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Traspaso de bienes a una sociedad

9 respuestas
Traspaso de bienes a una sociedad
Traspaso de bienes a una sociedad
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#1

Traspaso de bienes a una sociedad

Como se hace un traspaso de bienes a una sociedad (acciones, inmuebles, etc)? ¿Que impuestos hay que pagar? ¿Para gestión de capitales, es mas adecuado crear una Sociedad de Responsabilidad Limitada o una Sociedad Anónima?

#2

Re: Traspaso de bienes a una sociedad

En la constitución de la sociedad se establece que se aportan las acciones a cambio de las acciones del capital social y listo.

Respecto a lo otro, ni idea.

#3

Re: Traspaso de bienes a una sociedad

Gracias Kyrie, en el caso de quien aporte las acciones, ¿que debe tributar por esta operacion?

#4

Re: Traspaso de bienes a una sociedad

Está gravada si mal no recuerdo por TPAJD en su modalidad de operaciones societarias y paga la empresa, aunque está exenta su constitución.

#5

Re: Traspaso de bienes a una sociedad

Entonces si en su constitucion se aportan las acciones como capital de la empresa, quien aporte las acciones no tributa nada? ¿Que se tributa por TPAJD en la modalidad de operaciones societarias?

#6

Re: Traspaso de bienes a una sociedad

Las OS grava la constitución de la empresa acorte el Capital Social aportado más las primas de emisión, aunque como te he dicho está exento.

Respecto a las aportaciones viene regulado en el art. 37.1.d) del IRPF y se tributa por la ganancia o pérdida surgida por la diferencia entre el valor de adquisición y la mayor de:

1) El valor nominal de las acciones o participaciones recibidas más primas.
2) El valor de cotización de los títulos recibidos en el día que se formalice la operación o en el inmediato anterior
3) El valor de mercado del bien o derecho aportado.

Luego hay un régimen especial de diferimiento fiscal, pero es algo lioso y no sé muy bien como va.

#7

Re: Traspaso de bienes a una sociedad

Entonces que es lo que esta exento en su constitucion? ¿El capital social inicial no pueden ser acciones aportadas?

#8

Re: Traspaso de bienes a una sociedad

El Capital Social sí pueden ser acciones aportadas.

Está exenta la constitución de la sociedad pero en el IRPF has de declarar la ganancia o pérdida patrimonial surgida por la entrega de esas acciones a la sociedad.