Perdona pero no lo entiendo mucho. La ayuda se pidió entre 2007 y 2008. Las obras finalizaron el 2010 y todo se hizo conforme la ley. Yo particularmente tuve que presentar contratos de alquiler de inquilinos que tuve de varios años anteriores, por tanto, la ayuda era tanto para los propietarios de viviendas habituales como los que teníamos algún piso alquilado. Después de mucho papeleo todo se encontró correcto y por ésto nos concedieron la ayuda. Ahora mi duda es ¿cómo computa ésto? ya que este dinero ha servido para pagar parte de lo que me ha correspondido pagar de las obras comunitarias. También podría reducir mi hipoteca si ello me compensara ¿no sé?.
Cuando me hablas de devolución de ingresos indebidos, no lo entiendo porque en mi caso no son indebidos, se hicieron las cosas bien. Había ayudas para viviendas que tenían que cumplir una serie de requisitos, en éste caso se cumplían y no decían si los propietarios vivían en estos pisos o los tenían alquilados.
Agradecería Lunático que con la información complementaria que te he aportado me pudieras añadir algo para que ahora a finales de año pudiera hacer alguna cosa con la legalidad que no me perjudicara y más ahora como van las cosas.
Saludos