Re: Dos dudas en la declaración de la renta de este año
El seguro de hogar en sí, no es deducible.
Te vuelvo a copiar la pregunta del INFORMA de la página web de la Agencia Tributaria:
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126890-PRIMAS DE SEGUROS
Pregunta
¿Son deducibles como adquisición de vivienda las cantidades abonadas anualmente como primas de seguros que habitualmente exigen los bancos cuando conceden hipotecas?
Respuesta
Sí. Cuando exista derecho a aplicar la deducción por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual, esta se practicará sobre las cantidades satisfechas en el año para la adquisición o rehabilitación, incluídos los gastos originados que hayan corrido a cargo del adquirente y, en caso de financiación ajena, la amortización, los intereses y demás gastos derivados de dicha financiación, entre los cuales se encuentran las primas de los contratos de seguro de vida y de incendios que se acostumbra a incluir en las condiciones de los préstamos hipotecarios.
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En ningún momento te habla de seguro de hogar, sino de aquellos a los que se te obliga en las condiciones del préstamo hipotecario. Y te pone como ejemplos seguro de vida y de incendios y deja la puerta a que pueda haber otros que se puedan incluir de similares características.
Pero no creo que para que te concedan una hipoteca, te pongan como condición que te tienes que hacer un seguro de hogar. Este seguro tiene unas coberturas que en nada tienen que ver con la adquisición de tu vivienda habitual. En cambio los que acepta la Agencia Tributaria sí, porque en caso de incendio o fallecimiento (seguro de vida) el beneficiario es la entidad financiera que te concede la hipoteca.
Saludos.