Acceder

El canje de las obligaciones subordinadas de Cajastur, hoy Liberbank. Segundo episodio

Hace un mes escaso publiqué en este blog una explicación sobre el canje en período voluntario de las obligaciones que en el año 2009 emitió la Caja de Ahorros de Asturias, Cajastur, hoy integrada en Liberbank; con una recomendación sobre la decisión a adoptar. Ayer, día 8 de abril, el FROB ha publicado una resolución en que expone el resultado de esa operación de canje voluntario y la siguiente actuación.

En mi anterior artículo decía que si no aceptaban el canje los titulares de al menos el 90% de las obligaciones, el FROB impondría un canje obligatorio en peores condiciones, por lo que recomendaba acudir al canje voluntariamente, si bien presentando un escrito de reserva de acciones legales; consideraba que era un elevado riesgo apostar por que se superase el 90% (caso en que las obligaciones se mantendrían hasta su vencimiento final en el año 2009... siempre que Liberbank no quiebre en el ínterin, y esperemos que eso no ocurra), porque si no es así se iría al canje impuesto por el FROB. Efectivamente se ha producido esa situación: de los 200.000.000 € de capital vivo de las obligaciones subordinadas cuando se inició el procedimiento, acudió al canje el 89,3%, es decir, que no se superó la barrera por sólo un 0'7%.

Los dueños de obligaciones por valor de 163.284.500 € han optado por recibir un 80% en bonos convertibles y un 20% en acciones; y los titulares de sólo 15.378.400 € decidieron convertir en su totalidad sus títulos en acciones. Sin duda, los que han optado por la primera opción lo han hecho influenciados por la insistente recomendación en ese sentido del personal de Liberbank, que aseguraba que es la opción más rentable, ocultando que por las acciones se recibirá un 3% semestral de premio de fidelidad durante dos años si se mantienen las acciones; y que quien desee vender sus títulos, lo tendrá bastante más complicado mientras tenga los bonos convertibles. Seguramente, la recomendación del personal de Liberbank estaba orientada a que la entidad se ahorrase ese 3% semestral y a evitar una venta masiva de acciones en cuanto éstas salgan a cotización. Nos encontramos, así, ante un nuevo caso de actuación en perjuicio del cliente, con infracción del art. 79 de la Ley del Mercado de Valores, que regula la obligación de diligencia y transparencia del prestador de servicios financieros, imponiendo en su primer párrafo:

Las entidades que presten servicios de inversión deberán comportarse con diligencia y transparencia en interés de sus clientes, cuidando de tales intereses como si fueran propios, y, en particular, observando las normas establecidas en este capítulo y en sus disposiciones reglamentarias de desarrollo.

El canje que ahora impone el FROB consiste en que a los titulares de las obligaciones subordinadas por valor de 21.337.100 € que aún subsisten se les entregarán en sustitución de éstas acciones valoradas a 1,11 € cada una; en concreto, un número de acciones que se calculará restando al capital invertido en las obligaciones un 10%; y dividiendo el resultado entre 1,11.

Esta operación (y la correspondiente al canje voluntario) se ejecutará a partir del 17 de abril; y el 17 de mayo las nuevas acciones cotizarán en Bolsa, si bien existirá antes (entre el 29 de abril y el 10 de mayo) un período de venta controlada (Sales Facility) que expliqué en el anterior artículo.

En cuanto a las recomendaciones de actuación, me remito al anterior artículo.

Los nuevos titulares de bonos pueden vender éstos en el AIAF (con las más que probables pérdidas por la bajada de su cotización, y suponiendo que haya compradores interesados); o bien esperar a alguna ventana de conversión voluntaria en acciones para solicitar tal conversión y luego vender las acciones al precio en que coticen en Bolsa.

12
¿Te ha gustado el artículo?

Si quieres saber más y estar al día de mis reflexiones, suscríbete a mi blog y sé el primero en recibir las nuevas publicaciones en tu correo electrónico.

  • Bancos
  • Deuda Subordinada
  • Cajastur
  1. #12
    23/12/13 00:04

    Muchas gracias. Una detallada explicación
    Un cordial saludo

  2. en respuesta a sinjob
    -
  3. #10
    21/12/13 17:38

    Hola, he estado leyendo el arbitraje que propone el FROB para los híbridos de Caja España-Duero y no entiendo nada.Alguien podría explicarme un poco que esto ese lío.
    Muchas gracias.

  4. #9
    24/04/13 21:11

    Aprovechando un acto organizado por Liberbank con motivo del IV centenario de la muerte del Greco:

    CONCENTRACIÓN
    Jueves, 25 de abril 6,30 de la tarde
    Centro Cultural Cajastur (Oviedo)

  5. en respuesta a manuel16062009
    -
    #8
    22/04/13 12:38

    Lo estás interpretando mal. No es a las Cajas de Ahorro a quienes hay que imponer pérdidas; de hecho, ya no son operativas como tales. Y las Cajas de Ahorro no tienen accionistas, por lo que a quien hay que imponer pérdidas es a los preferentistas y obligacionistas. Cosa distinta es que las emisiones de las preferentes y las subordinadas hayan sido fraudulentas, que todo el mundo sea consciente de ello y no se ponga una solución seria, remitiendo a las víctimas del fraude a los juzgados o, en el caso de otras entidades, a un sistema de arbitraje ridículo.

  6. #7
    20/04/13 21:28

    ¿Que opinión te merece, como abogado, el canje obligatorio del Frob teniendo en cuenta el RD 24/2012, la Ley 9/2012, y la Ley Concursal?
    ¿Es posible, en base a toda esa legislación, que se realicen quitas a subordinados y preferentista sin que los accionistas (Cajastur, Cantabria y Extremadura) hayan asumido pérdidas hasta donde fuera posible?

  7. en respuesta a rapsol
    -
    #6
    11/04/13 10:52

    Para quien no quiera reclamar sino jugar con sus acciones, no tengo ningún consejo que dar ni ninguna opinión formada. Insisto en que no tengo ni idea de qué va a pasar los bancos en los próximos días ni en los próximos años. No descarto que se hunda todo y tampoco que se recuperen y vuelva a subir su cotización.
    Si lo que se va a reclamar es la nulidad, es mejor no vender, como te han indicado; pero mi planteamiento no es pedir la nulidad sino una indemnización de daños y perjuicios por las pérdidas sufridas cuando se venden las acciones; para ello hay que vender éstas cuanto antes; porque estoy pensando en clientes que compraron engañados, creyendo que era un plazo fijo o algo similar y no quieren tener acciones.

  8. en respuesta a Consumerista
    -
    #5
    10/04/13 23:04

    ¿pero no crees que es mucho mejor para quien quiere tener menos perdidas poder convertir acciones a 0.50 que a 1.11?
    Otra cosa que no entiendo es que algunos abogados digais que hay que vender las acciones para reclamar las perdidas incurridas y los que ha visto mi suegro dicen que ni se le ocurra tocarlas, que si va a reclamar la nulidad de la venta tendra que devolverlas a cambio del dinero (menos intereses de estos años,etc.) y que si la accion sube despues de su venta hasta el juicio puede tener que cargar con las perdidas entre el precio de venta y el que tenga la accion cuando se declare nula la venta (si gana claro esta).

  9. en respuesta a rapsol
    -
    #4
    10/04/13 22:37

    Ni las acciones van a pagar dividendos ni las obligaciones intereses hasta que el FROB haya vendido todos sus bonos y la entidad tenga beneficios; en el folleto dan una previsión orientativa de que esto podría ocurrir a partir de dentro de tres años.
    Yo no he dicho que financieramente, para quien haya comprado obligaciones sabiendo lo que hacía, sea mejor optar por las acciones. Mis opiniones van dirigidas a los clientes que creían estar invirtiendo en un depósito o algo similar y que no querían acciones ni ningún otro instrumento de riesgo; y que ahora sólo quieren recuperar su dinero cuanto antes; y esto lo van a tener más complicado si tienen obligaciones, salvo que haya suficiente liquidez en el mercado secundario.
    No sé si dentro de cinco años las acciones van a haber subido respecto al segundo día de cotización o van a bajar más. No tengo ni idea de qué va a pasar con la banca en general ni con Liberbank en particular en un año, en cinco ni en diez.

  10. #3
    10/04/13 16:41

    Y por cierto para que no acudiera el FROB era necesario que no se llegara al 90% en la totalidad de los hibridos, no solo en la deuda subordinada, por tanto no fue por un 0.7% sino por algo mas.

  11. #2
    10/04/13 16:36

    Me llama la atencion que digas que el cambio por mixto acciones-cocos ha sido debido a la insistencia del personal de cajastur. Al menos yo lo hago porque todos preveemos que las acciones van a bajar mucho en la salida, y cuando cambies tus cocos por acciones lo vas a hacer a un cambio mucho mas favorable (hasta 0.50)que los 1.11 de salida. Quien tenga acciones se va a comer toda la bajada.
    En el propio hilo que hay sobre este tema, la inmensa mayoria se decanta tambien por el canje mixto, incluido aquellos inversores que han comprado los ultimos dias subordinadas. Un 3% semestral no va a compensar la caida prevista. Por otra parte los cocos pagan el 7%, asi que para el entidad mucho mejor que cambies todo en acciones.
    Me parece que tu animo contra los bancos o al menos contra esta entidad en concreto te ha jugado una mala pasada cuando les acusas de una infraccion por recomendar una de las opciones. Que por cierto en mi caso al menos han sido muy imparciales y no me presionaron ni por una ni por otra alternativa, y me dijeron pros y contras de ambas decisiones. A lo mejor es que he tenido suerte, pero por los comentarios del hilo parece que esa fue la situacion en hemos tenido casi todos.
    Creo que algunos o muchos podran quejarse ( reconozco que no es mi caso porque yo si sabia lo que compraba) de que les vendieron algo diferente a lo que eran las subordinadas, pero con el canje no se puede decir que no hayan sido muy claros.

  12. #1
    10/04/13 12:27

    Hola José Antonio, como siempre felicidades por tu blog, cada día se aprende algo.
    Lo que está claro es que la falta de transparencia, de seriedad, de ética y de información crucial a los clientes, ha sido el "modus operandi" de la banca en los últimos seis años.
    Vendian productos buenos para el Banco y malos para el cliente.
    Suerte que hay superjueces y superabogados (como tú) que han destapado todos estos productos tóxicos. Hasta las agencias de calificación extranjeras han visto que algo huele mal en la mayoría de la banca española.
    Saludos.