Creo que lo comentado es lo siguiente: Antes de la ampliación del POP las acciones de que disponías en vez de mantenerlas , vendiste las mismas con perdidas . En la ampliación compraste nuevas acciones y como entre ambas operaciones de venta y de compra no ha transcurrido mas de DOS meses , esta venta con perdidas las declaraste en el 2012, pero no pudiste compensar al quedar "cautivas", por la recompra.
En este 2013 , las nuevas acciones adquiridas de POP en la ampliación las has vendido en su totalidad , no te han quedado en cartera mas POP y peguntas si la perdida neta que aun te ha quedado de ambas operaciones , se puede compensar con otras plusvalías de otras acciones.
La mecánica de lo que has realizado si es coincidente con lo que he comentado anteriormente es la siguiente:
La venta de las POP con perdidas, realizada antes de la ampliación , las puedes aplicar en el momento que sean vendidas las acciones recompradas en la ampliación y si las vendiste en este 2013 , te han quedado "libres" para compensarse con cualquier plusvalía que se genere con el periodo de generación superior al año, ya que esta perdida "cautiva" es del 2012 , cuando no existía la diferencia del periodo de generación de igual o inferior al año (Base General) y de mas del año (Base del Ahorro).
Si la venta de las acciones recompradas en la ampliación de POP que te han generado plusvalías , su periodo de generación (fecha venta a fecha compra) es igual o inferior al año y se ha de integrar en la Base General , no se pueden utilizar para compensar las perdidas que tenias "cautivas".
En este caso las plusvalías de las recompradas en la ampliación , se integran en la Base General y las perdidas "cautivas" que con esta venta han quedado "libres" solo las puedes compensar con otras plusvalías del periodo superior al año (Base del Ahorro) y si no tienes suficiente el remanente hay que dejarlo para los CUATRO ejercicios siguientes pero siempre de generación superior al año.
Si las recompradas tienen el periodo de generación de la plusvalía superior al año, si puedes compensarse entre ellas y el remanente de perdidas con cualquier otra plusvalía del mismo periodo de generación.
Saludos