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Herencia: Autorizados cuenta fallecido

14 respuestas
Herencia: Autorizados cuenta fallecido
Herencia: Autorizados cuenta fallecido
#1

Herencia: Autorizados cuenta fallecido

En primer lugar daros las gracias por la información que me estáis aportando referente a este tema por el que estoy pasando.
Mi duda es la siguiente:
Ha fallecido mi tío el cual era soltero y no tenía el testamento hecho.
El fallecido tiene 3 hermanos, dos hermanos solo de Padre y mi madre que es hermana de Padre y Madre.
Entonces la cuestión que me ocupa esta vez es la siguiente:
Mi tío tenía una cartilla de ahorros en el banco, en esta cartilla figura como autorizada mi tía, la cual es hermana solo de Padre. La cuestión es que ella dice que la mitad del dinero de esa cartilla es suyo y de la otra mitad también tiene una parte.
Me gustaría saber si esto es cierto.
Muchas gracias.

#2

Re: Herencia: Autorizados cuenta fallecido

Si la cartilla de ahorros tiene DOS titulares , el fallecido y tu tía , a tu tía le corresponde el 50% del importe en cartilla, por ser titular.

Si solo esta como autorizada, no es titular. no tiene ningún derecho sobre el importe de la cartilla.

Al no tener testamento y no existir ni ascendientes ni descendientes, heredan los colaterales mas cercanos que son los hermanos.

Pero en este caso al haber hermanos de doble vinculo (Padre y Madre), estos tienen derecho al doble de herencia que los hermanos de vinculo sencillo (Solo Madre o Padre). En este caso los dos hermanos con vinculo sencillo, recibirán 1/4 de la masa hereditaria cada uno y el de doble vinculo 1/2.

Saludos

#3

Re: Herencia: Autorizados cuenta fallecido

Muchas gracias por tu rápida respuesta.
Todo claro entonces.

#4

Re: Herencia: Autorizados cuenta fallecido

Una última pregunta.
Y del otro 50% restante de la cartilla también tendría alguna parte mi tía por ser titular?

#5

Re: Herencia: Autorizados cuenta fallecido

Si es titular de la cartilla, el 50% es íntegramente de ella por titular y el otro 50% es del otro titular que es el fallecido y por tanto su importe se integra con el resto de bienes en la Masa Hereditaria a repartir en la herencia.

Saludos

#6

Re: Herencia: Autorizados cuenta fallecido

Buenas noches.
Lamento no estar de acuerdo con la contestación dada a Maraba2005 por otro forero.
De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, los fondos depositados en una cuenta bancaria abierta a nombre de dos o más titulares no pertenecen por ese solo hecho a todos los cotitulares (la cotitularidad no determina, por sí sola, la existencia de un condominio, y menos por partes iguales), sino que lo que tal cotitularidad de disposición solidaria sobre la cuenta significa es que cualquiera de dichos titulares tendrá, frente al Banco depositario, facultades dispositivas del saldo que arroje la cuenta. La titularidad dominical sobre dichos fondos y, en su caso, la existencia de condominio sobre ellos, habrá de venir determinada únicamente por las relaciones internas entre ambos titulares y, más concretamente, por la originaria pertenencia de los fondos de que se nutre dicha cuenta, cuestión que deberá ser probada fehacientemente por quien quiera hacer valer ese derecho frente a terceros.
Esta cuestión, insisto ha sido tratada en diversas ocasiones por el Tribunal Supremo, y por ejemplo, desde el punto de vista del Impuesto sobre Sucesiones es una doctrina que aplica la Agencia Tributaria para intentar imputarle al fallecido la totalidad de la cuenta (y no solo el 50%).
Por tanto, Maraba2005, si los fondos de la cuenta derivan exclusivamente de los ingresos realizados por tu difunto tío, la totalidad del saldo le pertenecía a él, y ahora a sus legítimos herederos.
Saludos.
Jaime.

#7

Re: Herencia: Autorizados cuenta fallecido

Dado que no es cotitular sino autorizada, no le corresponde ni un céntimo de dicha cartilla.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#8

Re: Herencia: Autorizados cuenta fallecido

En realidad Lunatico sabe eso perfectamente, le ha dado la versión fácil y más usual, se presupone que la titularidad del dinero es en función del porcentaje de titularidad en la cuenta, pero como bien dices, esto admite prueba en contrario. Vamos, que si no hay discusión, se admite por mitades en caso de dos titulares, en caso de que la haya, el problema es lo de demostrar que el dinero es solo de uno, a veces no es fácil.
DE todas maneras, en este caso que es sólo un titular y un autorizado, no hay discusión que valga, el autorizado no tiene derecho a nada.

Un saludo

#9

Re: Herencia: Autorizados cuenta fallecido

Tu tía tendría que demostrar que parte del dinero de la cuenta es suyo aun no apareciendo de titular, puesto que no se le presupone. Lo tiene muy difícil salvo que aporte justificantes de ingresos suyos en la misma.

Un saludo

#10

Re: Herencia: Autorizados cuenta fallecido

Entonces entiendo que ni apareciendo en la cartilla tanto como titular como si aparece autorizada le corresponde el 50 % no?
Entonces entiendo que el 50% sería para mí madre que es la única hermana de Padre y Madre no?
Vaya tela lo que nos ha tocado pasar.
Muchas gracias

#11

Re: Herencia: Autorizados cuenta fallecido

Si me permites un consejo: si la cantidad a heredar es interesante, y ante las discrepancias, yo pondría la herencia en manos de un buen abogado, por si acaso.

Saludos

#12

Re: Herencia: Autorizados cuenta fallecido

No es así.

- Si es cotitular: ante el banco tiene derecho a todo el saldo. Ante los herederos tiene derecho a su parte que tendrá que dilucidar con ellos. Si tenía gananciales con el fallecido se presume (salvo prueba en contra) que es de su propiedad un 50% y hereda lo que le corresponda, pero esto a efectos de los herederos, no del banco.

- Si es autorizada: No tiene derecho a nada, ni ante el banco ni ante los herederos.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#13

Re: Herencia: Autorizados cuenta fallecido

Lo que pasa es que en la práctica los bancos te bloquean todo el saldo para no verse salpicados por posibles disputas o impago del impuesto de sucesiones, como ha ocurrido a la persona de este hilo hace unos días...
https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/3361144-provision-fondos-notario
y para ello, muchos bancos introducen en el contrato una cláusula explícita sobre este punto, como ING en el citado hilo.
El Banco de España, en su memoria sobre buenas prácticas, indican que no se puede bloquear la disposición de fondos en una cuenta indistinta por fallecimiento de uno de los titulares, de acuerdo a la propia jurisprudencia del Tribunal Supremo, con la salvedad de atenerse a lo que se marque en el contrato -y parece que por aquí es por donde atacan los bancos-.

#14

Re: Herencia: Autorizados cuenta fallecido

Creo que ya se ha comentado anteriormente que esa cláusula de ING es abusiva y posiblemente nula de pleno derecho. Nadie puede renunciar, en un contrato de adhesión, a un derecho tan fundamental como es disponer de sus propios fondos.
Por cierto, no conozco ningún otro banco con ese clausulado. Y me alegro mucho de saber que ING lo aplica, nunca he entrado en ese banco y creo que no lo haré de por vida.

P.D. Por cierto que el Banco de España no admite expresamente esos clausulados. Lo que admite es que una cuenta con varios titulares puede ser indistinta o no.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#15

Re: Herencia: Autorizados cuenta fallecido

El autor del hilo que estáis comentando, la verdad que a mi no me da confianza.

Habría que ver si la clausula existe y si es así, qué dice exactamente.

En los foros se miente mucho y se dice lo que a uno le interesa.

Un saludo.

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