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Montar una empresa de planes de pensiones

20 respuestas
Montar una empresa de planes de pensiones
Montar una empresa de planes de pensiones
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#9

Re: Montar una empresa de planes de pensiones

Bueno si al final la montas avisa, a lo mejor estaríamos interesados en que nos gestionases el patrimonio.

Saludos

#10

Re: Montar una empresa de planes de pensiones

Jeje, ojala pudiese hacer lo del plan de pensiones. Tranquilo que si hago algo avisaré seguramente en mi blog y si me dejan en el foro también.

Otra cosa que puedo hacer es lo de gestionar carteras de de inversion individuales privadas. Exactamente igual que el fondo de pensiones, también 0% de gestión ... aunque esto ya es hablar por hablar, no tengo definido todavia el plan de empresa. Ahora voy a entrar en varias paginas webs y en el colegio de gestores de valencia y ver si ellos tienen respuestas.

Un saludo Furioso.

#11

Re: Montar una empresa de planes de pensiones

Para que te hagas una idea, y de forma muy resumida, estas serían algunas pinceladas sobre el tema:

Los planes de pensiones están supervisados por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, dependiente del Ministerio de Economía.

La regulación básica la encontrarás aquí:

* Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre,por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones.

* Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de planes y fondos de pensiones.

Para poder promover un plan de pensiones primero has de constituir una sociedad anónima (artículo 4 RD 304/2004) cuyo objeto exclusivo ha de ser la administración de fondos de pensiones.

La sociedad anónima tendrá que obtener autorización para gestionar planes de pensiones y han de cumplir unos requisitos muy estrictos (artículo 20 RDL 1/2002) y ha de tener un capital mínimo de 601.012 euros, que se tendrá que ir incrementando en función de los fondos gestionados.

Una vez conseguida la autorización y el registro de la sociedad como entidad gestora, ha de constituirse el plan de pensiones, en escritura pública (artículo 58 RD 304/2004) previa autorización del Ministerio de Economía, y ha de inscribirse en el Registro Mercantil y en el Registro especial de fondos de pensiones.

Como ves, y esto solo es un resumen, la tarea no es fácil y puede sobrepasar la labor de una sola persona.

Un saludo y suerte en tu empeño

#12

Re: Montar una empresa de planes de pensiones

Muchisimas gracias Baldufa. Creo que me va a ayudar bastante tu aportación.

Un saludo

#13

Re: Montar una empresa de planes de pensiones

Bueno, después de haber leido lo que se necesita y todos los requerimientos he llegado a la conclusión que es una faena realmente elevada para una persona solamente y tendría que contratar a personal para que me ayudase, y entonces no podría cobrar el 0% de gestión que quiero cobrar.

Ahora voy a ver formas u organizaciones jurídicas para invertir el patrimonio de 3eros y poder ofrecer ese 0% de comision de gestión. Por lo que ya he visto por este foro y por otros lo mas aconsejable es una SL y manejar mas de 200.000€ n?

Muchas gracias por vuestra ayuda.

#14

Re: Montar una empresa de planes de pensiones

Supongo que lo que mejor te vendría es montar una asesoría financiera. El caso es que en este país, si no les cobras se van a pensar que pretendes algo malo. :)

#15

Re: Montar una empresa de planes de pensiones

Jajaja. La idea que tenia era asesorar, crear un plan para cada cliente, definir su perfil de inversión y solo cobrarles si tengo beneficios. Si que parece que les vaya a estafar en algo, parece demasiado bueno. He visto lo de la asesoria y lo del club de inversion también, pero no es exactamente lo que busco...

#16

Re: Montar una empresa de planes de pensiones

En este caso la opción que podrías tener es constituir una Sociedad Gestora de Carteras (SGC).

Este tipo de empresas de servicios de inversión se contempla en el artículo 64.4 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores (LMV), y sus funciones se regulan en el artículo 63.1 apartados d y g, de la misma Ley.

Básicamente, y es lo que te interesa, pueden realizar

“la gestión discrecional e individualizada de carteras de inversión con arreglo a los mandatos conferidos por los clientes. (Art. 63.1.d LMV)”

Además también permiten la realización de tareas de asesoramiento (Art. 63.1.g LMV).

Lo más importante es que pueden captar fondos de terceros para su gestión, acción esta que no está permitida a las empresas de asesoramiento financiero (EAFI) (Art. 64.5 LMV).

Para poder actuar como SGC es necesario la pertinente autorización del Ministerio de Economía y su posterior registro en la CNMV (Artículo 66 LMV).

El capital mínimo para poder constituir una SGC es de 100.000 euros. Artículo 15 RD 217/2008

Espero que te sirva de orientación y ya nos irás informando de tus avances en estos temas.

Un saludo