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Carta de una Plataforma Blanca a Gil Robles Abogados

50 respuestas
Carta de una Plataforma Blanca a Gil Robles Abogados
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#17

Re: Quieren sellos o dinero?.

Hola de nuevo, veamos: Si definitivamente las empresas son declaradas Mercantiles tenemos todo el derecho a que se respeten los contratos mercantiles que fimamos (incluidas todas sus clausulas como la de recompra), por tanto tendriamos derecho a que nos pagasen nuestra inversion con los correspondientes intereses. Otro tema es que lógicamente Afinsa no puede hacer frente a esos pagos actualmente debido a la intervenvión y destrucción de su funcionamiento en estos casi 5 años, pero si finalmente se declaran Mercantiles los acusadores y precursores de este desastre tendran que responder por sus actos y se tendran que hacer cargo de resarcirnos (aunque esto puede ser largo...) .

Yo no quiero mis sellos, quiero mi dinero, que quede claro.

Saludos.

#18

Re: Quieren sellos o dinero?.

Mi opinión es muy parecida a la tuya.

Yo quiero mis sellos, porque son míos y porque eran míos el dia en que se inició el saqueo de Afinsa. Aunque algún Juez haya retorcido lo que le haya venido en gana retorcer para arrebatarme la propiedad de algo que compré legítimamente. Pero yo no quiero quedarme con ellos.

Lo que quiero es que se cumplan los acuerdos de los contratos que firmé, perfectamente válidos y legales según reconoce el Tribunal Supremo, y que la empresa los coloque en el mercado o me los recompre en las condiciones pactadas. Y si la empresa no existe porque se la han cargado, sin base legal alguna, alguien deberá responder y resarcirme.

No es que quiera los sellos. Es que los sellos son míos. Como mío es el contrato que en su día firmé con Afinsa, cuyo cumplimiento pretendo exigir.

#19

La imaginación al poder

En tu comentario me dices:

Ahí, ahí lo has clavao, ahora solo falta que nos ilustres que definen las leyes como operación mercantil y como operación financiera.

A ver si está contemplado como mercantil comprometerse a recomprar el objeto después de un año, por ejemplo, con revalorización y pagando mientras tanto unos intereses, y custodiando el objeto en su poder y que ademas el "cliente" se comprometa a NO USAR NI TANGIR el citado objeto.

En ninguno de los tres tipos de contrato que tengo con Afinsa se recoge nada parecido. Ni en la forma ni en el fondo.

¿Podrías señalar, por favor, en qué tipo de contrato de Afinsa y en qué cláusula o cláusulas en concreto se recogen esos compromisos y obligaciones? ¿Tangir?¿De dónde has sacado ese "palabro"?

Espero ansiosamente tu respuesta.

#20

La regulación de la actividad de Afinsa

En respuesta a tus múltiples requerimientos paso a contestarte este asunto, cosa que no voy a repetir, o sea que presta atención.

La naturaleza de la ACTIVIDAD MERCANTIL DE AFINSA la establece la Ley 35/2003 de 4 de noviembre. No es que con anterioridad a esta fecha su naturaleza fuera distinta, simplemente esta Ley concreta y precisa su ámbito de actividad y califica su operativa. Y aunque la ley tenga el reglamento sin desarrollar, este principio no ofrece dudas.

Y una vez establecida la naturaleza MERCANTIL de Afinsa, la mercantilidad de su operativa y de sus contratos (cosa que para más abundancia ha ratificado el Tribunal Supremo como supongo ya sabes) ya no hay ni puede haber duda alguna de que a Afinsa le son de aplicación todas las leyes en vigor al 9 de mayo de 2006 y que obligaban a todas las empresas MERCANTILES. A título informativo y no exhaustivo te puedo citar: Código de comercio, Ley de Sociedades, Código Civil, Legislación Tributaria, Ley cambiaria y del cheque, etc. etc., y por supuesto, la mismísima Constitución.

Mientras la Ley no dispusiera otra cosa, Afinsa, como EMPRESA MERCANTIL, estaba sujeta exactamente a las mismas leyes que cualquier otra empresa mercantil, da lo mismo que sea Carrefour, El Cortes Inglés, Inditex, Danone, un fabricante de zapatos o una cadena de venta de electrodomésticos. ¿O acaso pretendes convencernos de que ninguna de estas empresas o actividades están o estaban reguladas?

#21

Re: Quieren sellos o dinero?.

Por un lado dices que el que quiera sus sellos que se los lleve y asi se de por pagado,y por otro dices que el derecho a reclamar cantidades no lo dan los jueces sino que viene otorgados por los contratos,entonces aclarame una duda por favor,sellos y cantidades a reclamar cuando venzan los contratos ¿no es todo uno?,porque segun los contratos,ya sentenciados estos como totalmente reales y mercantiles,se dice que tu compras un bien y la empresa se compromete a recomprarte ese bien,y con la ley en la mano,me refiero a la ley vigente en mayo de 2006,meter en el pasivo de una empresa mercantil el pacto de recompra de un contrato mercantil es como minimo "un poco atrevido" ¿no?.

#22

Re: La imaginación al poder

Pues si Afinsa comerciaba con bienes tangibles, es que se podrian "tangir" no??
Ahora solo me falta que me digas que los sellos no eran tangibles.

Entonces que contratos tienes tú? no se revalorizaban tus sellos? no te daban unos pagares con las revalorizaciones? no se comprometian contractualmente a la recompra???
Entonces va a ser que tu realmente comprabas sellos, pero te aseguro que la mayoria de los clientes teniamos contratos diferentes.

En Afinsa ponian todo tipo de pegas para que te llevases los sellos, que por otra parte no interesaba tener, y al que se los llevaba, no es mi caso, pero tengo entendido que se los entregaban en un sobre lacrado que no podia abrir, por tanto no podía ni "tangirlos", y si no preguntale a Angelo que él los tuvo en su poder.

#23

Re: La regulación de la actividad de Afinsa

Pues mira lo que tu opines o lo que yo opine, son solo eso opiniones, y lo que tu manifiestas sobre la ley 35/2003 es una opinión que no tenemos porque creernos.

En el famoso folleto del ministerio se recuerda que las empresas de b.tangibles no estan sujetas a esa ley, y aunque sea de un gobierno desastroso su opinión en esto más fiable que la tuya.

Yo lo que pedia es que nos ilustres que articulo exactamente ampara la operativa "clavada" de Afinsa. Lo de garantizar unos intereses o revalorizaciones y la recompra final. Eso se reguló en una ley posterior que desgraciadamente en mayo 2006 no existía y que precisamente fijaba la obligación de "AVALAR" el valor del bien tangible.

Respecto a la mercantilidad de la empresa no hay duda, no hace falta que insistas, porque nunca nadie la ha puesto en duda, lo que ya es mas dudoso es que la operativa que en realidad practicaba, aunque sin estar autorizada, fuese sospechosamente financiera, esa es la querela que tienen puesta los fiscales y lo que se tendrá que dirimir en juicio.

Las actividades de esas otras empresas mercantiles son vender productos, pero ni te garantizan que se revalorizaran y te dan pagares por ello, ni te garantizan que te vayan a recomprar los zapatos por ejemplo un año más tarde.

#24

Re: La regulación de la actividad de Afinsa

Si quieres convencer a alguien deberías esforzarte un poco más. Porque no se trata de opiniones.

El Tribunal Supremp lo deja muy claro, no solamente ratifica la mercantilidad de la empresa, sino también su operativa y sus contratos. ¿Qué más necesitas?

Caramba chico, es que no hay peor ciego que el que no quiere ver. Y no querer ver cosas tan contundentes como sentencias del Tribunal Supremo, en mi opinión, es un despropósito.