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Subsidio mayores de 52

23 respuestas
Subsidio mayores de 52
Subsidio mayores de 52
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#1

Subsidio mayores de 52

Hola buenos días, me han aprobado el subsidio de mayores de 52 años hasta el año 2033. Pero tengo una duda.
Hay que renovarlo todos los años??. 
Muchas gracias
#2

Re: Subsidio mayores de 52

No...cada año tendras q presentar la declaracion de hacienda y renovar la demanda de empleo en las fechas señaladas
#3

Re: Subsidio mayores de 52

Hola, enhorabuena...te ha tardado mucho, desde que lo pediste hasta el primer ingreso bancario o notificación afirmativa? Gracias amigo. 
#4

Re: Subsidio mayores de 52

Si tienes que renovarlo todos los años,apunta la fecha en que te caduca y el SEPE asta un mes antes de caducar permite renovarlo ,a mi me caducaba el 29 de diciembre y lo renove el 15, de diciembre o si no tienes un plazo de 15 días después de que caduca sin contar festivos
#5

Re: Subsidio mayores de 52

Hola, enhorabuena...te ha tardado mucho, desde que lo pediste hasta el primer ingreso bancario o notificación afirmativa? Gracias amigo. 
#6

Re: Subsidio mayores de 52

El plazo legal es de 15 días hábiles desde que se cumpla un año seguido cobrando el subsidio sin interrupción. 
Antes se aceptaba un mes antes y un mes después de esa fecha pero teóricamente eso ya no se puede hacer.
Lo aclaro para evitar sorpresas desagradables, quien vaya antes del plazo de 15 días señalado se arriesga a que le den la vuelta.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#7

Re: Subsidio mayores de 52

¿El SEPE te envía un mail o algún aviso de recordatorio?
#8

Re: Subsidio mayores de 52

Envía una carta informativa.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#9

Re: Subsidio mayores de 52

Pues no la verdad, lo pedí en diciembre y he cobrado en enero , eso sí 15 días 
#10

Re: Subsidio mayores de 52

Buenos días:
El próximo 22.11.22 se cumple un año que me concedieron el subsidio +52 por consiguiente el día 23.11.22 voy a hacer la DAR telemáticamente.
He visto el manual de instrucciones telemáticas y los documentos entiendo que tengo que guardar son la propia solicitud y el resguardo. ¿Entiendo que nueva resolución no hay ya que es una renovación sin superación de rentas y todo normal.?
Gracias y saludos.
#11

Re: Subsidio mayores de 52

Si lo hace telemáticamente el plazo empieza un mes antes así que ya podría presentarla. No así en oficina.
Es una declaración, no una solicitud, así que si todo está bien no recibirá respuesta ninguna. Con guardar el resguardo debería ser suficiente, pero por aquello de tener constancia de lo declarado es bueno tener la solicitud también.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#12

Re: Subsidio mayores de 52


Pero si la presento antes del año empezará a contar el año siguiente desde la fecha de la presentación y no desde el día 22 que es cuando hace el año no? 









#13

Re: Subsidio mayores de 52

NO;   para la siguiente DAR el SEPE sigue respetando desde  la fecha del nacimiento del derecho o desde la última reanudación. 
#14

Re: Subsidio mayores de 52

Entonces puedes asegurarme que si hago la dar este lunes 7 de noviembre el año que viene las fechas de la dar serán desde el 22 de octubre hasta el 22 de diciembre es decir un mes antes y un mes después del 22 de noviembre que es la fecha en que me lo concedieron
Es que no quiero adelantar fechas para años sucesivos

#15

Re: Subsidio mayores de 52

Te lo asegura una de las pantallas de la sede electrónica,  que antes de presentar la declaración actual te informa de la fecha de la siguiente DAR