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Efecto tributario de renuncia a herencia

12 respuestas
Efecto tributario de renuncia a herencia
Efecto tributario de renuncia a herencia
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#1

Efecto tributario de renuncia a herencia

Buenos días a todos,

Quería plantearos una dudas que tengo respecto de la herencia de mi padre...

En primer lugar, mi padre murió sin testar, por lo que los tres hijos y la viuda serían sus herederos, hasta ahí lo tengo claro. El problema viene porque los tres hijos hemos decidido renunciar a la herencia, para que esta pase directamente a mi madre, como siguiente heredera en la lista que marca la ley; el lugar de residencia de mi padre era Valencia y hemos contactado con los de la Conselleria de Hacienda y nos dicen que si renunciamos, es como si le hicieramos donación a mi madre de los bienes de mi padre, porque para renunciar a algo (según ellos) primero hay que aceptarlo y nos piden que liquidemos el impuesto de sucesiones y después que mi madre liquide el de donaciones... eso es así? A mi me parece que si renunciamos a la herencia, esos bienes y derechos nunca llegan a ingresar en nuestro patrimonio, entonces, porqué dicen que sí?

Otra preguntita que tengo... Mis hermanos residen en Valencia y yo en Cataluña. He visto que la exención del 99% de la cuota tributaria por ser hijos del causante, solo se aplica si vives en la comunidad valenciana durante los últimos 5 años. Así que, es posible que mis hermanos no paguen (o paguen muy poco) y yo tenga que pagar hasta caerme de culo? Si te obligan a liquidar el impuesto en el lugar en que muere el causante, debería ser independiente del lugar donde vive el heredero, no? porque a mi me pilla del todo. Si mi padre hubiese vivido en Cataluña, también tendría la exención del 99%, independientemente de mi lugar de residencia y mis hermanos se beneficiarian igual que yo. Es decir, estoy en el peor caso de todos, ni me aplican la ley de donde vivo, ni me aplican la bonificación por vivir fuera de Valencia. Es tan injusto! y encima si tengo que liquidarlo sí o sí, aunque renuncie, vamos que se están forrando a mi costa, no?

Por favor, alguna sugerencia... Seran bienvenidas todas ellas.

Muchas gracias por todo y saludos

#2

Re: Efecto tributario de renuncia a herencia

Puede, que lo que debáis hacer es no renunciar a la herencia. Entonces, puede que tengáis que hacer la declaración de sucesiones en Valencia (donde residía el causante).

En determinadas circunstancias la repudiación, efectivamente presupone una donación, y las donaciones hay que liquidarlas en la comunidad donde reside el que recibe la donación.

Artículo 28. Repudiación y renuncia a la herencia.

1. En la repudiación o renuncia pura, simple y gratuita de la herencia o legado, los beneficiarios de la misma tributarán por la adquisición de la parte repudiada o renunciada aplicando siempre el coeficiente que corresponda a la cuantía de su patrimonio preexistente. En cuanto al parentesco con el causante, se tendrá en cuenta el del renunciante o el del que repudia cuando tenga señalado uno superior al que correspondería al beneficiario.

2. En los demás casos de renuncia en favor de persona determinada, se exigirá el impuesto al renunciante, sin perjuicio de lo que deba liquidarse, además, por la cesión o donación de la parte renunciada.

Fuente: Ley Impuesto Sucesiones.

Pero tómalo como simples sugerencias, porque tengo poca idea del tema.

Saludos.

#3

Re: Efecto tributario de renuncia a herencia

hola empty creo que interpretas mal la norma los que repudian no adquieren nada y nada deben pagar son a los que se benefician de la renuncia los que deben pagar pues se incremente su parte.
Un saludo

#4

Re: Efecto tributario de renuncia a herencia

Es más que probable que tengas razón. En mi comentario he querido resaltar la palabra "puede". Y digo que puede porque: -Tenemos que tener en el caso que nos ocupa, tres normativas: la estatal del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, la autonómica de Cataluña y la autonómica de Valencia. -Ojo con las renuncias en Valencia. Recuerdo hace tiempo que un forero se quería acoger a unas reducciones en una donación y resulta que se había encontrado con esto: "No podrá aplicarse esta reducción en los siguientes casos: (...) Cuando quien transmita hubiera adquirido mortis causa los mismos bienes, u otros hasta un valor equivalente, en los 10 años inmediatamente anteriores al momento del devengo, como consecuencia de la renuncia pura y simple del sujeto pasivo, y hubiera tenido derecho a la aplicación de la reducción sucesoria por parentesco establecida para los Grupos I y II." -En estos temas, hay que añadir que siempre hay problemas e intereses familiares que casi nunca se aportan en las consultas:

hemos decidido renunciar a la herencia
Solamente el interesado sabe el porqué de esta decisión y cuáles han sido los motivos para llegar a ella. -Estamos hablando, ¿ de una herencia de 10.000 euros o de una herencia de 10 millones? Pienso en definitiva, que el tema de las herencias es muy complicado y opinar a veces exige cierto grado de temeridad cuando no se conoce (como lo es en la mayoría de los casos) todas las aristas del asunto. Creo que la consulta a una asesoría especializada, en estos casos es un dinero bien invertido. Pero son todas apreciaciones personales y que evidentemente pueden ser equivocadas. Yo mientras siga aprendiendo en el foro (y con tus comentarios aprendo), personalmente me siento satisfecho. Y cuando alguien me corrige y me demuestra que me he equivocado, le estoy muy agradecido. Cordiales saludos.
#5

Re: Efecto tributario de renuncia a herencia

Si vais a renunciar, deberias todos los hijos y en documento publico, por separado. si teneis hijos entonces consultar con un experto en herencias porque la cosa pude ser mas complicada de lo que parece, no porque tengais que pagar por renunciar, no. Sino porque es un tema demasiado tecnico donde parece que entran en juego los derechos de representacion de los nietos. En todo caso es un tema contravertido que un experto o los aclarara mejor.
Un saludo

#6

Re: Efecto tributario de renuncia a herencia

No entiendo que ventaja puede tener el hecho de renunciar a la herencia. Lo único que consigues es que primero pague tu madre y luego los hijos. Existen figuras como el usufructo que permiten ceder a un tercero, tu madre en este caso, el uso y los frutos de la vivienda habitual, por ejemplo, de por vida.
En cualquier caso, ten muy en cuenta lo de los hijos/nietos, seguramente estarán por delante de tu madre en el orden sucesorio.

#7

Re: Efecto tributario de renuncia a herencia

Como norma general y sin entrar valoraciones personales y familiares, por no ser éste lugar para ello, divide y vencerás.

#8

Re: Efecto tributario de renuncia a herencia

Buenas, soy periodista y estoy haciendo un reportaje sobre el aumento de renuncias a herencias y he leido el caso de 'mar de dudas', y me interesaría saber qué ha pasado finalmente con la herencia. ¿Han tenido que pagar para poder dejarle toda la herencia a su madre? Gracias de antemano :) Un saludo

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