, Holanda NO tiene que comunicar nada a España sobre retenciones de empresas domiciliadas en España porque este dinero se ingresa directamente en la AEAT. Y si a la AEAT no le consta, tienes un problema.
Si miras la información que, por ejemplo, la AEAT te da para hacer la declaración de dividendos de una empresa de EE.UU depositadas en un broker español, te viene la retención practicada en España por ser residente aquí, pero no la retención en origen, esta la tienes que obtener de tu broker. Pues al revés es igual: a España le debería constar la retención en origen de cualquier empresa española, y luego, a lo mejor, te han retenido más en Holanda.
Esta ausencia de información en la AEAT de DeGiro para empresas españolas se ha explicado que puede ser por 2 razones:
*Porque las acciones estuvieran en préstamo en el momento de cobrar el dividendo. Entonces consta como receptor del dividendo el prestatario, y el prestamista (cualquiera de nosotros) recibe realmente unos intereses que hay que declarar, pero no como dividendos, y lo retenido, ponerlo como deducción por doble imposición.
*Porque DeGiro, por usar cuentas omnibus o lo que sea, no comunica la información correctamente a la AEAT de a quién corresponden las retenciones. Esta idea la vi en el consultorio fiscal del periódico Expansión y la daba el abogado fiscalista Gomez Acebo, que debe tener unos cuantos casos similares entre sus clientes.
#48
Re: Retenciones dividendos Degiro no deducibles en IRPF
#49
Re: Retenciones dividendos Degiro no deducibles en IRPF
yo particularmente tengo cuenta en DeGiro pero NO la uso para comprar acciones españolas, por los posibles problemas descritos.
Prefiero comprarlas en un broker con residencia fiscal en España, aunque sea un poco más caro, porque en este caso lo barato puede salir caro. Y sí ha habido unos cuantos comentarios de foreros que han dejado de operar con DeGiro.
Prefiero comprarlas en un broker con residencia fiscal en España, aunque sea un poco más caro, porque en este caso lo barato puede salir caro. Y sí ha habido unos cuantos comentarios de foreros que han dejado de operar con DeGiro.
#50
Re: Retenciones dividendos Degiro no deducibles en IRPF
#51
Re: Retenciones dividendos Degiro no deducibles en IRPF
#52
Re: Retenciones dividendos Degiro no deducibles en IRPF
ten en cuenta que los problemas descritos de que a la AEAT NO le consta el ingreso de las retenciones en España, son para las acciones de empresas domiciliadas en España (Telefónica, Repsol, Inditex,Santander,etc) cuyos dividendos se cobran por DeGiro, por tanto, si tienes un ETF domiciliado en España que reparte dividendos, podrías encontrarte con el mismo problema.(desconozco si hay alguno, desde luego los más conocidos son todos extranjeros, con independencia de que puedan ser del ibex o el MSCI Spain)
#53
Re: Retenciones dividendos Degiro no deducibles en IRPF
Primero abren procedimiento de comprobación limitada para que presentes documentación justificativa de las cantidades en las que difiere lo que el sujeto pasivo del impuesto incluyó en la declaración de la renta y lo que la AEAT estima que es correcto; eso me lo notificaron el 21 de noviembre y hay un plazo de alegaciones de 10 días hábiles en los que presenté el informe anual de Degiro.
El 28 de enero me notificaron la propuesta de liquidación provisional argumentando lo que ya indiqué en otro post de este foro; ahí dan otro plazo de alegaciones de 10 días hábiles. En ese plazo pedí cita y acudí a la AEAT, acepté la liquidación provisional comentando al funcionario que tramitaba el expediente lo de la posibilidad de deducción por doble imposición internacional dado que ellos argumentan que son retenciones no hechas en España sino en otro estado, en este caso Holanda; pero preferí aceptar la liquidación sin hacer esta alegación.
el 14 de febrero me notificaron la resolución del expediente con la aceptación de la liquidación practicada por la AEAT.
El 28 de enero me notificaron la propuesta de liquidación provisional argumentando lo que ya indiqué en otro post de este foro; ahí dan otro plazo de alegaciones de 10 días hábiles. En ese plazo pedí cita y acudí a la AEAT, acepté la liquidación provisional comentando al funcionario que tramitaba el expediente lo de la posibilidad de deducción por doble imposición internacional dado que ellos argumentan que son retenciones no hechas en España sino en otro estado, en este caso Holanda; pero preferí aceptar la liquidación sin hacer esta alegación.
el 14 de febrero me notificaron la resolución del expediente con la aceptación de la liquidación practicada por la AEAT.
#54
Re: Retenciones dividendos Degiro no deducibles en IRPF
#55
Re: Retenciones dividendos Degiro no deducibles en IRPF
Buenas
Llevo dos declaraciones ya presentadas con Dgiro, (empresas españolas y extranjeras). Tengo un excel donde apunto dividendo por dividendo de cada accion. Al hacer el IRPF los sumo y meto en las casillas correspondientes las cantitades totales. No me fio del informe que envia Dgiro. En una ocasion no me aparecieron acciones que sí tenia en cartera. Asi que lo llevo yo "a mano". Si las cantidades no me cuadran por el tema del prestamo de acciones, la diferencia se la dejo para el tito Montoro, ahora a la tita Montero.
De momento no he tenido problemas en las dos declaraciones.
Este año me surge una duda, a ver como lo haceis vosotros. TCO pagó dividendo el dia 31/12/19, pero con la conversión de divisa, los euros me aparecen en DGIRO con fecha valor 1/1/20. ¿Para hacienda estos dividendos que los contabilizais en 2019, o en 2020?
Saludos
#56
Re: Retenciones dividendos Degiro no deducibles en IRPF
los dividendos se cuentan en la fecha de corte para tener derecho a cobrarlos (día anterior a la fecha ex-dividendo), que es cuando surge el derecho y la exigibilidad, con independencia de que puedan abonártelo días más tarde, a veces bastante más tarde, como pasa en UK...
El IRPF dice: Art. 14. Imputación temporal.
1. Regla general.
Los ingresos y gastos que determinan la renta a incluir en la base del impuesto se imputarán al período impositivo que corresponda, de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Los rendimientos del trabajo y del capital se imputarán al período impositivo en que sean exigibles por su perceptor.
El IRPF dice: Art. 14. Imputación temporal.
1. Regla general.
Los ingresos y gastos que determinan la renta a incluir en la base del impuesto se imputarán al período impositivo que corresponda, de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Los rendimientos del trabajo y del capital se imputarán al período impositivo en que sean exigibles por su perceptor.
#57
Re: Retenciones dividendos Degiro no deducibles en IRPF
#58
Re: Retenciones dividendos Degiro no deducibles en IRPF
Yo ya te digo que doble imposición no puede ser por que la retención se hace en España, ahora que porque tenga cedidas la acciones no te cuente como dividen y Sean intereses, ese caso no se me ha dado, pero ya te digo que llevo años haciendo rentas, con clientes que operen con DEGIRO solo estos dos últimos años, y no me han puesto pegas siempre hablo de empresas españolas, si son de fuera la cosa cambia
#59
Re: Retenciones dividendos Degiro no deducibles en IRPF
#60