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Reduccion por creacion o mantenimiento de empleo

6 respuestas
Reduccion por creacion o mantenimiento de empleo
Reduccion por creacion o mantenimiento de empleo
#1

Reduccion por creacion o mantenimiento de empleo

Mi caso es el siguiente:mi mujer lleva desde junio de 2010 como trabajadora autonoma siendo ella la unica empleada de si misma(creo que se dice asai no?).El caso es que creo que cumple losa requisitos para poder aplicarse la reduccion por creacion o mantenimiento de empleo,pues desde que es autonoma, ni contrato, ni despidio a nadie¿es esto asi?
Otra duda que tengo es que si fuese posible dicha deduccion, al abrir el cajetin en el programa PADRE para marcar dicha reduccion(una X)tambien me pide una cifra de: "Retribuciones al conjunto de trabajadores" y lo que mi mujer se gasto para ese concepto vienen siendo los 11000 euros que facturo menos los gastos que la actividad le supuso(seguro autonomo,telefono,gastos vehiculo pues es agente comercial)lo que al final me da una cifra de 8000 euros libres de gastos,que es lo que viene cobrando ella.¿es esta la cifra que tendria que poner el el concepto "Retribuciones al conjunto de trabajadores?
Disculpad el toston y a ver si alguno me contesta.
GRACIAS Y UN SALUDO.

#2

Re: Reduccion por creacion o mantenimiento de empleo

ACABO DE REVISAR LA RENTA DE 2010 Y NO APLIQUE NINGUNA REDUCCION POR MANTENIMIENTO Y CREACION DE EMPLEO Y ESO QUE FUE EL AÑO EN QUE SE CREO EL EMPLEO(EXACTAMENTE EN JUNIO DE 2010).
A ver si alguien me puede dar un poco de luz en este tema,pues seria la renta de 2011 que ya la entregue y la de 2010 sobre las que podria reclamar,si es esto fuese tal como lo expongo.
Otra VEZ UN SALUDO Y GRACIAS

#3

Re: Reduccion por creacion o mantenimiento de empleo

A ves si sube esto y alguien me contesta.GRACIAS Y UN SALUDO.

#4

Re: Reduccion por creacion o mantenimiento de empleo

Lo que establece esta deducción es la DA 27ª. Y dice, entre otras cosas:
2. Para el cálculo de la plantilla media utilizada a que se refiere el apartado 1 anterior se tomarán las personas empleadas, en los términos que disponga la legislación laboral, teniendo en cuenta la jornada contratada en relación con la jornada completa y la duración de dicha relación laboral respecto del número total de días del período impositivo.

La relación de trabajo de un autónomo (en tanto que trabajador) consigo mismo (en tanto que empresario), no es objeto de regulación por la legislación laboral. Es más bien algo psiquiátrico o neurológico.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Reduccion por creacion o mantenimiento de empleo

Osea,que si no he entendido mal,en estos casos de trabajadores autonomos sin empleados no procede aplicar esta reduccion por que la Agencia Tributaria entiende que el autonomo no es trabajador y solo es empresario.?¿es asi?¿
Lo que viene siendo,a groso modo, que un trabajador autonomo sin empleados obtiene rendimientos de actividades economicas por el simple hecho de ser empresario y no trabajador y los beneficios de esta empresa se obtienen por generacion espontanea?
Gracias por contestarme.
Hay alguien en el foro que haya aplicado la reduccion en un caso como este y,si es asi,que actitud tubo la A.T.
GRACIAS Y UN SALUDO

#6

Re: Reduccion por creacion o mantenimiento de empleo

No, la AEAT no entiende nada. Simplemente aplica lo que el legislador le dice. Y el legislador ha dicho que para deducir en el IRPF por mantenimiento de empleo, se cuentan los "empleados con regulación laboral".
Regulación laboral a estos efectos es Estatuto del Trabajador.

Todas aquellos empleados cuyas relaciones no estén reguladas por el Estatuto del Trabajador no entran en el cómputo. La vinculación de un empleado autónomo consigo mismo es orgánica, no laboral.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#7

Re: Reduccion por creacion o mantenimiento de empleo

O sea,y disculpa mi insistencia,NO PROCEDE aplicar dicha reduccion eneste caso¿NO?
Otra vez gracias y hasta otra.