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Subordinadas tras arbitraje y Renta

9 respuestas
Subordinadas tras arbitraje y Renta
Subordinadas tras arbitraje y Renta
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#1

Subordinadas tras arbitraje y Renta

Hola,

Quería saber si las subordinadas, tras ser devuelto el dinero, no se tiene que declarar las pérdidas.
El tema es que fue devuelto un dinero en subordinadas tras un arbitraje y en el borrador de hacienda no figura por ningún lado.
Con las preferentes sí venía como rendimiento de venta de activos financieros.
Las subordinadas no tienen la misma consideración?
Fue devuelto en casi su totalidad (ya que los intereses eran bajos), pero no todo el importe.

Gracias y un saludo

#2

Re: Subordinadas tras arbitraje y Renta

Al ser obligaciones son Rendimientos del Capital Mobiliario negativos, has de comparar el precio de compra con el de venta y el resultado (negativo) es lo que has de declarar.

#3

Re: Subordinadas tras arbitraje y Renta

Donde se debe mirar es en los Datos Fiscales, que se encuentran en la misma pagina de donde se accede al Borrador. Los Datos Fiscales es la base para las declaraciones y en el figuran todas las operaciones que ha realizado el contribuyente y de las cuales tiene conocimiento la AEAT.

Si en la operación con las subordinadas has tenido una perdida, naturalmente que se declara en la Casilla 025 con el signo negativo.

También puede ser que el Banco no haya proporcionada esta información a la AEAT y por esto no aparezca en lao Datos Fiscales , pero si tienes justificante de esta perdida , lo declararas.

Saludos

#4

Re: Subordinadas tras arbitraje y Renta

Gracias a los dos.
Pues será que el Banco no lo ha comunicado a la AEAT.
Es raro que no aparezca en el borrador.
Ya digo, con las preferentes sí aparecía con valor negativo.

En la 025 es donde pusiera lo de las preferentes en mi declaración, que aún sigo poniendo durante 4 años.

Hablaré con el Banco.

Un saludo y gracias de nuevo

#5

Re: Subordinadas tras arbitraje y Renta

El negativo de las preferentes se ponen la Casilla 025 , pero solo el primer año en que se genera la perdida.

Si no se compensa en ese mismo ejercicio, queda pendiente para compensar hasta los CUATRO ejercicios siguientes , pero no en la 025 , sino en la Casilla 372 , hasta el importe que se tenga en la Casilla 371.

No es el Borrador donde tienes que mirar, sino en los Datos Fiscales.

Saludos

#6

Re: Subordinadas tras arbitraje y Renta

Pues entonces lo estoy haciendo mal. Lo he puesto en la 025 y éste es el segundo año.
En la declaración de 2012 el importe pendiente me aparecía en la casilla 459, "Impote pendiente de compensar en los 4 ejercicios siguientes (suma de las casillas 035 y 221 de las pag.3 y 8 de la declaración)".
La 459 de 2012 será ahora la 371?
Entiendo que tengo que coger el valor de la 459 de 2012. La pag. 8 que menciona no la tengo en mi declaración. Solo la 3, donde sale la casilla 35.

Respecto a las subordinadas, como dices, miré en los datos fiscales que descargué de la web. Pero no aparecen las subordinadas como a mi me aparecían las preferentes.

Un saludo y gracias

#7

Re: Subordinadas tras arbitraje y Renta

He echado un vistazo a la renta, y sí parece que la 459 de 2012 ahora sería la 371.
He metido la cantidad en la 372 en valor positivo (sin signo) y al aceptar me muestra lo que tengo en la 371.
Dice: Compensación (si el saldo anterior en positivo y hasta el máximo de su importe).
La declaración no sufre ningún cambio, me sale el mismo resultado.

Lo que no veo es donde queda la cantidad ahora pendiente de compensar en 2014 y 2015. Justo lo que veo este año en la 459.

Un saludo y gracias

#8

Re: Subordinadas tras arbitraje y Renta

No existe casilla que deje constancia del pendiente de compensar, en los ejercicios posteriores al inicial de la perdida , es una cosa que el contribuyente debe controlar, con algún recordatorio para cuando presente próximas declaraciones.

Saludos