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Préstamo entre familiares y posible herencia

9 respuestas
Préstamo entre familiares y posible herencia
Préstamo entre familiares y posible herencia
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#1

Préstamo entre familiares y posible herencia

Tengo un préstamo entre familiares (mi tía me ha prestado dinero para comprar un piso), es a interés 0, con el acuerdo de devolverle cantidades anuales de ese préstamo pactado. Si mi tía fallece antes que yo (que será lo más probable) ¿qué pasa con el préstamo? Ya que soy su única heredera, porque en su testamente (al no tener hijos ni marido) ponía que su heredero era mi padre o sus descendientes, mi padre ya falleció y si mi tái fallece ¿qué debo hacer?

#2

Re: Préstamo entre familiares y posible herencia

Ese préstamo, por la parte de capital pendiente de devolución, es un activo más del caudal hereditario. Es como si tu tía tuviese ese dinero en bonos, pero en lugar de bonos del tesoro o del banco tal, son bonos sobrina.

Una vez recibas en herencia ese activo, la deuda tuya, obviamente si tú te debes dinero a ti misma, dejas de tener la deuda.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Préstamo entre familiares y posible herencia

OK. La deuda queda cancelada. No se puede deber dinero sí misma.

Pero al ser un activo que sí que se hereda, y que se suma al resto del caudal hereditario (que supongamos alto, por ejemplo, 300.000 euros)... ¿Al ser sobrina, no le sacudirán por ISD un buena receta por heredar su propio préstamo??? Si así fuera ¿Algún remedio??

Saludetes

#4

Re: Préstamo entre familiares y posible herencia

Siempre es inferior la tarifa por sucesiones que por donaciones.

Si era un préstamo, o había que devolverlo, o ahora hay que pasarlo por sucesiones.

Y si era una donación, tendría que haber ido por donaciones.

Al tributar por sucesiones hemos obtenido legalmente a).- un aplazamiento del pago de impuestos, sin intereses ni recargos, y b).- una tarifa inferior al ir por IS en lugar de ID.

Eso si el préstamo se documentó y liquidó ITP en su día. Si fue algo estrictamente privado, la administración no puede reclamar algo que desconoce su existencia.

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#5

Re: Préstamo entre familiares y posible herencia

la tabla es la misma en sucesiones que en donaciones, lo que en las sucesiones se aplica alguna deduccion.

#6

Re: Préstamo entre familiares y posible herencia

Sí, y según el caso prácticamente no hay diferencia, o puede ser muy significativa.

Por ejemplo, para un caso así (tía-sobrina), por un importe de 100.000 €, en Catalunya, vía ID serían 14.293,8 €, y vía IS serían 5.558,70 €.

Para importes superiores la diferencia va difuminandose. Pero es el doble juego, menor tarifa efectiva, y aplazamiento "legal" del pago de la deuda tributaria (sin intereses).

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#7

Re: Préstamo entre familiares y posible herencia

tia sobrina que son familiares de 2º grado?, el coeficiente multiplicador supongo que seria 1,58?

aplazamiento legal del pago de IS?, como es eso?, he visto un caso reciente en la familia y el notario le pidio el dinero por delante para el IS, y el banco si no esta pagado el IS no da el dinero de las cuentas.

#8

Re: Préstamo entre familiares y posible herencia

Al cambiar el supuesto de la tributación, de facto obtenemos un aplazamiento tributario.

Supongamos que el año 2000 mi padre me hace una donación de 100.000 €, pero lo formalizamos como préstamo a tipo 0, a devolver según posibilidades. No hago nada, simplemente espero que llegue el óbito. Cuando se produzca el fallecimiento, obviamente ese crédito de 100.000 € se acumulará al caudal relicto, por el que deberé pagar IS.

El hecho es que yo debería haber pagado ID el año 2000, y en cambio pagaré IS el año 20XX.
Y además, pagaré algo menos.

Sí, 2º grado, grupo III, coeficiente multiplicador 1,5882.

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