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Hijo minusválido y vivienda de proteccion oficial

12 respuestas
Hijo minusválido y vivienda de proteccion oficial
Hijo minusválido y vivienda de proteccion oficial
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Re: Hijo minusválido y vivienda de proteccion oficial

Todos los contribuyentes tienen derecho a aplicar por cada descendiente, sea
o no discapacitado, las siguientes minoraciones de su renta o base imponible:
• Mínimo familiar por descendientes: 1.400 € por el primero, 1.500 € por el
segundo, 2.200 € por el tercero y 2.300 € por el cuarto y siguientes.
• Reducción por cuidado de hijos: 1.200 € por cada descendiente menor de
tres años.
Además de los beneficios anteriores, los contribuyentes con descendientes
discapacitados, siempre que éstos reúnan los requisitos para la aplicación del
mínimo familiar, tienen derecho a la reducción por discapacidad de
descendientes.

El concepto de asistencia de los discapacitados se toma en consideración a
través de una reducción en la base imponible que pueden practicar los propios
contribuyentes en virtud de su propia discapacidad o por la discapacidad de los
ascendientes o descendientes.

Los descendientes deben reunir los mismos requisitos que los establecidos
para el mínimo familiar y los ascendientes los requisitos de la reducción por
edad de ascendientes, como ya se ha señalado anteriormente.

Es, pues, una reducción adicional a las reseñadas, pero sólo para los
contribuyentes, o por los ascendientes o descendientes, que tengan un grado
de minusvalía igual o superior al 65% o que, sin alcanzar dicho grado,
acrediten necesidad de ayuda de terceras personas o movilidad reducida.

#10

Re: Hijo minusválido y vivienda de proteccion oficial

De acuerdo en lo que dices, pero las dudas que planteo se refieren a la posibilidad de tributación conjunta y a la de aplicar los mínimos por descendientes en este caso.

El artículo 105 de la Ley General Tributaria establece que la carga de la prueba corre de parte de aquel que quiera hacer valer su derecho.

Así pues en un procedimiento tributario como este, el contribuyente debe probar en el caso de declaración conjunta que el hijo está incapacitado judicialmente y sujeto a patria potestad prorrogada, lo que exige una resolución judicial al respecto.

Por otro lado y por lo que se refiere a la imputación de rentas inmobiliarias por la vivienda propiedad del hijo que ha originado la exclusión del mínimo, comparto totalmente la opinión de leopol72, no creo que sea un asunto baladí el ahora de buenas a primeras probar que alguien tenía cedida la vivienda de forma gratuita durante el año 2012 y este no era un familiar.
Las pruebas que en poder de la Administración Tributaria para desmontar esta pretensión son varias, y además la valoración de las mismas le corresponde a ella, con lo que pienso que demostrar ahora que la vivienda del hijo estuvo cedida gratuitamente a un tercero no va a resultar una tarea fácil. Ten en cuenta que la Administración Tributaria posee entre otros, datos de los contratos de suministro de energía eléctrica de los inmuebles y podría conocer quien es el titular de los mismos y en que cuenta se están cargando aquellos, (modelo de declaración informativa 159), por lo que creo yo que no bastaría con que ahora aparezca alguien sin relación familiar (pues hasta el tercer grado se imputaría un rendimiento mínimo), diciendo que vive ahí.

Yo creo que hay que estar a la realidad de los hechos aunque en ocasiones pueda ser injusto.

Saludos.

#11

Re: Hijo minusválido y vivienda de proteccion oficial

Estimado:

Conozco la responsabilidad en la carga de la prueba que tiene el interesado en cualquier procedimiento tributario.

En cualquier caso, el forero que plantea este problema tiene la necesidad de demostrar que esa vivienda de su hijo no ejerce de 2ª vivienda.

Por ello es necesario que aporte alguna prueba de que alguien vive ahí y que no percibe una contraprestación económica por ello.

Un saludo.

#12

Re: Hijo minusválido y vivienda de proteccion oficial

El problema es que no puedes deducirte por un descendiente que no convive contigo. Al tener su propia vivienda habitual se supone que no está conviviendo contigo. Si estuviera interno en una residencia si podrías deducirte por él.

#13

Re: Hijo minusválido y vivienda de proteccion oficial

Estimado:

¿Podría transcribirnos el texto del requerimiento para que le podamos dar una mejor solución o escanearlo borrando sus datos personales?

Es que no estoy entendiendo bien la situación, ni qué es lo que le está reclamando la AEAT exactamente en el procedimiento de comprobación de datos.

Un saludo