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Duda sobre compensación de pérdidas y ganancias en venta de accs.

12 respuestas
Duda sobre compensación de pérdidas y ganancias en venta de accs.
Duda sobre compensación de pérdidas y ganancias en venta de accs.
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#1

Duda sobre compensación de pérdidas y ganancias en venta de accs.

Saludos!

En la declaración de este ejercicio (la que presentaremos en 2014), ¿cómo se compensan las plusvalías y las pérdidas en ventas de acciones?, ¿se compensan las que están en cartera menos de un año con homólogas y las que están más de un año con homólogas también pero no unas con otras?

En caso afirmativo, ¿se considera que están en cartera más de una año si los están más de 365 días entre compra y venta (que es lo que entiendo) o si se compraron en 2012 o antes (menos de un años y más de un año)?

#2

Re: Duda sobre compensación de pérdidas y ganancias en venta de accs.

Al referirte a acciones homólogas, entiendo que te estás refiriendo a "valores homogéneos" (así los llama la normativa del IRPF). Respondiendo a tu pregunta, las pérdidas patrimoniales sean del tipo que sea (ventas de acciones, de fondos de inversión, de compraventa de inmuebles...) se compensarán con las ganancias del mismo tipo. Por tanto, podrías compensar la pérdida en la compraventa de una plaza de garaje con las ganancias de una compraventa de acciones del Banco de Santander si las operaciones indicadas han tenido un plazo de generación de hasta un año.

Respecto a la segunda cuestión, a todas las ventas desde la fecha 01.01.13 las aplica la nueva normativa. Si entre la fecha de venta y la fecha de compra, hay un plazo superior al año, tributarán en la base liquidable del ahorro (como se venía haciendo en ejercicios anteriores). En caso contrario, tributarán en la base liquidable general.

Saludos.

#3

Re: Duda sobre compensación de pérdidas y ganancias en venta de accs.

Saludos! Efectivamente, me refiero a

Respecto a la segunda cuestión, a todas las ventas desde la fecha 01.01.13 las aplica la nueva normativa. Si entre la fecha de venta y la fecha de compra, hay un plazo superior al año, tributarán en la base liquidable del ahorro (como se venía haciendo en ejercicios anteriores). En caso contrario, tributarán en la base liquidable general.
y por homólogas quería decir que tuvieran esta característica en común:
  • Que estuvieran más de un año en cartera.
  • Que estuvieran menos de un año en cartera
Voy a vender acciones y he vendido algún fondo este años. La dudas es sobre la nueva normativa. ¿Cómo se compensan ahora pérdidas y ganancias? Supongo que los beneficios de las acciones y fondos que se ha tenido más de un año en cartera (que tributarán en la base liquidable del ahorro) se compensarán con pérdidas de las pérdidas de las que se haya tenido más de un año en cartera. Por otra parte, los beneficios de las acciones y fondos que se ha tenido menos de un año en cartera (que tributarán en la base liquidable general) se compensarán con las pérdidas de las que se haya tenido menos de un año en cartera. Mi intención es reestructurar la cartera vendiendo acciones y volviendo a comprar algunas para tener ligeras plusvalías. Por ejemplo, pierdo mucho en Inverfiatc y gano mucho en BMW. Tengo muchos valores en cartera y ahora pago comisión de mantenimiento por cada valor... quiero racionalizar la situación. Gracias.
#4

Re: Duda sobre compensación de pérdidas y ganancias en venta de accs.

Es como dices: las pérdidas de cada grupo, con las ganancias del mismo grupo.

Y otra salvedad, en el caso de que después de la compensación de pérdidas de hasta un año te quedara algún saldo pendiente, lo puedes hacer con las rentas de la base imponible general (trabajo personal, rentas de alquileres, de actividades empresariales...)con el límite del 10% de estas. Y si a pesar de todo te queda todavía algún saldo de pérdida pendiente, lo puedes hacer en los cuatro años siguientes, siguiendo el mismo orden (primero con las ganancias de hasta un año y luego con otras rentas de la base imponible general el el porcentaje mencionado).

Saludos.

#5

Re: Duda sobre compensación de pérdidas y ganancias en venta de accs.

Hola, no termino de aclararme con los plazos y los conceptos, podriais decirme si en la proxima declaracion (2014 a realizar en 2015) se pueden compensar ganancias en intereses de depositos a un año (terminados en 2014) con perdidas en venta de acciones adquiridas a mas de un año? O solo puede compensarse acciones con acciones y dividendos con idem? O corto plazo con corto y largo con largo?
Y en la siguiente declaracion (2015 a realizar en 2016) se podria?
Gracias, asi podria decidir si vender ahora esas acciones o esperar a 2015 o... Saludos

#6

Re: Duda sobre compensación de pérdidas y ganancias en venta de accs.

En el año 2014, las pérdidas generadas en compraventas de más de un año solamente las puedes compensar con ganancias de más de un año por compraventas de acciones, fondos de inversión, inmuebles...

En años siguientes, está por ver como queda redactada la nueva ley del IRPF que entrará en vigor a partir del 01.01.15.

Si te quedasen pérdidas pendientes del año 2014, intuyo que va a ser más sencillo hacerlo porque está previsto que desaparezca la distinción entre ganancias/pérdidas de hasta un año y las de más de un año.

Saludos.

#7

Re: Duda sobre compensación de pérdidas y ganancias en venta de accs.

Gracias por tan pronta respuesta, creo entonces que será mejor esperar al proximo ejercicio... Un saludo

#8

Re: Duda sobre compensación de pérdidas y ganancias en venta de accs.

He vendido con ganancias acciones en 2015 . Después de oler la nueva normativa fiscal para el 2015 creo que he entendido que dichas ganancias que han sido en menos de un año se pueden compensar con pérdidas que tengo pendiente de compensar en el 2014 generadas en más de un año .

Me podrías confirmar si estoy en lo correcto ?