Concepto de valor real en el Impuesto de sucesiones y donaciones JCyL
Buenas noches;
Tengo una duda, mi pregunta es ¿ cual es el valor real que se atribuye a los bienes en el Impuesto de Sucesiones y donaciones?.
¿Se considera el valor que la Junta considera que vale ese bien?. Pero, y si realmente la Junta da un valor por debajo del mercado.
Podría poner en el impuesto el valor que existe en el mercado aunque sea mayor al estipulado por la Junta. Ya que en el I.S. no pagaría por las reducciones que tengo de CyL.
¿Podría la Agencia Tributaría requerirme, por realizar una venta de dichos terrenos heredados, en los cuales la ganancia patrimonial sería menor, al declarar en el IS un valor de mercado que es superior al de los técnicos de la Junta?.
Bueno si me requieren, ¿ Podría respaldar en el requerimiento como alegación que es el valor que en su día había en el mercado?
Gracias de antemano.