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Iniciar con poca actividad Fotografia y Diseño-Documentación legal, Fiscalidad y gastos.

2 respuestas
Iniciar con poca actividad Fotografia y Diseño-Documentación legal, Fiscalidad y gastos.
Iniciar con poca actividad Fotografia y Diseño-Documentación legal, Fiscalidad y gastos.
#1

Iniciar con poca actividad Fotografia y Diseño-Documentación legal, Fiscalidad y gastos.

Tengo una duda que preocupo a mi hija muchísimo y no sabe por donde ha de seguir.
Hace tiempo que quiere realizar la actividad de fotografia de eventos, reportajes particulares, de producto, etc.... ella tiene ahora un lugar habilitado en su casa para ello, es diseñadora gráfica y le salen muy pocos trabajos pero el dilema es si montar un local o realizar el trabajo como autónoma, la diferencia es muchísimo en términos de gastos, partimos de la base de que sus ingresos ahora mismo son bajísimos, lo que comentabas del SMI no lo alcalnza ni de lejos, por lo que para empezar eL ALTA de Autónomos en principio se la puede ahorrar.
El dilema de ella es saber que pasos debe dar para no tener miedo a publicitarse y poder realizar la actividad de forma totalmente legal y luego según funcione se abra un local de fotografia y que de momento no le puedan llamar la atención de ninguna manera por hacer una actividad económica sin estar dada de alta.
Os ruego me deis vuestros consejos sobre el tema para trasladar a mi hija y que pueda comenzar a trabajar, he de añadir que en diseño, retoques y fotografia hace unos trabajos de muchísima calidad, por lo que por ese aspecto yo particularmente estoy tranquilo, pues cuando se inicie y en lo que respecta a clientela no le faltará probablemente, el asunto es como enfocarlo de manera correcta fiscal y laboral para que ella esté tranquila y pueda desarrollarlo sin dudas y poder publicitarse libremente en su actividad.
Muchas gracias por anticipado, cordiales saludos.

#2

Re: Iniciar con poca actividad Fotografia y Diseño-Documentación legal, Fiscalidad y gastos.

En esto de inicios de actividades económicas de rendimiento incierto, lo que se ha ido desarrollando de una manera anómala, pero plenamente legal, es un conjunto de criterios que más o menos establecen que salvo excepciones, el desarrollo de una actividad económica de manera ocasional no obliga al alta en autónomos.

La clave es eso de la ocasionalidad, que es lo contrario de la "habitualidad". Si una profesión es habitual, el alta en autónomos es obligatoria.

¿Y cuando es habitual o no? Pues, depende...

Es un conjunto de indicios y criterios.

Uno de ellos es superar o no, en volúmen de negocio (facturación), el importe del SMI.
Si se supera el importe del SMI, se puede suponer que la profesión se desarrolla con la suficiente "habitualidad".

Otro de ellos es el desarrollar la profesión mediante un local comercial habilitado. Si un local comercial está habitualmente abierto, es que se desarrolla la profesión de manera habitual.

En cambio, el uso de publicidad de sus servicios no es indicio de habitualidad. Es algo que sí sirve para hacienda (IVA, IRPF,), pero no para la seguridad social, ya que per se, la mera publicidad no denota como es la actividad, si habitual u ocasional.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Iniciar con poca actividad Fotografia y Diseño-Documentación legal, Fiscalidad y gastos.

Muchas gracias por tu respuesta me aclara bastante la duda que tiene mi hija. Saludos.