Obligación de declarar Impuesto de sucesiones
Hola,
Os expongo el caso de mi cuñada.
Hace 3 semanas se murió su madre. Estaba casada en régimen de gananciales con el padre de mi cuñada (esposa de mi hermano).
Según el testamento al morir uno de los cónyuges, sus bienes pasaban en partes iguales a sus 3 hijos, sin embargo, el viudo pasaba a disfrutar del usufructo vitalicio de la herencia. A pesar de que en la familia todos están de acuerdo con ese usufructo (por considerarlo justo), el hecho es que ni mi cuñada ni ninguno de sus hermanos van a ver un euro de la herencia (los bienes del matrimonio antes de la muerte de la madre de mi cuñada son dos pisos valorados en 250.000 euros en total), y algo de dinero en efectivo (apenas 15000 euros), en total 265000; de los que 132500 son del difunto).
Mi cuñada vive en Lleida.
Yo echándole un vistazo doy por hecho que mi cuñada no ha de pagar un euro de sucesiones (en Catalunya hay una reducción sobre la base imponible -supongo que es la base imponible individual- de 100.000 euros para hijos, y mi cuñada heredaría 132500/3 poco más de 45.000 euros, con lo cual supongo que no habría de pagar ), pero me surgen dos preguntas:
Se ha de declarar una herencia de la que no vas a disfrutar? (porque hay un tercero que va a disfrutar del usufructo de lo heredado).
Si saliera que hay que pagar una cuota, ¿cuándo se paga?; al recibir la herencia, o al desaparecer el usufructuario
Tengo que decir que en el caso concreto de mi cuñada supongo que en el plazo de un par de meses tendré la respuesta ya que la familia se ha puesto en manos de un abogado que le está tramitando el papeleo, pero realmente me llama la atención el hecho de que sin poder disfrutar de una herencia hayas de pagar sucesiones
PD: Ni que decir tiene que no tengo ni idea de temas fiscales, pero el tema me resulta interesante, de ahí que formule la pregunta