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Juicio preferentes.

1 respuesta
Juicio preferentes.
Juicio preferentes.
#1

Juicio preferentes.

Buenas, en caso de recibir una cantidad por sentencia judicial procedente de preferentes en 2015, que en el año de canje se declaró la pérdida, que procede hacer ahora? complementaria del año correspondiente, rectificando la pérdida o añadirlas este año (no aparece nada en los datos fiscales)?
¿Y habría que separar la parte procedente de intereses de la sentencia?
muchas gracias

#2

Re: Juicio preferentes.

Buenos días,

creo que ese sería el modo de proceder: https://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/2219032-como-rectificar-declaracion-renta

Pero también estás a tiempo de solicitar la cita previa para que te ayuden a hacerlo en la Agencia Tributaria, mientras lleves todos los papeleos necesarios en orden:

https://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/3208727-cita-previa-para-declaracion-renta-2015

Un saludo.