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Dudas con el modelo 390 para el alquiler de un local

13 respuestas
Dudas con el modelo 390 para el alquiler de un local
Dudas con el modelo 390 para el alquiler de un local
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#1

Dudas con el modelo 390 para el alquiler de un local

Estoy jubilado, tengo un local y lo he alquilado, pero tengo unas dudas.
Para el resumen anual del IVA, (lógicamente para el 2015) yo pensaba que tenia que hacer la 390, pero hace dos días me han dicho que ha salido una orden nueva de hacienda (hace muy poco) que para los arrendamientos ya no es necesario hacerla. Aunque hoy pensando, no estoy muy seguro si es la 390 o la 347 la que me han dicho?.

Alguien me lo podría aclarar ?

Muchas gracias!

Saludos!

#2

Re: Dudas con el modelo 390 para el alquiler de un local

La primera noticia, pero en el BOE de hoy (26/09) efectivamente habla del 347 y creo entender que sí, que no hay que hacerlo, aunque no lo tengo muy claro ya que el lenguaje que utilizan es un poco ambiguo para mí (3ª página).
Si fuera cierto sería para celebrarlo porque es un c..., y además ahora que te obligan a tramitarlo telemáticamente más todavía. Sería demasiado bonito. Si quitaran el 390 sería la guinda perfecta aunque este el año pasado fue bastante más fácil de enviar.
A ver si alguien nos lo confirma o no.

#3

Re: Dudas con el modelo 390 para el alquiler de un local

Gracias Erlenmeyer por la respuesta.
Eso, a ver si alguien esta más enterado del asunto.
Saludos!

#4

Re: Dudas con el modelo 390 para el alquiler de un local

Creo que a lo que os estáis refiriendo, es a la no obligación de presentación del modelo 347 (en el caso de que se presente el modelo 180):

Con esta modificación la información comprendida en este Resumen anual de retenciones, tendrá un contenido coincidente con la Declaración anual de operaciones con terceras personas por las operaciones de arrendamiento de inmuebles urbanos que sean locales de negocio y estén sujetos a retención, quedando excluidas del deber de declaración del arrendador en el modelo 347, reduciendo con ello las cargas administrativas.
Fuente: http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_componentes_/_Le_interesa_conocer/Principales_novedades_introducidas_por_la_Orden_HAP_1732_2014_de_24_de_septiembre__por_la_que_se_modifica_la_Orden_EHA_3012_2008_que_aprueba_el_modelo_347_y_modifica_los_disenos_del_modelo_180.shtml Saludos.
#5

Re: Dudas con el modelo 390 para el alquiler de un local

Muchisimas gracias Emty

Pues efectivamente, parece que es la 347 y no la 390.
Según entiendo yo (no se nada de esto) es que como el inquilino esta obligado a hacer la 180, yo (según la ley nueva) ya no tendré que hacer la 347, creo que es así?.

Lo que no estoy seguro es si esta nueva ley esta ya aprovada?

Saludos!

#6

Re: Dudas con el modelo 390 para el alquiler de un local

Me imagino que tu inquilino te practicará la retención del 21% en la factura. Por tanto, está obligado a presentar el modelo 180 por lo que la Agencia Tributaria ya tiene todos los datos del alquiler y en ese caso no tienes que presentar el modelo 347.

Si miras el enlace del comentario 4, en el mismo se indica que ya se ha publicado en el B.O.E. el día 26.09.14. Por tanto, ya está aprobada la modificación.

Saludos.

#7

Re: Dudas con el modelo 390 para el alquiler de un local

Muchisimas gracias amigo, quedo enterado del tema.
Un Saludo!

#8

Re: Dudas con el modelo 390 para el alquiler de un local

Es decir que se confirma que los arrendadores de locales no tienen que hacer ya el 347, ¿no? (suponiendo que los inquilinos practiquen la retención que es lo usual)
Me parece demasiado bonito para ser verdad, :)