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A vueltas con las enseñanzas que podemos extraer del caso Garzón, es especialmente relevante el caso de Santander, que directa o indirectamente nos lleva a una situación en la que podemos ver unos cuantos cruces de caminos, cuando menos simpáticos.

Debemos recordar que el fundamento de la acusación contra Garzón es el de percibir importes de la entidad, y posteriormente no abstenerse y archivar en 40 días (tiempo inusualmente rápido), un juicio contra los responsables de Banco Santander y Bankinter. El caso que llegó a manos de Garzón, se refería a la intervención en el caso BANESTO.

Por tanto debemos remontarnos al día de los santos inocentes de 1993, en el que ante un desfase de caja superior a los 3.600 millones de euros, (600.000 millones de las antiguas pesetas), el Banco de España intervino BANESTO. La entidad fue posteriormente adjudicada al Grupo Santander, donde sigue a fecha de hoy.

El 29 de marzo de 1994 se publica en el BOE el concurso para la adjudicación de BANESTO, que finalmente gana BANCO SANTANDER. El resultado es el siguiente, según lo indicado en las cuentas de Santander en el año 1994, (a disposición de cualquiera en la página de la cnmv):

El fondo de garantía de depósitos inyecta 1.081 millones de euros (180.000 millones de pesetas), ampliando capital en BANESTO, y vende esta participación; Santander compra esta participación pagando 1.883,92 millones de euros, (313.458 millones de pesetas).

Pero a su vez el fondo de garantía de depósitos se compromete a otorgar una subvención de 1.712 millones de euros, (285.000 millones de pesetas), mediante una operación que consistió en la venta de activos desde BANESTO hacia el FGD, (a través de SGI) por importe de 2.897 millones de euros, (482.170 millones de pesetas) y la compra de estos mismos  activos por BANESTO, (también a través de SGI), en el mismo momento por un importe de 1.185 millones de euros, (197.170 millones de pesetas). Hay que hacer constar que toda esta operación no se consolidó en cuentas, ya que se ha elegido realizar esta operación con una empresa que hasta ese momento se llamaba “servicios de aerotransportes especiales”, que no consolidaba.

Además el Fondo de Garantía de Depósitos facilitaba un préstamo a tipo de interés cero por importe de 1.893 millones de euros, (315.000 millones de pesetas) que genera un coste para el fondo de 246 millones de euros, (41.000 millones de pesetas). Aparte el Fondo de Garantía de Depósitos asumía las posibles pérdidas derivadas de los activos.

Con todo este baile, es posible que nos hayamos perdido un poco pero quizás debamos resumir lo que ha pasado:

Santander consigue un préstamo sin interés de 1.893 millones de euros, para comprar por 1.883 millones de euros cerca del 75% de BANESTO, al que se le inyectan 2.266 millones de euros. Mientras el FGD pone el dinero para la operación y asume unos costes de 3.039 millones más la cobertura de riesgos, más toda una serie de comisiones de gestión de los activos, comisiones de éxito y demás aspectos sobre los que no hay información.

Transcurrido el tiempo, llegamos a 1998, donde se liquida SGI. El baile en este momento es de impresión e imposible de cuadrar al no facilitar en las cuentas la participación en BANESTO. Sin embargo en las cuentas de 1998, tenemos que a 31 de diciembre de 1997, Banco Santander tenía una participación con un coste de 1.555 millones de euros, (258.842 millones de pesetas). Para ver el porcentaje que suponía tenemos que ir a las cuentas de 1997 y comprobar que era el 49,25%. Pues en este momento, la entidad se ha gastado 3.592 millones de euros en llegar al 94,92 %, de tal forma que se comprueba con una simple regla aritmética que el beneficio de la operación hasta ese momento ascendía a unos 4.500 millones de euros definidos en la querella. (Es imposible determinar los datos exactos porque faltan un buen número de datos pero es coherente con los conocidos). En todo caso, debemos tener en cuenta que nadie ha cuestionado el beneficio de la operación en la que la entidad no ha puesto un duro, sino que se cuestionaba si era legítima o no; se cuestionaba si existió algún tipo de tráfico de influencia o valoraciones irreales en la compra de la entidad. En definitiva, si creemos que no ha existido tráfico de influencia, o si creemos que las valoraciones han sido realistas siempre, debemos decir que esto es censurable, una ruina para el estado y todo lo que queramos, pero legal. En todo caso, creo que merecería que alguien investigase algo, pero va a ser que no.

Por supuesto, puede ser entendible cierta mejora en la valoración del banco intervenido, sobre todo porque se ha trabajado en la recuperación de activos, con un ímpetu tal que Alfredo Saez, (hoy consejero delegado de Banco Santander y en la época de Banesto), tuvo que ser recientemente indultado tras las elecciones generales por  estos hechos.

En todo caso, parece que ningún tribunal ha merecido investigar este enriquecimiento que, legal o no, parece a todas luces excesivo en cualquier entorno. De hecho Garzón abrió diligencias para esclarecer todo esto el 13 de octubre de 2006, ante una querella en la que se denunciaba a varios directivos de la entidad así como del Banco de España por prevaricación.

El 28 de noviembre de 2006, se conoce que Garzón archiva las actuaciones, en lo que parece un record mundial de velocidad, debido a que parece que el querellante tiene un odio manifiesto contra Santander, (¡a ver si va a ser extraño que el querellante en cualquier procedimiento penal tenga cierta antipatía con el querellado!), y en base a los informes positivos del Banco de España, (¿y la prevaricación?), y de sentencias anteriores sobre distintos aspectos de la intervención.

Lo malo no es que sea un completo despropósito todo este esquema. Lo realmente grave es que a la vista de que es legal, nos encontramos exactamente con el mismo esquema actualmente con el caso de la CAM, donde como he tratado de exponer en el post que finalizaba la serie de la situación del Fondo General de Depósitos,  en el que las conclusiones eran muy similares.

“Por tanto Cajastur, ha conseguido los activos buenos de CCM, protegidos, un préstamo de 2.475 millones por el que paga 107 millones de intereses en cinco años, pero por el que cobra 120,5 en comisiones, (cobrando una comisión de éxito por no perder en los activos que se ha quedado gratis), y cobra 81,5 millones por vender unos activos que según el fondo valen 2 millones de euros.”.

Desde luego la generalización de toda esta forma de actuar explica perfectamente la situación penosa del fondo de garantía de depósitos, (que ha pasado a ser ahora un producto apalancado para rescatar bancos). También explica las razones por las que la gran banca prefiere reestructuraciones con fusiones, ya que es fácil comprobar que en realidad no se está rescatando a las cajas, sino que se están rescatando bancos, al facilitarles un pelotazo, garantizado por todos nosotros, sin obstáculos legales a costa de cargarse a la competencia. Y se entiende también una situación en la que estamos en la que algo habrá tenido que ver que el dinero se hace con el pelotazo en los despachos a cuenta de todos nosotros e indultando al que por algún misterio de la naturaleza acaba imputado por algo.

Y por cierto, volviendo a la discusión de si existen o no perjudicados, es fácil deducir que existen muchos perjudicados, tantos que parece que no hay ninguno.

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  1. Top 100
    #3
    31/01/12 16:10

    Esto es como siempre, al final son una porra de millones que se llevan unos pocos de unos muchos (como siempre ha sucedido desde los tiempos mas remotos).

  2. #2
    31/01/12 11:49

    ¿Qué hay que hacer para que me den un préstamo sin interés de dinero público para comprar una empresa? Me interesarían unos 30 milloncetes de euros sin intereses para comprar acciones de BME y algo de Inditex.

    Desde mi perfil en rankia mismo podéis contactar.

    Gracias.

    P.D.: Por si cuela.., como a Botín...

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