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El sueldo de diciembre y la paga extra, ambos cobrados el 31 de enero del actual.

8 respuestas
El sueldo de diciembre y la paga extra, ambos cobrados el 31 de enero del actual.
El sueldo de diciembre y la paga extra, ambos cobrados el 31 de enero del actual.
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#1

El sueldo de diciembre y la paga extra, ambos cobrados el 31 de enero del actual.

BUENAS,compruebo el borrador de la declaracion y veo que no me incluye lo cobrado en enero.Estaba haciendo una sustiticion de una baja en la administracion.Siempre cobraba un mes mas tarde.lo de diciembre y la parte proporcional de la extra el 31 de enero.El 9 de enero ceso y ya no trabajo. Con fecha del 31 de marzo recibo un certificado con los importes recibidos en ejercicio actual.Ya no trabajo.El texto dice que estos importes figuraran en el certificado 190 correspondiente al presente ejercicio .¿ PUEDO INCLUIR LOS INGRESOS RECIBIDOS ESTE AÑO PERO GANADOS EN EL 2013 EN LA DECLARACION? GRACIAS ANTICIPADAS

#2

Re: El sueldo de diciembre y la paga extra, ambos cobrados el 31 de enero del actual.

Si tienes todos las datos del Bruto , SS.SS y Retención , los puedes incluir en esta declaración del 2013 .

Si no los incluyes en el próximo 2014 , tendrás que presentar Complementaria del 2013 por estas rentas del ejercicio 2013.

Aunque te advierto que en la información de la AEAT , no consta este salario ni retención y si lo declararas , te pedirán aclaración , que podrás dar y solucionado.

Si no los incluyes los datos estarán conformes con la AEAT y no reclamaran nada , pero si lo tendrás que declarar en el 2014.

Lo correcto es declararlos en este ejercicio ya que los conoces antes de presentar declaración , pero por otro lado esta la operatividad de no declararlos en este 2013 y esperar al 2014 , por si te sale a devolver y así tendrás antes la devolución.

Saludos

#3

Re: El sueldo de diciembre y la paga extra, ambos cobrados el 31 de enero del actual.

En teoría tendrías que declararlo en el 2013, no es cuando lo cobres sino cuando lo realizas.
Un saludo

#4

Re: El sueldo de diciembre y la paga extra, ambos cobrados el 31 de enero del actual.

Lunatico, si espera al 2014 tendrá que hacer una complementaria del 2013, así que le va a dar igual y encima es mucho papeleo.
Casi todo el mundo cobra la nómina de diciembre al primera semana de enero.

Además, es un dinero que ya ha cobrado para fecha de fin de renta 2013 (30 junio 2014), por lo que tendría que presentar la complementaria ya mismo. Un sinsentido.

#5

Re: El sueldo de diciembre y la paga extra, ambos cobrados el 31 de enero del actual.

Yo siempre he aplicado el llamado "criterio de caja", fecha REAL de ingreso o de pago, y nunca he tenido problema alguna con hacienda a ese respecto, incluso incluyendo ingresos de uno y dos años anteriores en el certificado de retenciones que les remite la empresa pagadora.

Igual en conjunto de los dos años te sale "más a cuenta" hacer una complementaria (más base impositiva ahora y menos el próximo año, en vez de menor ahora y mayor el 2014) pero yo prefiero menos papeleo y ajustarme al criterio de caja, siempre defendible.

Como dice 26mayo, al ser conocedor YA de las circunstancias, si aplicas el criterio de "fecha de devengo" deberías presentar YA la declaración con todos los datos incluidos y así evitar presentar luego una complementaria, lo contrario sería incoherente.

#6

Re: El sueldo de diciembre y la paga extra, ambos cobrados el 31 de enero del actual.

gracias lunatico,es lo que voy hacer

#7

Re: El sueldo de diciembre y la paga extra, ambos cobrados el 31 de enero del actual.

gracias,yo tambien pienso lo mismo

#8

Re: El sueldo de diciembre y la paga extra, ambos cobrados el 31 de enero del actual.

gracias