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Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Valenciana

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Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Valenciana
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Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Valenciana
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#1

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Valenciana

He estado leyendo sobre el IMPUESTO DE SUCESIONES en Valencia.

Una vez transcurridos los 6 meses voluntarios para liquidar con Hacienda, te van subiendo el tanto por ciento por no liquidarlo.

Y ahora he leído otra cosa, ésta:*

PRESCRIPCIÓN
- El plazo de PRESCRIPCIÓN del derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación es de 4 años, comenzando a contarse a partir del día siguiente a aquel en que finalice el plazo reglamentario de 6 meses para presentar la correspondiente declaración ante la Administración tributaria, según los artículos 25 de la Ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, y 66 y 67 de la Ley General Tributaria.
El plazo de prescripción de la acción para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas también es de 4 años, contados desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo del periodo voluntario para pagar la liquidación. Esto según los artículos 66 y 67 de la Ley General Tributaria y en el 36 de la Ley 29/1987 del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

¿ Quiere ésto decir que pasados 4 años ya no hay que pagar nada ??

Gracias de antemano.

#2

Re: Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Valenciana

Una vez producido el fallecimiento, tienes un plazo voluntario de seis meses para liquidar el impuesto.

Si no lo has hecho y tienes un requerimiento de la Consejería de Hacienda de tu Comunidad o lo presentas fuera de plazo, tendrás que pagar la liquidación del impuesto, intereses de demora y sanción.

Si transcurren cuatro años y seis meses desde el fallecimiento sin presentar la declaración o sin que se haya producido requerimiento, la deuda prescribe y no hay que pagar nada.

Saludos.

#3

Re: Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Valenciana

En el Impuesto de Sucesiones y Donaciones , el plazo de liquidacion de este impuesto es efectivamente de 6 meses a partir del dia del fallecimiento o donacion.

Si pasado este plazo no se tiene liquidado dicho impuesto , la administracion tributaria , en este caso la Comunidad Autonoma Valenciana , puede requerirte la liquidacion del impuesto y tendras una sancion o multa por el incumplimiento fiscal.

Ademas,los bienes que compongan la herencia no podras gestionarlos (vender) ya que no pasan a tu titularidad . Efectivamente si transcurridos 4 años desde la finalizacion del plazo de Liquidacion (Seis meses), la administracion tributaria no ha requerido el pago de este impuesto , queda prescrito su sujeccion al impuesto y podras poner los bienes a tu nombre sin pago impositivo para poder disponer de ellos.

Yo creo que no merece la pena el tratar de eludir este impuesto , ante las posibles sanciones y la indisponibilidad de los bienes. Los costes notariales no los podras eludir si quieres titularizar dichos bienes.

Saludos

#4

Re: Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Valenciana

En el caso de recibir requerimiento de la Consejería de Hacienda o presentarlo fuera de plazo, me interesaría saber:
1) ¿que interes aplican por demora
2) A cuanto asciende la sanción, ¿porcentaje?

Saludos

#5

Re: Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Valenciana

Referente al Impuesto de sucesiones, en el caso de recibir requerimiento de la Consejería de Hacienda por no haberlo presentado o presentarlo fuera de plazo, me interesaría saber:
1) ¿que interes aplican por demora
2) A cuanto asciende la sanción, ¿porcentaje?

Saludos

#6

Re: Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Valenciana

En el caso de que tuvieras un requerimiento,

-Actualmente, por intereses de demora, el 5% anual.

-Sanción mínima: 50% de la cantidad resultante de la liquidación que no se presentó. Posiblemente se pueda conseguir una bonificación del 30% de la sanción si se manifiesta conformidad.

Sin requerimiento y presentada fuera de plazo, recargo del 5%, 10% o 15%, si se presenta entre los tres meses, seis meses o doce meses respectivamente. Si son más de doce meses, el 20% mas los intereses de demora correspondientes.

Datos para que te hagas una idea, pero que llegado el caso seguramente no valdrían para mucho.

Saludos.

#7

Re: Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Valenciana

Mi padre murió hace poco más de un mes. Tenia hecho testamento junto con mi madre para las hijas a partes iguales, nos dijo. Pienso que el que dejo hecho era el estándar. En un principio había puesto a una prima mía de albacea, . Él quería que fuera para las hijas a partes iguales, por eso puso albacea pero luego la quitaron.
¿ Que pasos hemos de seguir para liquidar este impuesto? Sus propiedades sólo son el piso y el dinero en las cuentas bancarias(unos 50000€) en régimen de gananciales.
Gracias

#8

Re: Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Valenciana

Tenéis de plazo hasta seis meses después del día del fallecimiento para liquidar el impuesto. Es un impuesto autonómico, por lo que deberéis acudir a la consejería de hacienda de vuestra comunidad.

Si residís en la Comunidad Valenciana, os puede ayudar el enlace:

http://portales.gva.es/c_economia/web/pdf/portaltributario/650instrucciones.pdf

Y os aconsejo también que acudáis a un notario al que de todas las maneras tendréis que acudir y os puede aconsejar de como proceder con los trámites.

Saludos.