Acceder

Deducción por vivienda habitual en el caso de una hipoteca puente

7 respuestas
Deducción por vivienda habitual en el caso de una hipoteca puente
Deducción por vivienda habitual en el caso de una hipoteca puente
#1

Deducción por vivienda habitual en el caso de una hipoteca puente

Quisiera plantear una duda que tengo al respecto:

- Vivienda habitual anterior, se desgravo lo correspondiente a una inversión de 35.000 €

En el momento de cambiar la vivienda habitual, la nueva vivienda habitual se adquiere por 380.000,00 € y los gastos de compraventa, impuestos, etc. ascienden a unos 30.000,00 €

No obstante la hipoteca para su financiación solo se hace por 300.000,00 € (ya que el resto se obtiene de una nueva hipoteca sobre la que deja de ser vivienda habitual y se pretende vender en un futuro).

Desde ese mismo año, yo siempre me he considerado con derecho a desgravarme lo que voy invirtiendo en la nueva vivienda, ya que desde el primer momento invertí de golpe (80.000,00 = 380.000,00 - 300.000,00) mas 30.000, de gastos, cantidad muy superior a lo antes invertido en la anterior (35.000,00 €)

La vivienda anterior no ha sido posible venderse, por lo que no hay reinversión, sino otra hipoteca que se va pagando como se puede.

Claro que toda esa inversión no fue en metálico, sino producto de otra hipoteca, pero que por no ser vivienda habitual, esa no cuenta para desgravación y por tanto yo siempre la he considerado como inversión propia, Dicho de otra forma, que mas da si lo que invierto proviene de ahorros, de prestamos personales o de préstamo de un familiar. Simplemente es un capital NO INCLUIDO EN LA HIPOTECA SUSCEPTIBLE DE DESGRAVACIÓN.

Pero, a pesar de que creo que estoy en lo correcto, no deja de preocuparme si la interpretación es correcta.

Agradecería me dierais vuestra opinión de mas expertos en la materia

#2

Re: Deducción por vivienda habitual en el caso de una hipoteca puente

Tan complicado es que nadie me da su opinión ????

#3

Re: Deducción por vivienda habitual en el caso de una hipoteca puente

1º. Un poco raro si es, hay que pensarlo tranquilamente.
2º. Un poquito de paciencia siempre hay que tener.
3º. Ahora a esperar a que Cachilipox, Lunatico, etc, te respondan, yo no me atrevo de momento.

Un saludo

#4

Re: Deducción por vivienda habitual en el caso de una hipoteca puente

Gracias por contestar, y lo siento si pequé de impaciente, pero como se puede comprender es mucha la diferencia dineraria entre una y otra interpretación.

#5

Re: Deducción por vivienda habitual en el caso de una hipoteca puente

Yo opino que no tienes derecho a deducirte el año de la adquisición de la nueva vivienda habitual.

Para pagar el importe de 380.000 euros no has utilizado capitales propios sino dos vías de fiananciación ajena, una constituida por la hipoteca en tu vivienda habitual por 300.000 y la otra via es la hipoteca en tu antigua vivienda.
Por tanto la deducción se practicará a medida que se vaya devolviendo el principal y se abonen, en su caso, los correspondientes intereses

#6

Re: Deducción por vivienda habitual en el caso de una hipoteca puente

El punto 2 del Art 68 de la Ley 35/2006 , determina lo siguiente :

2.º Cuando se adquiera una vivienda habitual habiendo disfrutado de la deducción por adquisición de otras viviendas habituales anteriores, no se podrá practicar deducción por la adquisición o rehabilitación de la nueva en tanto las cantidades invertidas en la misma no
superen las invertidas en las anteriores, en la medida en que hubiesen sido objeto de deducción

En este caso el valor de la nueva inversión es de 410.000 euros ( 380.000 + 30.000), cifra sobre la que el contribuyente podría aplicar la deducción dentro de los limites anuales de 9.015 euro/año por declarante.

Si la inversión sujeta a deducción de la anterior vivienda es de 35.000 euros , esta inversión ha sido superada por lo aportado en la nueva vivienda , ya que la hipoteca de la nueva vivienda es de 300.000 euros, sobre la que el contribuyente aplicara las deducciones según pague sus cuotas correspondientes. Por tanto hay 110.000 euros ya invertidos, con independencia del modo de financiación de este montante , ya que este no será objeto de base en la deducciones futuras.

Saludos

#7

Re: Deducción por vivienda habitual en el caso de una hipoteca puente

Muchas gracias por las respuestas.

Yo también creo que los 110.000 invertidos, aunque procedan de financiación ajena, como no son objeto de deducción, es independiente como se han obtenido, ya que por ello se pagan unos intereses. Incluso podría ser un préstamo personal, o yendo mas lejos un préstamo entre familiares...

Espero que la AEAT también lo entienda asi

#8

Re: Deducción por vivienda habitual en el caso de una hipoteca puente

A mi no me queda claro tu respuesta Lunático:

Entiendo que la base máxima de deducción sería:

Precio de adquisición vivienda nueva 380.000
Gastos adquisición 30.000
Base de deducción vivienda anterior (35.000)
Total=375.000, esta cifra sería la nueva base máxima de deducción total que te podrás aplicar por esta nueva vivienda

No obstante por el art. 68.1.2 LIRPF establece que para que te apliques la deducción es necesario que las cantidades invertidas en la nueva vivienda superen a las cantidades invertidas en la vivienda anterior

Por tanto inversión realizada en la nueva vivienda
Gastos de adquisición satisfechos 30.000
Amortización de los dos préstamos e interes X

Si la suma de estos dos importes es superior de 35000, el exceso con el límite de 9040 euros constituira la base de deducción.

Entiendo que los 80.000 euros que derivan del otro préstamo no se incluyen, ya que se trata de financiación ajena independiemtemente que dicho préstamo tenga como garantía una hipoteca sobre el inmueble que constituye la vivienda habitual o no