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Fiscalidad recompra de acciones

10 respuestas
Fiscalidad recompra de acciones
Fiscalidad recompra de acciones
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#1

Fiscalidad recompra de acciones

Hola a todos

En el año 2012 tenía unas acciones del popular con bastantes pérdidas. Hicieron una ampliación de capital de 2500 millones y cómo las acciones iban a caer decidí venderlas y luego acudir a la ampliación.

En el irpf del 2012 cómo es lógico dije que volví a recomprar las acciones por lo que esa pérdida no pude compensarla. En el 2013 decidí finalmente vender todo tras las subidas que había tenido y en el cómputo total, compensando las pérdidas que tenía antes de la ampliación con las ganancias que tenía, tenía aún unas pérdidas de 800€. ¿Me las puedo compensar con ganancias que he tenido de bolsa?

Muchas gracias

#2

Re: Fiscalidad recompra de acciones

Siempre y cuando no sean acciones homogeneas y se trate de ganancias patrimoniales iguales (de más de un año de generación o de un año y menos) sí.

#3

Re: Fiscalidad recompra de acciones

Con homogéneas a que te refieres? Que por haber comprado otra vez las del popular no me las puedo compensar??

#4

Re: Fiscalidad recompra de acciones

Si han pasado menos de dos meses entre las operaciones no.

#5

Re: Fiscalidad recompra de acciones

Creo que lo comentado es lo siguiente: Antes de la ampliación del POP las acciones de que disponías en vez de mantenerlas , vendiste las mismas con perdidas . En la ampliación compraste nuevas acciones y como entre ambas operaciones de venta y de compra no ha transcurrido mas de DOS meses , esta venta con perdidas las declaraste en el 2012, pero no pudiste compensar al quedar "cautivas", por la recompra.

En este 2013 , las nuevas acciones adquiridas de POP en la ampliación las has vendido en su totalidad , no te han quedado en cartera mas POP y peguntas si la perdida neta que aun te ha quedado de ambas operaciones , se puede compensar con otras plusvalías de otras acciones.

La mecánica de lo que has realizado si es coincidente con lo que he comentado anteriormente es la siguiente:

La venta de las POP con perdidas, realizada antes de la ampliación , las puedes aplicar en el momento que sean vendidas las acciones recompradas en la ampliación y si las vendiste en este 2013 , te han quedado "libres" para compensarse con cualquier plusvalía que se genere con el periodo de generación superior al año, ya que esta perdida "cautiva" es del 2012 , cuando no existía la diferencia del periodo de generación de igual o inferior al año (Base General) y de mas del año (Base del Ahorro).

Si la venta de las acciones recompradas en la ampliación de POP que te han generado plusvalías , su periodo de generación (fecha venta a fecha compra) es igual o inferior al año y se ha de integrar en la Base General , no se pueden utilizar para compensar las perdidas que tenias "cautivas".

En este caso las plusvalías de las recompradas en la ampliación , se integran en la Base General y las perdidas "cautivas" que con esta venta han quedado "libres" solo las puedes compensar con otras plusvalías del periodo superior al año (Base del Ahorro) y si no tienes suficiente el remanente hay que dejarlo para los CUATRO ejercicios siguientes pero siempre de generación superior al año.

Si las recompradas tienen el periodo de generación de la plusvalía superior al año, si puedes compensarse entre ellas y el remanente de perdidas con cualquier otra plusvalía del mismo periodo de generación.

Saludos

#6

Re: Fiscalidad recompra de acciones

Joder, perfectamente respondido al tema. Muchas gracias por tu ayuda. Ya estaba nervioso de si las pérdidas que había tenido ya no podía hacer nada con ellas. En fin, como también gané bastante con otras acciones pues compensare.

Gracias!!!

#7

Re: Fiscalidad recompra de acciones

Hola de nuevo

Estoy terminando la declaración y a la hora de rellenar el programa padre me está generando dudas de como realizar todo.

Cuando yo vendí las acciones en Septiembre 2013 (la ampliación fue en Diciembre 2012) lo hice antes de un año por lo que lo he integrado en la compra venta de acciones menores de un año.Esto me declara que tuve una ganancia de unos casi 5.000 euros.

Ahora, las pérdidas que tenía cautivas que fueron algo más de 5000 euros no sé bien si las estoy poniendo bien. Las he colocado en la casilla 362 "Saldos Netos Negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales de 2009 a 2012 a integrar en la base imponible general". Aquí también he añadido unos 130 euros de pérdidas que tenía del año pasado. Luego, en la casilla 364 me indica que de todo lo que he puesto en la anterior casilla me da el resultado de 124 euros. Lo que me mosquea es que en la casilla 367 de pérdidas a compensar en los próximos 4 ejercicios me viene vacía cuando me debería poder compensar estas pérdidas con otras que tenga en 2014.

* Edito esto último: la casilla 367 viene vacía porque éste 2013 no he tenido ninguna pérdida patrimonial, sino ganancias por lo que será la razón por la que viene en blanco.

Luego, al año que viene en el IRPF 2014, voy a tener una ganancia mayor a un año de 2500 euros de unas acciones que he vendido y que en teoría me la podré compensar con esta pérdida, ¿no? Lo único que no sabré que cantidad poner...si el total que tengo en esta Renta de pérdidas o no.

Digo que me genera duda porque resulta que entre el alquiler y añadiendo esta información me sale una devolución bastante elevada y antes de que me manden una paralela prefiero consultar... Es una pasta.

Muchas gracias por todo

#8

Re: Fiscalidad recompra de acciones

Las acciones vendidas en menos del año (del 12-2012 al 09-2013) que tienes una ganancia las tendrá reflejadas en la Casilla 361 , que recoge las plusvalías declaradas en las Casilla 252 y siguientes Pagina 9 (III) del PADRE.

Estas se integran en la Base General.

Las perdidas generadas en la venta de las anteriores a la ampliación y declaradas en el 2012, pero que no has podido aplicar , hasta la venta de las recompradas en la ampliación, la debes declarar en la Casilla 339 ( la cifra pendiente de compensar que debes tener en la Casilla 346 del PADRE-2012). Te quedan reflejadas en la Casilla 360 y solo serán compensadas con plusvalías de mas del año en los CUATRO ejercicios siguientes.

Saludos