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Cómo facturar por activivades esporádicas

13 respuestas
Cómo facturar por activivades esporádicas
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Cómo facturar por activivades esporádicas
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#9

Re: Cómo facturar por activivades esporádicas

Conozco un caso cercano que actuó así: alta en IAE pero no en Seguridad Social. Cuando subieron los ingresos por este tema fue a la Seg.Social para hacer el alta de Autonomo y no le aceptaron que hiciese el alta con esa fecha: le aplicaron la fecha de alta en el IAE con el consiguiente palo económico de cuotas atrasadas de autónomo más todas las multas y recargos correspondientes... ¡Cuidado con este tema!

Saludos.

#10

Re: Cómo facturar por activivades esporádicas

Pues en mi comentario anterior, ya he recomendado que en estos casos se consulte a la Seguridad Social y exponga cuál son sus circunstancias particulares para evitar posibles sorpresas.

Más cuando estamos hablando de actividades esporádicas y con unos ingresos que, según el ponente, no le permiten cubrir la posible cuota de la Seguridad Social.

Otra posible solución es que facture a través de una cooperativa de facturación:

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/2155675-cooperativas-facturacion-legal-ilegal

Saludos.

#11

Re: Cómo facturar por activivades esporádicas

Corroboro lo que dice montse.
Darse de alta en Hacienda pero no en el RETA es un invento que te puede salir muy caro.
Cuando te suben los ingresos y quieres darte de alta en el RETA, la Seguridad Social te pone problemas y quiere que te des de alta con carácter retroactivo, para que pagues los meses anteriores y por supuesto con sanciones.
También he conocido un caso que le dieron en el pescuezo.

#12

Re: Cómo facturar por activivades esporádicas

Creo que los casos que citáis, puede que no se ajuste al que plantea el ponente del hilo: Cómo facturar por actividades esporádicas En la página web de la Seguridad Social, se puede leer:

A los efectos de este Régimen Especial, se entenderá como trabajador por cuenta propia o autónomo, aquel que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas, sea o no titular de empresa individual o familiar.
Fuente: http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/RegimenesQuieneslos10548/RegimenEspecialdeTr32825/index.htm#625 Y destaco dentro del texto citado, la palabra HABITUAL, porque el ponente está hablando de actividades ESPORADICAS. Aunque claro está, que nos estamos moviendo en términos que pueden ser tremendamente relativos y opinables: cuando una actividad deja de ser esporádica para pasar a ser habitual. Respecto al tema fiscal, el criterio de la Agencia Tributaria se puede ver (por ejemplo) en la reciente consulta vinculante V2097-14: http://petete.minhap.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=31444&Consulta=v2097-14&Pos=0&UD=1 Saludos.
#13

Re: Cómo facturar por activivades esporádicas

Hay dos cuestiones diferentes, por un lado alta en hacienda y por otro alta como autónomo.

Desde mi punto de vista alta en hacienda siempre, factures lo que factures, tal como han dicho otros foreros.

¿Alta en autónomos? En inspecciones de trabajo de las que tengo constancia en mi municipio se han fijado en el volumen de ingresos (hay sentencias que dictan que hay habitualidad si se supera el SMI y por lo tanto habría que darse de alta). Cuestión diferente es que inspecciones de trabajo de otras localidades quieran tocar las narices.

Así que donde yo resido, salvo que cambie de criterio la Administración, el procedimiento sería:

1) Alta en hacienda
2) Realización del trabajo
3) Baja en hacienda una vez finalizado (porque entiendo que son trabajos esporádicos y no tiene sentido permanecer en alta y serviría además como prueba ante la Seg. Social de la no habitualidad de los trabajos)

Saludos

#14

Re: Cómo facturar por activivades esporádicas

Tu resumen, me parece muy bueno y correcto.

Saludos.