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Problema ingresos del exterior sin doble imposición

1 respuesta
Problema ingresos del exterior sin doble imposición
Problema ingresos del exterior sin doble imposición
#1

Problema ingresos del exterior sin doble imposición

Buenas a todos. Tengo una gran duda, os comento la situación:

Entiendo que de todos los ingresos del exterior, se pueden deducir los gastos con la casilla de doble imposición internacional, pero ¿qué pasa cuando en el otro país no se pagó nada porque no hay obligación de declarar?

A ver si me explico. Se trata de tres alquileres cobrados en Argentina por un mismo arrendador. Como no superan el mínimo establecido, no hace falta realizar declaración de ingresos y gastos, por lo tanto en Argentina sí que se pagan gastos, obviamente, pero no se declaran. Entonces:

1) Hay obligación de declarar en España estos alquileres aunque el dinero no llegue a España sino que se queda en Argentina para gastos? (ni siquiera en una cuenta bancaria sino en mano de familiares del arrendador).
2) Si hay que declararlos, cómo se demuestran los gastos si en Argentina no se declararon porque no hay obligación?
3) Si Hacienda pide documentación para justificar los gastos, bastarían facturas argentinas? (obviamente sencillas, no apostilladas, porque apostillar todo de cada mes...) o Hacienda acabaría cobrando su parte como si no hubieran habido gastos?

Espero podáis ayudarme con algo de todo esto, muchas gracias, saludos.

Edito: El problema existe también con el modelo 720 ya que son locales arrendados y deberían declararse como que generan rentas de capital inmobiliario...

#2

Re: Problema ingresos del exterior sin doble imposición

Hola buenos dias.

No se si he entendido muy bien, pero en dicha operación tu deberías de declarar los rendimientos inmobiliarios percibidos de dicha para luego poder reducir en los gastos, liquidando esta partida, y dejando la a cero.

De lo contrario, si tu no recibes nada porque lo generado va directo a gastos, no puedes declarar exclusivamente los gastos por una actividad que no estas declarando.

De todos modos, veo más correcto que tu declares los ingresos de esos arrendamientos y luego los deduzcas por los gastos.

Espero que alguien nos saque de dudas.
Saludos!