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Tributación de las apuestas deportivas online en la Declaración de la Renta

Tributación de las apuestas deportivas online en la Declaración de la Renta

Ya conocíamos la obligación de tributar por las ganancias obtenidas en premios nacionales como la lotería y las quinielas, pero también debemos de saber que lo que ganemos con apuestas deportivas online deberá de tributar en la Declaración de la Renta

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¿Cómo tributan las apuestas deportivas?

Si un contribuyente español invierte en apuestas deportivas y en partidas de póquer online, deberá de saber que se aplicará la legislación fiscal del país en el que tribute (residencia habitual durante más de 183 días al año), en este caso España y no del país dónde esté registrada la casa de apuestas.

 

Tributación en el IRPF de las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la participación en apuestas deportivas y en partidas de póquer online. 

Los jugadores tendrán que tributar en su Declaración de la Renta por las ganancias obtenidas en las apuestas deportivas y en partidas de póquer online, es decir, por el dinero ganado, en el año en que se generen y tributarán como ganancia en la base imponible general ya que no procede de una transmisión patrimonial (sumándose a los rendimientos del trabajo), siendo gravada por un tipo impositivo que puede ir desde el 19% hasta el 45% en la Declaración de la Renta 2015, dependiendo de la comunidad autónoma donde tengamos el domicilio. 
 
Las ganancias en apuestas deportivas online se calculan sobre lo ganado, no sobre lo retirado.
 
Se tiene que tributar por los beneficios obtenidos en las casas de apuestas independientemente de si se retira la ganancia del banco o se mantiene. Para el cálculo de esta ganancia derivada de las apuestas deportivas online, el contribuyente podrá deducirse las cantidades previamente jugadas por las que no obtuvo premio alguno y que supusieron una merma o pérdida de su patrimonio. En todo caso, estas pérdidas no podrán superar a las ganancias.
 
Ejemplo: un jugador hace una apuesta deportiva online por 100€ y no gana nada. Un mes después, vuelve aposta 100€ más y pierde. Dos meses después hace una apuesta deportiva y gana 400€. No deberá tributar por los 400€, sino que podrá restar las cantidades apostadas anteriormente (siempre que se hayan apostado en el mismo ejercicio fiscal) por las que obtuvo pérdidas.
 
Si el cálculo total del contribuyente indica que en el ejercicio ha obtenido pérdidas derivadas de las apuestas deportivas, no podrá deducirse es importe en su Declaración de la Renta, ni los gastos generado, a diferencia de lo que ocurre cuando se invierte en activos financieros como por ejemplo acciones. Tal como dice la Ley 16/2012, de 27 de diciembre:
 
No se computarán como pérdidas patrimoniales las debidas a pérdidas en el juego obtenidas en el período impositivo que excedan de las ganancias obtenidas en el juego en el mismo período. En ningún caso se computarán las pérdidas derivadas de la participación en los juegos a los que se refiere la disposición adicional trigésima tercera de esta Ley (los juegos cuyos premios están sometidos al gravamen especial).
En el supuesto que un contribuyente solo haya obtenido rendimientos por estas apuestas deportivas online y no superen el límite de 1.000€ anuales, no tendrá obligación de presentar la Declaración de la Renta y tributar por estas ganancias. Y en el caso de haber apostado en diferentes casas de apuestas, deberemos saber que se tributará por el conjunto de los beneficios netos globales que hayamos obtenido durante el año.
 
 

Ley del Juego

Con la Ley de Apuestas que entró en vigor en Junio de 2012, se pretendía regular la fiscalidad de las casas de apuestas online, por lo que el nuevo impuesto al juego online está dirigido a las salas de apuestas y no a los jugadores.
 
Todas las casas de apuestas que quieran tener actividad en España tendrán que adquirir una licencia y acogerse a la legislación española, así como los beneficiados de estas apuestas deberán declarar en Hacienda sus ganancias. Normalmente, las casas de apuestas tendrán la obligación de informar sobre las cuentas de sus clientes sólo a la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ), pero en caso de que la Agencia Tributaria les solicite esta información, también tendrán que informar sobre las cuentas de los clientes.
 
 
  • Fiscalidad
  • Declaración de la Renta
  • IRPF
  1. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #100
    14/10/14 17:13

    Ok gracias por la respuesta anterior, me planteo otra duda a la hora de sacar las ganancias anuales ¿Se computan de la misma manera, las distintas modalidades de juego online (poker, apuestas, ruleta,etc)?

    Por ejemplo imaginemos estoy en + 2800 en apuestas y en - 1700 en poker, se descontarian a los 2800 ganados en apuestas los 1700 perdidos en poker, suponiendo por ejemplo en este caso la no obligacion de tributar ya que no llego a los 1600 de beneficio neto (estaria en 1100) despues de despues de restar a lo ganando apuestas lo que se perdio en poker, sumandole que soy mayor de 25 años y no tengo ningún pagador.

    Muchas gracias.

  2. en respuesta a josecarlo
    -
    Top 100
    #99
    13/10/14 17:30

    Depende del tipo de ingresos, si se trata de ganancias patrimoniales sometidas a retención por importes superiores a 1.600€ tendrá la obligación de presentar la Declaración de la Renta. Te recomiendo que lo hables con un asesor fiscal.

    Saludos,

  3. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #98
    13/10/14 14:15

    ok gracias por la respuesta, tengo otra consulta referente al tema de las apuestas deportivas. En el caso de los hijos menores de 25 años que estudien o esten desempleados, a partir de que cantidad de ganancias tendran que hacer una declaración de la renta individual y no con sus padres 1000, 1300 o 1600?

    Muchas gracias.

  4. en respuesta a josecarlo
    -
    Top 100
    #97
    13/10/14 09:20

    Bienvenido a Rankia,

    Si en el ejercicio de 2014 tienes rendimientos del trabajo de un pagador inferiores a 22.000€ y ganancias en apuestas deportivas y póquer online inferiores a 1.600€, no estás obligado a presentar la Declaración de la Renta. En cuanto alguno de estos dos rendimientos supere los límite establecidos en la ley del IRPF estarás obligado a presentar la Declaración de la Renta e indicar todas las ganancias obtenidas.

    Saludos,

  5. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #96
    11/10/14 19:15

    Hola, entonces por ejemplo yo aunque este trabajando, pero no excedo los limites a la hora de tener que tributar por los rendimientos del trabajo tendria que tributar por unas ganancias netas inferiores a 1000 €? Y si mis rendimientos del trabajo exceden los limites, tendria que tributar por unas ganancias netas inferiores a 1000€?

  6. #94
    11/10/14 13:06

    Buenas tardes un caso de un familiar cercano, ha obtenido rentas del trabajo menos de 22.000 € y ha obetenido este año en apuestas menos de 1.000 € de beneficios? Tendria que hacer la declaracion? Y si gana mas de 22.000 € tendria que incluir los menos de 1.000€ en beneficios en apuestas?

    Gracias de antemano por la respuesta.

  7. en respuesta a Víctor Cubillo
    -
    Top 100
    #93
    11/09/14 16:30

    Bienvenido a Rankia Victor,

    Si has tenido ganancias en apuestas deportivas o póquer online de 1.600€ o más, estarás obligado a presentar la Declaración de la Renta. Si no la presentas, es posible que la Agencia Tributaria te pida un requerimiento y la tengas que presentar con fecha posterior con la correspondiente sanción. Tendrá hasta 4 años para poder pedirte que la presentes.

    Un saludo,

  8. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #92
    11/09/14 11:56

    hola! he ganado 1600 euros de ganancias este año , tengo que hacer la declaración de la renta? o al no superar esa cifra no hace falta? que pasa si no la hago? gracias

    un saludo

  9. en respuesta a jcabanero
    -
    Top 100
    #91
    08/09/14 11:11

    Buenos días,

    Así es, estas ganancias tributan en la base imponible general y el tipo impositivo puede ir desde el 24,75% hasta el 52%.
    Saludos,

  10. #90
    05/09/14 20:37

    Buenas tardes, yo ya estoy obligado a presentar declaración, así que cualquier ganancia procedente de las apuestas tengo que declararla y tributar por ella al tipo de IRPF que me aplican.

    Mi duda es, ¿estas ganancias se sumarían a mi base imponible, pudiendo provocar que me suba el IRPF?

    Saludos.

  11. en respuesta a contos1991
    -
    Top 100
    #89
    04/09/14 14:22

    Buenas tardes,

    Si que te afecta, al tener ganancias patrimoniales sometidas a retención superiores a 1.600€ tienes obligación de presentar la Declaración de la Renta y tributar por el total de estas ganancias (aunque no tengas trabajo). Tienes que tributar por las ganancias obtenidas en las apuestas deportivas y en partidas de póquer online en la base imponible general del IRPF.

    Si no presentas la declaración y te pilla Hacienda, te multarán a pagar el impuesto correspondiente más una sanción.
    Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal y le comentes tu caso.

    Un saludo,

  12. Nuevo
    #88
    04/09/14 12:30

    alguien me puede explucar como va la tributación de apuestas deportivas. Estoy sacandome sobre 5 o 6 mil euros al año. Esto me afecta en la declaración? que ocurre si no hago la declaracion? no tengo trabajo, me afecta el juego?

  13. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #87
    27/08/14 12:57

    Después de estar varios días investigando he encontrado una respuesta.
    En el Boletín Oficial del Congreso de los Diputados D-496 de 16 de julio de 2014
    En la página 143, ante una pregunta del diputado Antonio Hurtado sobre previsiones acerca de deducir las pérdidas de juego en el IRPF, el gobierno responde:
    ....Por lo tanto, atendiendo al principio de capacidad económica, para la cuantificación de la ganancia patrimonial derivada de la obtención de un determinado premio procedente del juego SE COMPUTARÁ LA DIFERENCIA POSITVA ENTRE EL IMPORTE DEL PREMIO OBTENIDO Y LA CANTIDAD JUGADA directamente relacionada con la obtención del mismo, al ser esta diferencia la magnitud que representa la cuantía de la renta obtenida por el contribuyente....

  14. en respuesta a manum
    -
    Top 100
    #86
    25/08/14 09:46

    Buenos días,

    En mi opinión, en este ejemplo que has puesto (apuestas ganadoras en el año 1.500€ y apuestas perdedoras en el año 400€) deberías de indicar en la Declaración de la Renta 1.100€ de ganancia patrimonial. De todos modos, te recomiendo que acudas a un asesor fiscal especializado en el tema y te aclare el cálculo de esta ganancia patrimonial.

    Un saludo,

  15. en respuesta a manum
    -
    #85
    24/08/14 19:25

    Según he leído en otro foro la forma de calcular las ganancias sería así:
    SALDO A 31 DICIEMBRE 2014 - SALDO A 1 DE ENERO 2014 + RETIRADAS - INGRESOS.
    Ejemplo:
    Saldo el 31 diciembre 2014: 1000
    Saldo el 1 enero 2014: 300
    Retiradas: 700
    Ingresos: 500

    1000-300+700-500= 900 euros de ganancias.

    ¿Esto es así, hacienda solo tiene en cuenta el resultado positivo que tengas en la casa de apuestas al cabo del año? ¿No mira el resultado de las apuestas que hayas hecho dentro de la casa de apuestas?

  16. en respuesta a manum
    -
    #84
    24/08/14 13:49

    Si hago una única apuesta en el año de 1000 euros a cuota 4 y por tanto cobro 4000 euros, tengo que declarar como ganancia neta 3000 euros o 4000 euros.

  17. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #83
    24/08/14 12:23

    Perdona si te vuelvo a preguntar, es que no tengo clara algunas cosas. Te pongo un ejemplo:
    Ingreso en la cuenta 100 por lo que tengo en la cuenta 100
    Apuesto 100 y gano 200 " " " " " " " 200
    Apuesto 100 y gano 300 " " " " " " " 400
    Apuesto 100 y gano 600 " " " " " " " 900
    Apuesto 100 y gano 400 " " " " " " " 1200
    Apuesto 100 y pierdo " " " " " " " 1100
    Apuesto 100 y pierdo " " " " " " " 1000
    Apuesto 200 y pierdo " " " " " " " 800

    En total ingresé 100 y tengo 800 por lo que he ganado 700
    Las apuestas ganadoras me suman 1500
    Las apuestas perdedoras me suman 400
    ¿Qué es lo que tengo que declarar, sin tener en cuenta que solo se declara a partir de 1000 euros de ganancias?
    Tengo que declarar 700 euros que es lo que he ganado en realidad
    Tengo que declarar 800 euros que es lo que tengo en la cuenta a final de año
    O tengo que declarar 1500 euros de ganancias menos 400 euros de pérdidas, en total 1100 euros.

  18. en respuesta a manum
    -
    Top 100
    #82
    19/08/14 11:10

    Declararías la ganancia a final de año, 1.500€, aunque no la retires. Las pérdidas se compensan con las ganancias obtenidas en el mismo tipo de actividad.
    Saludos,

  19. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #81
    19/08/14 11:05

    Entonces en el ejemplo que te he puesto, suponiendo que al final del año he retirado todo y la cuenta está a cero. ¿Tendría que declarar como ganancia 1500 euros? o ¿tendría que declarar como ganancia 7500 euros y como pérdida 6000 euros?