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Declaraciones complementarias por inclusión de gastos indebidos

2 respuestas
Declaraciones complementarias por inclusión de gastos indebidos
Declaraciones complementarias por inclusión de gastos indebidos
#1

Declaraciones complementarias por inclusión de gastos indebidos

Por razones que no vienen al caso, en declaraciones de años anteriores incluí como gastos de mi actividad profesional unos conceptos que ahora se que no tenía que haber incluido. Por eso he pensado en hacer declaraciones complementarias de los años que me corresponda según tenga obligación de hacerla pero me surgen bastantes dudas:

- He visto en este enlace: http://portaljuridico.lexnova.es/articulo/JURIDICO/67723/presentacion-de-autoliquidaciones-complementarias-en-el-irpf , los supuestos para hacer la declaración complementaria y no estoy seguro de que mi caso sea alguno de ellos, pero supongo que siendo que el resultado sería favorable para la Agencia Tributaria (AT) también debe ser posible.

- Aunque tengo claro que el procedimiento seria el de hacer una declaración complementaria usando el programa PADRE de los años en cuestión, supongo que de forma automática no salen los recargos correspondientes. ¿Cómo se hace para que se apliquen los recargos? ¿Hay que ir a la AT y que se encarguen ellos de este punto o se lo puede hacer uno en casa y presentarlo en el banco?

- ¿Hay algún sitio donde se puedan consultar los intereses según los años y la fórmula matemática para aplicarlos?

- Respecto a los recargos e intereses de demora, ¿hay alguna forma de hacerse uno mismo una simulación?. En caso contrario ¿sería factible ir a la AT a que te hagan ellos la simulación, tras haber hecho la complementaria en casa y ver cómo sale la cosa y si sale razonable seguir con ella y si es un buen sablazo "ya me lo pensaré"? ¿O una vez allí ya estás obligado a seguir adelante con todo...?

- Al tratarse de declaraciones antiguas, supongo que se les aplica el concepto de "extemporáneas", con sus correspondientes recargos. He visto en este otro enlace: http://www.ineaf.es/divulgativo/sistema-tributario/procedimientos-tributarios-regimen-sancionador/recargos-por-declaracion-extemporanea-sin-requerimiento-previo que si no hay requerimiento previo en algunos casos se aplica una reducción en los recargos del 25%. En mi caso ¿tendría derecho a esta reducción?

- Por último, los años en que tendría obligación de hacer estas declaraciones complementarias a fecha de hoy ¿incluirían también la renta del año 2008?

Saludos y gracias
MacCartney

#2

Re: Declaraciones complementarias por inclusión de gastos indebidos

Que yo sepa, la AEAT no hace simulaciones a medida del obligado tributario.
Solo existe el servicio de ayuda gratuito para la declaración IRPF ordinaria, dentro del periodo ordinario, y para situaciones ordinarias.
El resto de situaciones corre por cuenta del contribuyente.

Si presentas declaración complementaria, y efectúas el ingreso de la cantidad de cuota indebidamente no pagada, sin intereses ni recargos, luego gestión tributaria te enviará una liquidación por los mismos.

Al ser complementarias no pueden ser extemporaneas, por definición.
Las declaraciones extemporaneas son cuando se declara algo que no se declaró en su momento dentro del plazo, ya sea omitir presentar una declaración, ya sea presentar una declaración con registros informativos, y omitir registros.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Declaraciones complementarias por inclusión de gastos indebidos

Gracias por la respuesta...

De acuerdo, he de hacerlo yo, presentar por el importe que me salga y ellos ya me requerirán lo que corresponda.

Pero al hacer la declaración complementaria (ya hice una recientemente por pagos percibidos en 2012 correspondientes a 2011) según se explica en este enlace https://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/1211866-declaracion-complementaria-como-hacerla y en la Guía de la Renta 2012 ( http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Informacion_institucional/Campanias/Renta/2012/Guia_Renta_2012_Libro_electronico.pdf : en las páginas 19 y 20, donde se detalla cómo hacer una declaración complementaria), no veo en qué supuesto de los que salen habría de incluir esta declaración complementaria, por este concepto concreto. ¿Alguien sabría decirme cómo hacerlo?

Respecto a la última duda que planteo, ¿habría de hacer también complementaria de la renta-2008?. ¿Cuándo consideramos que "prescribe la deuda tributaria"? ¿Cuál es la última declaración de laque habría de hacer la complementaria?

Saludos