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Gastos e intereses crédito bancario destinado a prestar sin intereses a familiar. Se pueden incluir como capital?

3 respuestas
Gastos e intereses crédito bancario destinado a prestar sin intereses a familiar. Se pueden incluir como capital?
Gastos e intereses crédito bancario destinado a prestar sin intereses a familiar. Se pueden incluir como capital?
#1

Gastos e intereses crédito bancario destinado a prestar sin intereses a familiar. Se pueden incluir como capital?

Ruego opiniones sobre este supuesto, que creo no ha sido tratado en otros hilos.

En un préstamo entre familiares sin intereses, el prestamista ha tenido, a su vez, que pedir un crédito a una entidad bancaria, para de esta forma poder prestarlo al prestatario, con la finalidad refinanciar deudas de diferentes microcréditos y tarjetas de crédito, ya que el prestatario tiene nula capacidad crediticia para realizarlo por su cuenta, incluso con avales.

La duda es la siguiente:

No tengo claro si se puede incluir en el contrato, como capital prestado el importe de la comisión de apertura del crédito bancario, así como los intereses que pagará en un futuro, ya que lo que efectivamente se presta es el nominal del crédito bancario, menos el importe de la comisión de apertura.

Ejemplo:

El prestamista pide un crédito bancario por un importe de 10.000 € a pagar en 7 años

Tiene una comisión de apertura de un 2 %, que serían 200 €

Por tanto el dinero que efectivamente irán destinados a el préstamo entre familiares, sería de 9.800 €

Por otra parte, al final de la operación del crédito bancario el prestamista del préstamo personal, habrá satisfecho un total de 2677,85 € de intereses.

Lo que queda claro en los 9800 euros sería el capital prestado, pero

1º) ¿Se podría incluir los 200 euros del a comisión de apertura, dado que ha sido un gasto necesario para poder hacer la operación de refinanciación?

2º) ¿Se podrían incluir como capital prestado los 2677,85 euros de intereses, que el prestamista pagará a medida que vayan venciendo las cuotas?

Gracias anticipadas.

 

 

#2

Re: Gastos e intereses crédito bancario destinado a prestar sin intereses a familiar. Se pueden incluir como capital?

En el contrato privado la redacción es bastante flexible, pero hay cosas básicas que deberian aparecer. La periodicidad de las cuotas (mensuales, trimestrales, etc), el importe de cada pago. Si existe la posibilidad de liquidar anticipadamente el préstamo, si tiene comisiones como en tu caso, o quién se hace cargo de los costes asociados (redacción de contratos por ejemplo), y qué medio se utilizará para el pago. Posibilidad de pactar una prórroga o qué ocurre en caso de incurrir en un impago.

Básicamente es esto.- A presta a B  9.800€ de principal, los gastos serán de 200 y los intereses del principal 2.677,85. Si son intereses no es K principal. Pero lo puedes dejar reflejado. Es mas deberia quedar reflejado.

Salud.

 

#3

Re: Gastos e intereses crédito bancario destinado a prestar sin intereses a familiar. Se pueden incluir como capital?

puedes poner la cantidad que te de la gana como prestada y la que quieras igualmente como devuelta, pero la diferencia entre una y otra serán intereses percibidos. Si prestas 9.800 y al final te devuelven 10.000, habrás cobrado 200 euros de intereses que tendrás que declarar en algún ejercicio fiscal.

A Hacienda, en tu relación crediticia con tu familiar , le interesa como se estructura exclusivamente el préstamo entre vosotros 2, no tu relación con el banco, que es otro asunto fiscal.

#4

Re: Gastos e intereses crédito bancario destinado a prestar sin intereses a familiar. Se pueden incluir como capital?

Gracias por vuestra rápida respuesta Bacalao y E.delvalle.

Entiendo que lo normal y lo que interesa a hacienda es la cantidad que efectivamente se ha prestado y no los gastos que te ha generado el haber pedido un préstamo a un banco para poderlos prestar, porque son dos relaciones distintas. Pero me parece una situación un tanto injusta, puesto que de esa forma no hay posibilidad que te devuelvan los intereses que tu pagarás a lo largo de la vida del crédito, así como la comisión de apertura. Si te los devuelven hacienda podría considerar que el exceso es intereses o como una donación, cuando realmente te estás resarciendo de unos gastos de financiación.

Pienso que esos gastos, no producen rendimientos y se han producido con la única finalidad de conseguir refinanciación para un familiar con problemas económicos y crediticios. Lo justo es que se pudieran contabilizar como parte del préstamo al familiar.

Pensaba que haciendo constar en el contrato con todo detalle no habría problema.

Un saludo