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Tributación club social de una Vivienda

2 respuestas
Tributación club social de una Vivienda
Tributación club social de una Vivienda
#1

Tributación club social de una Vivienda

En 2010 adquirí una vivienda que tiene anexos una piscina y club social con un local con referencia catastral propia. En la escritura de venta de la vivienda aparecen la venta de la vivienda por un precio X en el apartado 1. y la del local social por precio x en un apartado 2. en el que pone "Una participación indivisa de una treinta y una ava parte indivisas de la siguiente finca"

En el borrador me lo imputan bajo el apartado C Bienes inmuebles no afectados a actividades economicas, excluida la vivienda habitual e inmuebles asociados.

Esta bien ahí? yo creo que no, que deberia estar en el apartado de domicilio habitual > Datos adicionales de la vivienda no? Es indiviso a la venta de la casa y no podría venderla ni alquilarla separado de la vivienda.

Qué opinais?. La diferencia final son apenas 8 euros de diferencia en la devolución, puesto en uno u otro lado pero queria saber que opinais.

#2

Re: Tributación club social de una Vivienda

Entiendo que esta correctamente imputado en Pagina 4(I) , solo las plazas de garaje hasta dos por vivienda , se incluyen con anexos a la vivienda habitual, siempre que estén adquiridas en el mismo momento.

Saludos

#3

Re: Tributación club social de una Vivienda

Gracias por contestar.

En la guia de la declaración pone lo que comentas y algo mas, lo transcribo:

quedan excluidos los siguientes inmuebles

La vivienda habitual del contribuyente y los demás inmuebles que se asimilan a la misma a efectos del IRPF: las plazas de garaje, hasta un máximo
de dos, los jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y, en general, los trasteros, anejos o cualquier otro elemento que no constituya la
vivienda propiamente dicha, siempre que dichos inmuebles se hubieran adquirido conjuntamente con la vivienda habitual.

Habla de piscinas y en general anejos o cualquier otro elemento si se HUBIERAN ADQUIRIDO CONJUNTAMENTE. Y así fue, aunque en la misma escritura, con precio diferenciado entre uno y otro por empeño del Notario. Además es indiviso.