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Participaciones del usuario Serlluro - Depósitos

Serlluro 28/08/13 13:23
Ha respondido al tema Comisiones cuenta básica Banco Popular-e
A los clientes del Banco Pastor les cambia las condiciones de banca telefónica sin información previa suficiente. Quien quiera contratar el servicio lo hará el mismo día que cesa su contrato previo de banca telefónica (PastorNet) 14/10/2013. Banco Popular pondrá en la web las nuevas condiciones que el cliente no podrá tener previamente para comprobar si le interesa. Con táctica de aquí te pillo aquí te mato, obligan a los clientes de Banco Pastor a suscribir unas nuevas condiciones sin información previa suficiente. Os dejo el comunicado de Banco Pastor (Grupo Banco Popular) a sus clientes: CANCELACIÓN CONTRATO DE BANCA A DISTANCIA Estimado Cliente: Por medio de la presente, le comunicamos la resolución de su contrato de Banca a Distancia conforme a lo establecido en la Condición 14º del mismo, por la imposibilidad de seguir prestándole el servicio, a partir del próximo 13 de octubre, en las condiciones que teníamos convenidas. No obstante, le informamos de que, a partir del 14 de octubre, se producirá el lanzamiento de la nueva Banca Multicanal, que incluye el acceso a Banca por Internet, Banca Móvil y Banca Telefónica, así como el Servicio de Avisos SMS y el Servicio de Correspondencia electrónica, de los que podrá disfrutar una vez que acepte las nuevas Condiciones Generales y Particulares del servicio. Para ello, desde el pasado 14 de junio le estamos solicitando desde PastorNet que modifique su código de usuario y clave habituales. Si no lo ha hecho todavía adáptelo cuanto antes porque tiene sólo hasta el 4 de octubre para hacer el cambio. A lo largo del mes de octubre le enviaremos a su domicilio una nueva tarjeta de coordenadas, que será la única válida en su nueva Banca por Internet, Banca Móvil y Banca Telefónica. El sistema habitual para firmar sus operaciones será su nueva tarjeta de coordenadas, aunque puntualmente podremos solicitarle que introduzca un código adicional que previamente le enviaremos a su móvil. El primer día que acceda a Banca por Internet (www.bancopastor.es), a partir del 14 de octubre, tendrá que aceptar las nuevas condiciones del servicio así como activar su nueva tarjeta de coordenadas, para ello le solicitaremos que confirme ambas mediante un código numérico que le enviaremos a su número de móvil en ese mismo momento. Para cualquier duda o aclaración nos ponemos a su disposición en el teléfono 902 11 55 11 o en cualquiera de nuestras sucursales, donde estaremos encantados de atenderle. Reciba un cordial saludo.
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Serlluro 22/04/13 02:12
Ha respondido al tema Depósito Banco Pastor 4,15% tae a un año y 4,54% tae a tres años.
Estimados paganos: Recientemente el Banco Pastor nos ha comunicado las modificaciones de las condiciones contractuales de nuestros contratos de cuenta corriente. Eso su pone que existen dos posibilidades: A) Pagar las comisiones, a mi entender abusivas, pues algunos tenemos la cuenta solo para hacer los pagos de la Hipoteca, por la cuan con las cláusulas suelo ya se están llevando de más. B) Cerrar la cuenta. Lo que es lo mismo a les lleve los 120.000 que les debo (como dijo la prepotente directora de mi sucursal , habrá se visto semejante soberbia) A mi se me ocurre una tercera opción. Las notificaciones que nos han hecho llegar, tiene fecha de 01/03/2013. La ley dice que deben notificárnoslo antes de 2 meses. No existe notificación fehaciente antes de dos meses desde el día 01/05/2013 en que nos harán el cargo de las comisiones (23 € /semestre + 0,50€ por apunte). Así pues recurriremos dicha comisión porque no nos habremos dado por enterados. Así deberán tomar como fecha para cobrarnos 2 meses después de nuestro escrito de reclamación que tomarán como notificación fehaciente. Eso les supondrán multiplicado por todos los clientes que tomemos esta decisión y que no nos hayamos fidelizado con otros productos más: un gasto para la entidad y un ahorro para nosotros. Artículo 18. Transparencia de las condiciones y los requisitos de información aplicables a los servicios de pago. El proveedor de servicios de pago facilitará al usuario de servicios de pago, de un modo fácilmente accesible para él, toda la información y condiciones [...]prestación de los servicios de pago que en desarrollo de esta Ley [...] Artículo 21. Resolución del Contrato Marco. 1. El usuario del servicio podrá resolver el contrato marco en cualquier momento. El plazo de preaviso no podrá exceder de un mes. Artículo 22. Modificación de las condiciones del contrato marco.1. El proveedor de servicios de pago deberá proponer cualquier modificación de las condiciones contractuales [... ]de manera individualizada y en papel u otro soporte duradero, [...]y con una antelación no inferior a dos meses respecto de la fecha en que entre en vigor la modificación propuesta. Ley 16/2009 de 13 de noviembre de servicios de pagos. (BOE nº 275, de 14 de noviembre) http://www.boe.es/boe/dias/2009/11/14/pdfs/BOE-A-2009-18118.pdf NOTIFICACIÓN NUEVAS COMISIONES BANCO PASTOR / POPULAR
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Serlluro 22/04/13 02:03
Ha respondido al tema Comisiones cuenta soporte depósito Banco Pastor
Estimados paganos: Recientemente el Banco Pastor nos ha comunicado las modificaciones de las condiciones contractuales de nuestros contratos de cuenta corriente. Eso su pone que existen dos posibilidades: A) Pagar las comisiones, a mi entender abusivas, pues algunos tenemos la cuenta solo para hacer los pagos de la Hipoteca, por la cuan con las cláusulas suelo ya se están llevando de más. B) Cerrar la cuenta. Lo que es lo mismo a les lleve los 120.000 que les debo (como dijo la prepotente directora de mi sucursal , habrá se visto semejante soberbia) A mi se me ocurre una tercera opción. Las notificaciones que nos han hecho llegar, tiene fecha de 01/03/2013. La ley dice que deben notificárnoslo antes de 2 meses. No existe notificación fehaciente antes de dos meses desde el día 01/05/2013 en que nos harán el cargo de las comisiones (23 € /semestre + 0,50€ por apunte). Así pues recurriremos dicha comisión porque no nos habremos dado por enterados. Así deberán tomar como fecha para cobrarnos 2 meses después de nuestro escrito de reclamación que tomarán como notificación fehaciente. Eso les supondrán multiplicado por todos los clientes que tomemos esta decisión y que no nos hayamos fidelizado con otros productos más: un gasto para la entidad y un ahorro para nosotros. Artículo 18. Transparencia de las condiciones y los requisitos de información aplicables a los servicios de pago. El proveedor de servicios de pago facilitará al usuario de servicios de pago, de un modo fácilmente accesible para él, toda la información y condiciones [...]prestación de los servicios de pago que en desarrollo de esta Ley [...] Artículo 21. Resolución del Contrato Marco. 1. El usuario del servicio podrá resolver el contrato marco en cualquier momento. El plazo de preaviso no podrá exceder de un mes. Artículo 22. Modificación de las condiciones del contrato marco.1. El proveedor de servicios de pago deberá proponer cualquier modificación de las condiciones contractuales [... ]de manera individualizada y en papel u otro soporte duradero, [...]y con una antelación no inferior a dos meses respecto de la fecha en que entre en vigor la modificación propuesta. Ley 16/2009 de 13 de noviembre de servicios de pagos. (BOE nº 275, de 14 de noviembre) http://www.boe.es/boe/dias/2009/11/14/pdfs/BOE-A-2009-18118.pdf NOTIFICACIÓN NUEVAS COMISIONES BANCO PASTOR / POPULAR
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