… “Salvo España y Portugal Afinsa nada de nada” …
¿Qué quieres, que estuviera en todas partes obligatoriamente presente?
... "lo que diferencia a la SG de la quebrada Afinsa ... ya se ha dicho" ...
Pues sí, las diferencias que tú estableces son tus ensoñadas elucubraciones de las que sacas tus "paranoicas" conjeturas y al más puro estilo "yabariano". Para cantinelas, la tuya:
Que en Afinsa había supuestos "chanchullos" que no hay en SG y que los sellos de esta sí valen y los que vendió la otra valen muy poco o no tienen valor alguno. En ese mezquino reducto es donde te refugias y encuentras tu último aliento. Demostraciones legales o válidas, jurídicamente, en cualquier continente (menos en España), sin embargo, ninguna. Ese es el problema malo que tenemos.
… “No, no a la empresa nadie la ha condenado todavía y menos por no presentar una contabilidad que el juez les pidió” …
Como a una empresa no se la puede meter en prisión al igual que a un condenado, para sacarla de la circulación la metemos en Concurso. A fin de cuentas, qué más da si el resultado es el mismo.
… “Después de la sentencia que dice que era mercantil, Afinsa sigue en concurso y en liquidación eso sí que está meridianamente claro” …
“Algunos parece que siguen sin saber lo que es prevaricar y otros se confunden con los prevaricadores”.
… “de lo que se trata es de las "operaciones" de la empresa” …
Por de pronto ya sabemos que eran operaciones mercantiles y no lo que estos (AACC) sostienen, al empeñarse en continuar diciendo que eran financieras. Al final va resultando que donde unos dijeron “digo” ahora otros dicen “diego”, pero siguen como si nada, pegándole una patada, con tal de seguir echando esta “lata” hacia adelante.
… “el uso que hacían del catálogo Brookman Europe, y a ver si tiene algo que ver con el uso de otros catálogos por otras compañías” ...
Por lo que yo sé, cada Compañía suele usar un catálogo propio que edita y eso es lo que también hacía Afinsa, igualmente. El evento que sucedió en torno a ese catálogo, es que a Afinsa le llegó a interesar adquirir su propiedad, legalmente, pero al final dicho acuerdo no llegó a ningún trato específico y no se cerró, definitivamente. Si lo que se pretende es acusarla de apropiación indebida o de robo, que lo demuestren enteramente y no se inventen más cuentos o historias, con mala fe o con dolo.
… ¿a qué esa obcecación en "convencerme" como para que yo te dé el visto bueno? …
¿Convencerte yo? No sé por qué llegas a concluir eso. Nada más lejos de mi intención que tratar de impedir que alguien decida libremente. No creo necesitar, tampoco, el visto bueno de nadie y menos aún el tuyo. Aquí ya somos muy maduros para saber todos lo que queremos.
Lo único que trato de resaltar, es que los sellos necesariamente importan o, nos tienen que importar, porque son el vehículo necesario para hacer líquidas nuestras inversiones. De no ser porque se apropió de tus sellos la AACC, no cobrarías ahora ni ese “famélico” 5%. Por lo mismo, quienes a través del Concurso van a querer cobrar y se hubieran quedado en su día con la filatelia, la tendrían ahora que entregar o tendrían que haberla entregado ya. Así, si tú hubieras tirado esos sellos que no te importan, a la basura, ahora no podrías cobrar. Eso es todo y espero haberme explicado adecuadamente, ya.