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Efectos fiscales en los casos de rehabilitación de inmuebles en los que se ha recibido alguna ayuda

9 respuestas
Efectos fiscales en los casos de rehabilitación de inmuebles en los que se ha recibido alguna ayuda
Efectos fiscales en los casos de rehabilitación de inmuebles en los que se ha recibido alguna ayuda
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#1

Efectos fiscales en los casos de rehabilitación de inmuebles en los que se ha recibido alguna ayuda

Buenas tardes,

Quisiera saber como debe figurar en la Declaración de la Renta el haber percibido por parte de la Comunidad autónoma algún dinero por la rehabilitación de inmuebles y si computa. También quisiera añadir que hice una hipoteca para dichas obras cuyo total era superior al importe que me otorgaron.

Muchísimas gracias..

#2

Re: Efectos fiscales en los casos de rehabilitación de inmuebles en los que se ha recibido alguna ayuda

La ayuda recibida se declara como renta en casilla 310 , si esta ayuda se ha destinado al coste de la rehabilitación , también se incluye como inversión en vivienda deducible ( si no se quitado esta deducción como la adquisición que en este momento no me acuerdo).

Saludos

#3

Re: Efectos fiscales en los casos de rehabilitación de inmuebles en los que se ha recibido alguna ayuda

Para tener derecho a la deducción en la inversión , tanto de la ayuda como de la hipoteca destinada a tal fin, se debe haber iniciado el pago de estas obras, antes del 31-12-2012.

La ayuda en cualquier caso se ha de declarar en la casilla 310.

Saludos

#4

Re: Efectos fiscales en los casos de rehabilitación de inmuebles en los que se ha recibido alguna ayuda

Y añado, tratarse de la vivienda habitual pues en caso contrario no hay deducción

Saludos.

#5

Re: Efectos fiscales en los casos de rehabilitación de inmuebles en los que se ha recibido alguna ayuda

Como dicen los compañeros, para poder aplicarte las deducciones tienes que haber iniciado la rehabilitación antes del 31/12/2012, ya que si las has empezado después no te podrás acoger al régimen transitorio, también te tienes que haber deducido ya en la declaración del 2012, si no lo has hecho, y ya habías empezado la rehabilitación creo que tendrías que hacer una complementaria del 2012 conduciéndote, para poder aplicar el régimen transitorio ya que para el 2013 desaparece todo tipo de subvención para adquisición o rehabilitación de vivienda habitual.

#6

Re: Efectos fiscales en los casos de rehabilitación de inmuebles en los que se ha recibido alguna ayuda

La r3ehabilitación terminó el año 2010 pero el dinero no lo he recibido hasta este año 2012. En Cataluña precisamente cuesta de cobrar todo esto. Otra cosa a ñadir es que la rehabilitación era de la parte de instalaciones comunitarias de un edificio, es decir terrazas comunitarias, tubos conductores de aguas , tejado etc. etc. Los pisos de los que recibí la subvención son pisos que los tengo en régimen de alquiler, yo no sé si esto cambia o no cambia nada. Agradecería me contestaséis por si puedo hacer alguna cosa para no tener que pagar o por lo menos el mínimo. Tengo una hipoteca que hice para poder pagar los gastos de rehabilitación y lo que me dieron para hacerla es de más o menos un 40% del valor total que he tenido que pagar.
Muchísimas gracias

#7

Re: Efectos fiscales en los casos de rehabilitación de inmuebles en los que se ha recibido alguna ayuda

Al tratarse de viviendas que no son la vivienda habitual, lo comentado anteriormente no es valido en tu caso, para las deducciones.

Podrá entrar en la deducción por obras de mejora en vivienda realizadas y satisfechas desde el 7 de Mayo de 2011.... R.D.Ley 5/2011 del 29 de abril. /Anexo A2(II) del PADRE2012

http://www.boe.es/boe/dias/2011/05/06/pdfs/BOE-A-2011-7972.pdf

Cumpliendo una serie de condiciones, podías tener este derecho y si es así debes solicitar una devolución de ingresos indebidos, justificando la causa , de los ejercicios 2011-2012.

Saludos

#8

Re: Efectos fiscales en los casos de rehabilitación de inmuebles en los que se ha recibido alguna ayuda

Perdona pero no lo entiendo mucho. La ayuda se pidió entre 2007 y 2008. Las obras finalizaron el 2010 y todo se hizo conforme la ley. Yo particularmente tuve que presentar contratos de alquiler de inquilinos que tuve de varios años anteriores, por tanto, la ayuda era tanto para los propietarios de viviendas habituales como los que teníamos algún piso alquilado. Después de mucho papeleo todo se encontró correcto y por ésto nos concedieron la ayuda. Ahora mi duda es ¿cómo computa ésto? ya que este dinero ha servido para pagar parte de lo que me ha correspondido pagar de las obras comunitarias. También podría reducir mi hipoteca si ello me compensara ¿no sé?.

Cuando me hablas de devolución de ingresos indebidos, no lo entiendo porque en mi caso no son indebidos, se hicieron las cosas bien. Había ayudas para viviendas que tenían que cumplir una serie de requisitos, en éste caso se cumplían y no decían si los propietarios vivían en estos pisos o los tenían alquilados.

Agradecería Lunático que con la información complementaria que te he aportado me pudieras añadir algo para que ahora a finales de año pudiera hacer alguna cosa con la legalidad que no me perjudicara y más ahora como van las cosas.

Saludos