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Fiscalidad preferentes Fenosa por Herencia

2 respuestas
Fiscalidad preferentes Fenosa por Herencia
Fiscalidad preferentes Fenosa por Herencia
#1

Fiscalidad preferentes Fenosa por Herencia

Heredé de mi madre unas participaciones preferentes de Fenosa, tras liquidar el Impuesto de Sucesiones y resolver la testamentaría en el Banco. Cuando llegó la fecha de amortización de estas preferentes (y en plena crisis de las preferentes en España) Gas Natural lanzó una oferta de compra/canje para quienes tuvieran estas preferentes con una determinada quita. Entiendo, según lo que he leído en estos foros que eso significa a efectos fiscales una pérdida de capital mobiliario (no patrimonial). Mi gran duda es en relación al precio de cotización el día del fallecimiento de mi madre (el que se hizo constar en el Impuesto de Sucesiones). El nominal que invirtió mi madre era de 55000€. El día de su fallecimiento la cotización estaba en 41700€. Con la quita, la cantidad que percibí yo tras la recompra/canje fue de 51300€. Si tengo que tener obligatoriamente en cuenta el precio de cotización del día en el que falleció mi madre tendría que declarar que he tenido GANANCIAS!!!, bastante sustancionsas además, cuando la realidad es que hemos tenido pérdidas... lo cual me parece extremadamente injusto, teniendo en cuenta que he cuidado siempre de mi madre y todo el dinero que tenemos en nuestra familia lo consideramos siempre común. Desearía que me aclararan si esto es así. Teniendo en cuenta que en el papel que me enviaron del banco donde aparece mi nombre y la "en teoría pérdida" que yo tuve (no consta en ningún lado que haya tenido ganancias, ya que el banco solo aporta la información del nominal inicial y la posterior quita que se hizo), Hacienda tiene alguna forma de saber que en este caso pudo haber ganancias (si se sigue la cotización establecida en el Impuesto de Sucesiones) y no pérdidas.
Muchas gracias.

#2

Re: Fiscalidad preferentes Fenosa por Herencia

Bienvenido a Rankia,

En este artículo se explica la tributación de participaciones preferentes y subordinadas en la Declaración de la Renta 2013. Personalmente, creo que tienes que indicar como valor de adquisición el importe en el que figuran en el Impuesto de Sucesiones, ya que es el valor por las que tu las heredas y están a tu nombre, y por tanto tienes que tributar por una pérdida patrimonial en la casilla 025.

De todos modos, te recomiendo que acudas a un asesor fiscal y te detalle cómo deberías de tributar por estas participaciones preferentes. Un saludo,

Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

#3

Re: Fiscalidad preferentes Fenosa por Herencia

El valor de adquisición de esas preferentes es el que figura en el Impuesto de Sucesiones, según parece los 41.700 euros.

Si el canje se ha realizado por valor de 51.300 euros , tienes que declarar en la Casilla 025 una ganancia positiva de 9.600 euros.

Saludos