Acceder

Participaciones del usuario Miguel B

Miguel B 22/01/16 17:46
Ha respondido al tema Avería batería móvil
Problema solucionado y lo cuento por si el sirve a alguien. Ayer contacté con el fabricante a través de su Chat y después de darles los datos del aparato y de la factura y explicarles el problema me indicaron que fuese al servicio técnico de la tienda The Phone House más próxima a mi casa; así es que he ido con la factura y el aparato y en diez minutos he salido con una batería nueva y se han quedado con la original que no cargaba. Total que para este tipo de averías con garantía pasar del vendedor y contactar directamente con el fabricante puede ser la mejor solución.
Ir a respuesta
Miguel B 22/01/16 11:42
Ha respondido al tema Avería batería móvil
Lo que se lee en el Documento de Garantía es que ""Este producto Samsung está garantizado por un plazo de dos (2) años a partir de la fecha de entrega y/o compra"". Tiene mucha letra pequeña sobre exclusiones en caso de daños, etc, pero ninguna excepción para la batería. La verdad, hay miles de productos que te los cambian casi sin mirar en cualquier tienda y esto de los móviles me parece una práctica disuasoria, sobre todo cuando se trata de algo tan comprobable como la batería, que si se cambia y funciona no hay mucho más que indagar.
Ir a respuesta
Miguel B 20/01/16 12:47
Ha respondido al tema Avería batería móvil
Gracias notengouneuro, si ocurriese al coche y vas al taller tardan en cambiarte la batería 10' y si lo tienes que dejar será porque lo hayan revisado y te dan un diagnóstico. Lo que no puede ser es que ante una avería tan simple y comprobable, la persona que atiende en el puesto de Atención al Cliente, sean técnico o comercial, te diga que según las instrucciones del fabricante, tienes que dejarles el teléfono como mínimo dos semanas. Porque otra cosa sería que te dijesen vaya vd a tal sitio en esta ciudad o provincia y llévelo para que le den el diagnóstico, pero no, ellos ponen todos los obstáculos para que no hagas la reclamación; para vender el producto tienen capacidad para ofrecértelo en el último rincón del planeta, pero arreglarlo ya es otra cosa; esa diferencia de servicio es la que creo no es conforme con la Ley de Defensa de los Consumidores y Usuarios que habla de ""2. Se considerará desproporcionada la forma de saneamiento que en comparación con la otra, imponga al vendedor costes que no sean razonables, teniendo en cuenta el valor que tendría el producto si no hubiera falta de conformidad, la relevancia de la falta de conformidad y si la forma de saneamiento alternativa se pudiese realizar sin inconvenientes mayores para el consumidor y usuario."" en su art 119. En fin, el aparato está en garantía de 1 año y eso es lo que dice el papel, sin distinguir entre batería u otra cosa. Es todo un ejercicio de heroicidad hacer este tipo de reclamaciones porque, además de las pegas del cliente, las Oficinas Municipales de Consumo no tiene desarrollada página web que permita hacer estas reclamaciones online, con lo cual todo juega en beneficio del vendedor y en contra del consumidor.
Ir a respuesta
Miguel B 08/10/15 12:25
Ha respondido al tema Impuestos por extinción herencia proindiviso
Gracias leopol72, nosotros teníamos adjudicada el 50% de la herencia en proindiviso y ahora nos vamos a adjudicar también en proindiviso la parte de nuestro padre, y queremos extinguir toda la herencia, es decir el condominio, repartiéndolo en lotes iguales. Parece que voy teniendo bastante claro que con independencia de las pluvalias, no hay que pagar Transmisiones y sí Actos Jurídicos Documentados porque no ninguno nos quedamos con más de nuestra cuota; entonces me surge otra duda y es qué pasa con la extinción del condominio a nivel de IRPF ¿tendrá una repercusión más negativa que dejándolo en proindiviso? Gracias por las opiniones.
Ir a respuesta
Miguel B 07/10/15 22:10
Ha respondido al tema Impuestos por extinción herencia proindiviso
Muchas gracias Juan Lackland, la plusvalia se me pasó comentar que contamos con ella, las dudas están al declarar ahora valores que nada tienen que ver con las el proindiviso del 50% hace 15 años. Exceso de adjudicación no habrá dado que hemos cuadrado los lotes para que no haya diferencia.
Ir a respuesta