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Atrasos recibidos en 2016, ¿necesidad de complementaria?

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Atrasos recibidos en 2016, ¿necesidad de complementaria?
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Atrasos recibidos en 2016, ¿necesidad de complementaria?
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#1

Atrasos recibidos en 2016, ¿necesidad de complementaria?

Buenas tardes a todos. Os presento el problema en que me encuentro:

- En 2017 hice la Declaración de la Renta 2016, ya que sobrepasaba los 12.000 euros y tuve doble pagador (paro y empleo) a lo largo de ese año.

- Este año 2018, al ir a hacer la Declaración de la Renta 2017, al ir a hacer la declaración, observo que hay datos no incorporados a la declaracion, los cuáles son unos 415 euros, con la cosigna de atrasos de 2016, de mi actual empleo.

Tengo varias dudas:

- Al haber hecho la declaración de 2016, ¿debo impepinablemente hacer la complementaria? Entiendo que sí, ¿o hay alternativa de consignar estos ingresos en la renta de 2017?

- En caso de deber realizar la complementaria, ¿cómo se hace esto? Sé llegar hasta la modificación de la delcaración de 2016, y entiendo que debo marcar, si no recuerdo mal, la casilla 121, que dice algo así como atrasos de ingresos de rendimientos de trabajo, o algo por el estilo, pero ahí me pide decir “ Resultado a ingresar de la declaración anterior”, pero claro, aquí me pierdo totalmente... yo lo que tengo en esos datos NO incorporados es: retibución dineraria (esos aprox. 415 euros), retención (algo más de 62 euros), y gastos deducibles (32 euros), y el resto de ítems a cero; pero no sé cómo consignarlos en la declaración complementaria, ni aún siguiendo el artículo del siguiente enlace (https://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/1211866-declaracion-complementaria-como-hacerla), donde dice:

"A continuación, se deberá completar el resultado de la autoliquidación correspondiente a la declaración de la renta del ejercicio que se quiere complementar. Es decir, la cantidad a ingresar de la anterior declaración en el apartado “ Resultado a ingresar de la declaración anterior”, o a devolver (excepto cuando haya procedido marcar la casilla 123 del apartado anterior) el importe de la devolución en el apartado “ Devoluciones acordadas por la Administración”, siempre que ésta ya haya sido efectuada por la Administración Tributaria."

Os agradezco cualquier ayuda o comentario para poder solucionarlo, ya que de momento por teléfono, aunque me han atendido muy bien y con mucha amabilidad desde la AEAT, no me han dado más solución real que el que llame a partir del 8 de Mayo para pedir cita en una oficina y hacer la declaración presencialmente (cosa que por horario y carga laboral sería recomendable que evitara).

Un saludo

#2

Re: Atrasos recibidos en 2016, ¿necesidad de complementaria?

¿Nadie puede arrojar un poquito de luz en este tema?

Mil gracias de antemano!

#3

Re: Atrasos recibidos en 2016, ¿necesidad de complementaria?

En la Pagina de la AEAT .donde tienes el acceso a la RentaWEB de este ejercicio, tienes a la derecha otras entradas, entre las que se encuentra  MAS TRAMITES - Modifique su declaracion ya presentada.

Puedes acceder a la RentaWEB del 2016 que tienes presentada y en la cual debes indicar que es complementaria e incluir en Rendimientos del Trabajo los importes de los atrasos.

No tienes mas que hacer porque tendras una complementaria a presentar por el importe que te calcule

Saludos

#4

Re: Atrasos recibidos en 2016, ¿necesidad de complementaria?

Muchas gracias por la respuesta, Lunatico. Debo, al darle a complementaria: ¿sustituir los rendimientos del 2016, o sumarlos a los que ya están? Porque al darle a complementaria, me sale aún así con todos los datos de la anterior, incluyendo los rendimientos de trabajo que en su día consigné y con los que la presenté.

Mil gracias de nuevo

#5

Re: Atrasos recibidos en 2016, ¿necesidad de complementaria?

Perdon: no es Modifique su declaracion ya presentada -   es "Realice tramites de ejercicios anteriores" , en la nueva ventana tienes que elegir " Modificacion de una declaracion ya presentada 2016".

Una vez en Servicios Renta 2016 , pinchas en " Modificacion de declaracion" , donde ya puedes hacer la complementaria.

Saludos

#6

Re: Atrasos recibidos en 2016, ¿necesidad de complementaria?

Hola, click nueva entrada, añades en cada casilla el rendimiento del trabajo, retención y seguridad social (si tiene). La apliación te lo suma. Existe un debate, si hacer complementarias o no por pequeñas cantidades. Hay quien lo suma al periodo de renta actual, cuando lo has recibido. Pero hacienda quiere complementarias. Yo también la voy hacer, es una cantidad un poco mayor que la que tú dices. 

#7

Re: Atrasos recibidos en 2016, ¿necesidad de complementaria?

Gracias de nuevo, Lunatico. La cosa es que me meto ahí, pincho en "Modificación de declaración", y ya se mete en la aplicación WEB, la cuál me pregunta si quiero "Continuar sesión", "Modificar declaración presentada", o hacer "Nueva declaración". Yo le doy a modificar, que es lo que supongo que debo hacer, pero me encuentro con el problema de siempre: me dice que si supone más gasto o menos ingreso que lo haga de una manera, si no de otra con autoliquidación... y después me saca las casillas de la 120 a la 127 para definir el tipo de rendimiento que es, y las casillas: "Resultado a ingresar de la(s) declaración(es) anterior(es)" y "Devoluciones acordadas por la administración", que son las que no sé cómo rellenar... yo lo que tengo son retribución dineraria, retención y gastos deducibles.

Gracias!

 

 

#8

Re: Atrasos recibidos en 2016, ¿necesidad de complementaria?

Muchas gracias, vayapais. Me queda duda en dónde debo hacer lo de nueva entrada (si es en modificación, o es en otro momento o lugar), porque aparte de eso, son esas mismas tres cosillas las que yo tengo. Si piden hacer complementaria, mejor hacerlo así y no jugársela... jeje.

Agradezco infinito cualquier idea

Saludos!

#9

Re: Atrasos recibidos en 2016, ¿necesidad de complementaria?

Si claro, te metes en modificación de renta ya tramitada. Te vas a rendimientos del trabajo y ahí haces la nueva entrada. Si con hacienda mejor no jugársela, aunque el debate da para mucho como te digo. Saludos

#10

Re: Atrasos recibidos en 2016, ¿necesidad de complementaria?

Sigo con dudas, vayapais:

Me salen estos posibles ítems: "Consultar datos fiscales", "Consultar datos censales", "Cambiar domicilio fiscal (inmediato)", "Modificación de declaración", y "Borrador/Declaración (Renta WEB)". Si le doy a modificación, me sale lo que comento en la respuesta al mensaje de Lunatico: "me dice que si supone más gasto o menos ingreso que lo haga de una manera, si no de otra con autoliquidación... y después me saca las casillas de la 120 a la 127 para definir el tipo de rendimiento que es, y las casillas: "Resultado a ingresar de la(s) declaración(es) anterior(es)" y "Devoluciones acordadas por la administración", que son las que no sé cómo rellenar"; y es ahí dónde no sé seguir... ¿qué hago, no activo esa casilla, y voy a dónde me dices de los rendiemientos? ¿O es en otro sitio dónde debo meterme?

Gracias!

#11

Re: Atrasos recibidos en 2016, ¿necesidad de complementaria?

A mí me esta dando el mismo error, ha probado todo. Así que voy a bajarme el programa padre, hacerla con los mismos datos y a partir de ahí a ver si me deja. Porque la complementaria no puede salir a devolver, por eso te aparece ese mensaje.

#12

Re: Atrasos recibidos en 2016, ¿necesidad de complementaria?

No hay programa Renta 2016, ni siquiera como para éste tipo de opciones, así que les llamaré..y les diré que como quieren que hagamos complementarias sino están preparados!

#13

Re: Atrasos recibidos en 2016, ¿necesidad de complementaria?

A ver si tienes suerte con la llamada, a mi me atendieron muy bien, pero no me resolvieron la duda... Y sí, es un tema que no tengamos el PADRE 2016, 2015 fue la última renta que se pudo hacer con ese software.

Al final acabaré pidiendo cita para hacerla presencialmente, quizá sea el camino más sencillo...

Suerte con ellos!

#14

Re: Atrasos recibidos en 2016, ¿necesidad de complementaria?

Pues mira, me ha dicho que marque la casilla 127 osea que haga una autoliquidación. Esto no me hace mucha gracia, porque no me gusta tener que decirle Hacienda, oye pagame más? meterte en historias por una cantidad mínima, cuando lo mejor con esta gente es pasar inadvertido. Así que no se que hacer...

Si pides cita te harán la de este año, en hacienda no hacen complementarias, ni autoliquidaciones etc. Saludos

#15

Re: Atrasos recibidos en 2016, ¿necesidad de complementaria?

"Resultado a ingresar de la(s) declaración(es) anterior(es)" y "Devoluciones acordadas por la administración",

Con la declaración de 2016 delante, puedes sacar esas casillas, rellenas el primer caso si te salió a pagar, y el segundo, si te salió a devolver

Un saludo