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Recargos por declaración extemporanea

2 respuestas
Recargos por declaración extemporanea
Recargos por declaración extemporanea
#1

Recargos por declaración extemporanea

Buenas tardes tengo una duda sobre estos recargos.
Si presetamos una declaración extemporanea y además no pagamos el importe de esa autoliquidación, se inicia el periodo ejecutivo con sus recargos. Mi pregunta es los recargos ejecutivos se calculan sobre el importe inicial + el recargo por declaración extemporanea que corresponda?.

Si para pagar el recargo por presentación extemporanea se inicia un periodo voluntario de pago que es independiente de la deuda principal estariamos pagando por duplicado dicho recargo no es asi?, por un lado en su periodo voluntario y por otro lado en el periodo ejecutivo de la deuda si se suman la deuda inicial mas el recargo de extemporaneidad.

Agradecería si pudieran aclararme esta duda.

Gracias

#2

Re: Recargos por declaración extemporanea

Por la presentación extemporánea Hacienda te liquida el correspondiente recargo (e intereses, si proceden). Al día siguiente se inicia el período ejecutivo del principal por falta de ingreso.
En cuanto al recargo e intereses por extemporánea, dependerá de que se ingrese o no en voluntaria.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Recargos por declaración extemporanea

El periodo ejecutivo que se inicia corresponde sólo a la deuda principal, que es la que no está en plazo, por lo tanto, el recargo de apremio será sobre esa deuda nada más.
Ahora bien, si el recargo extemporáneo devengado al presentar la declaración extemporánea no se paga en el plazo que te den cuando lo liquiden, entra a su vez y de manera independiente en ejecutiva, devengando a su vez su propio recargo de apremio sobre la base de ese recargo extemporáneo.

Un saludo