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Indemnizacion por despido colectivo (ERE). Que casilla hay que rellenar.

3 respuestas
Indemnizacion por despido colectivo (ERE). Que casilla hay que rellenar.
Indemnizacion por despido colectivo (ERE). Que casilla hay que rellenar.
#1

Indemnizacion por despido colectivo (ERE). Que casilla hay que rellenar.

Buenos dias

El 31 Julio 2015 fui despedido por la empresa en un ERE, y me finiquitaron por un importe de 30.000 euros.
Segun tengo entendido esta exento de IRPF pero debo indicarlo en la declaracion de la renta.

No localizo la casilla donde hacerlo.

Por favor, me lo pueden indicar, salvo que este equivocado y no tenga que indicar nada....

Gracias.

#2

Re: Indemnizacion por despido colectivo (ERE). Que casilla hay que rellenar.

Buenos días, en este artículo explicamos como tributa la Indemnización por ERE (Expediente de Regulación de Empleo). Con la reforma fiscal, se indica que se tendrá que tributar por el importe de la indemnización por despido de EUE que superen los 180.000 euros, aunque sean las indemnizaciones mínimas y obligatorias que impone el  Estatuto; pero este no es tu caso y no tienes que indicarlo en la Declaración de la Renta.

Saludos, 

Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

#3

Re: Indemnizacion por despido colectivo (ERE). Que casilla hay que rellenar.

Buenos dias Amparo.

Gracias por tu rápida respuesta.
Pensaba que aunque estaba exento tenia que reflejar dicho importe en alguna casilla.

Un saludo.

#4

Re: Indemnizacion por despido colectivo (ERE). Que casilla hay que rellenar.

Hola Amparo,

He leido el link que indicas y haces diferencia entre ERE y Despido Colectivo y no se si hay diferencias entre ambos terminos. Me explico:

He estado leyendo la ley desde este link, https://www.boe.es/boe/dias/2015/10/24/pdfs/BOE-A-2015-11430.pdf y ahi se habla en el Articulo 51 de despido colectivo y en los tipos de despidos no se habla de ERE ni de Expedientes de Regulación de Empleo, con lo que surge la duda...

Estoy en lo cierto?, es decir es lo mismo a nivel de indemnización?

Me interesa saberlo porque en mi caso, mi empresa pactó con los sindicatos un ERE de 40 dias, tope 24 meses + 10.000 € por antiguedad, en mi caso cobré cerca de 26 meses (17 años*40 dias + los 10.000 €). Evidentemente si hay diferencia debo declarar un montón de dinero (desde los 12 a los 26 quitando la deducción del 30% que marca la ley), sino hay diferencia deberia declarar solo 2 meses (la diferencia)...no?

Me lo podrias confirmar?

Muchas Gracias